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31 de mayo de 2017Vigente

Certificación — Certificación de Resolución No. 097-17 sobre Cancelación de Marca

Departamento Legal de Propiedad Intelectual

  • Publicación: 31 de mayo de 2017
  • Órgano emisor: Departamento Legal de Propiedad Intelectual
  • Gaceta: 34,352

Texto completo

Sección “B” C ERTIFICACIÓ N El infrascrito, Registrador del Departamento Legal de Propiedad Intelectual, CERTIFICA. La Resolución No.097-17 de fecha 01 de marzo del 2017, la que en su parte contundente dice: RESOLUCIÓN No.097-17.OFICINA DE REGISTRO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL.- DEPARTAMENTO LEGAL.- Tegucigalpa, M.D.C., 01 de marzo de 2017. VISTA: Para resolver la Solicitud de Cancelación por no uso No.9352-15, presentada en fecha 03 de marzo del 2015, por el Abogado LEONARDO CASCO FORTÍN, en su condición de Apoderado legal de la sociedad mercantil denominada BIC CORPORATION. Quien a la vez sustituyó el poder en el Abogado SAUL BERRIOS GALINDO. Contra el registro número 110740 de la marca de fábrica denominada GENESIS CRISTAL, clase internacional 05 propiedad de la sociedad mercantil denominada DISTRIBUCIONES GENESIS LIFE DE HONDURAS, S. DE. R. L. DE. C.V. RESULTA.... RESULTA .... RESULTA....RESULTA .... RESULTA.... RESULTA....CONSIDERANDO .... CONSIDERANDO ....CONSIDERANDO....CONSIDERANDO.... CONSIDERANDO: POR TANTO....RESUELVE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR la Solicitud de Cancelación No.9352-15 presentada en fecha 03 de marzo del 2015, por el Abogado LEONARDO CASCO FORTÍN en su condición de Apoderado Legal de la sociedad mercantil BIC CORPORATION, quien a la vez sustituyó el poder en el abogado SAUL BERRIOS GALINDO. En virtud que el fin de registrar una marca es para ponerla en el comercio y gozar del derecho que otorga la Ley de Propiedad Industrial y el titular del registro No. 110740 de la marca de fábrica GENESIS CRISTAL no compareció ante esta Oficina de Registro para demostrar el uso de la marca GENESIS CRISTAL, en la clase internacional 16 en el país y de esa manera desvirtuar lo manifestado por el solicitante, por lo que la sociedad mercantil DISTRIBUCIONES GENESIS LIFE DE HONDURAS, de. R. L. DE. C.V., propietaria del registro de la marca GENESIS CRISTAL, no está cumpliendo con el requisito establecido en el artículo 106 de la Ley de Propiedad Industrial. SEGUNDO: Una vez firme la presente resolución, mándese a publicar, por cuenta del interesado en el Diario Oficial la Gaceta y en un diario de mayor circulación del país, cumplidos estos requisitos hacer las anotaciones marginales respectivas en el libro de registro y en la base de datos correspondiente. La presente Resolución no pone fin a la vía Administrativa, cabe contra la misma sin perjuicio el Recurso de Reposición que deberá presentarse ante el órgano que dictó la Resolución, dentro de los diez días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, el Recurso de Apelación que deberá interponerse ante la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad, en el plazo de tres días hábiles siguientes de la notificación del Recurso de Repocisión. NOTÍFIQUESE. FIRMA Y SELLA ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO, REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO LEGAL ABOGADO DENIS TURCIOS, OFICIAL JURÍDICO. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO LEGAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL 31 M. 2017 _________ JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O