Resolución No. 207-17 — Resolución de cancelación de marca de fábrica MASTER DOG D-COOPROLE
Oficina de Registro de Propiedad Industrial
- Decreto: 207-17
- Publicación: 5 de junio de 2017
- Órgano emisor: Oficina de Registro de Propiedad Industrial
- Gaceta: 34,356
- Categoria: Mercantil
Texto completo
RESOLUCIÓN NO.207-17. OFICINA DE REGISTRO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL, DEPARTAMENTO LEGAL. Tegucigalpa, M.D.C., 31 de marzo del 2017. VISTA: Para resolver la Solicitud de Cancelación No.38621- 16 del Registro de la Marca de Fábrica MASTER DOG D-COOPROLE, registrada bajo No.106770, propiedad de la Sociedad Mercantil COOPERATIVA DE PRODUCTORES DE LECHE DOS PINOS, S.L., clase internacional (31), presentada el22de septiembre de2016porel Abogado JORGE OMAR CASCO ZELAYA, en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil EMPRESA CAROZZI. RESULTA:... RESULTA:... RESULTA:... RESULTA:... RESULTA:... CONSIDERANDO:... CONSIDERANDO- CONSIDERANDO:... CONSIDERANDO:... POR TANTO:... RESUELVE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR la Solicitud de Cancelación No.38621-16 del Registro de la Marca de Fábrica MASTER DOG D-COOPROLE registrada bajo No.106770 del Tomo 267 Folio 27 en fecha 01 de octubre del 2008, a favor de la Sociedad Mercantil COOPERATIVA DE PRODUCTORES DE LECHE DOS PINOS, S.L., Solicitud de Cancelación presentada el 22 de septiembre del 2016 por el Abogado JORGE OMAR CASCO ZELAYA, actuando en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil EMPRESA CAROZZI, en virtud que el titular del derecho protegido no acreditó haber usado la marca en el país durante los tres años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de cancelación ni pagó la tasa anual de rehabilitación por no uso. SEGUNDO: Una vez firme la presente resolución, extiéndase la orden de pago correspondiente y mándese a publicar la presente por cuenta del interesado en el Diario Oficial La Gaceta y por lo menos en un diario de mayor circulación del país, cumplidos estos requisitos hacer las anotaciones marginales respectivas en el Libro de Registro y en la base de datos correspondiente. La presente Resolución no pone fin a la vía Administrativa, cabe contra la misma sin perjuicio del Recurso de Reposición que deberá presentarse ante el órgano que dictó la Resolución, dentro de los diez días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, el Recurso de Apelación que deberá interponerse ante la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad, en el plazo de tres días hábiles siguientes de a la notificación del Recurso de Reposición. NOTIFÍQUESE, FIRMA Y SELLO. ABOG. FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO, REGISTRADOR LEGAL. FIRMA Y SELLO. LIC. ZOILA ROSA INESTROZA, OFICIAL JURÍDICO. Tegucigalpa, M.D.C., 25 de mayo del 2017. ABOG. FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registrador Legal 5 J. 2017.
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