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27 de mayo de 2017Vigente

Acuerdo No. 06-2017 — Convocatoria a Elecciones Generales 2017

Tribunal Supremo Electoral

  • Decreto: 06-2017
  • Publicación: 27 de mayo de 2017
  • Órgano emisor: Tribunal Supremo Electoral
  • Gaceta: 34,349

Considerandos

Que corresponde a este Tribunal todo lo relacionado con los actos y procedimientos electorales así como la organización, dirección, administración y control de las Elecciones Generales 2017, como institución autónoma e independiente, con jurisdicción y competencia en toda la República, cuyas normas son de orden público y de seguridad nacional.

Que el artículo 159 de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, establece que deben realizarse Elecciones Generales el último domingo del mes de noviembre del año anterior a aquel en que finaliza el período constitucional.

Que el Tribunal Supremo Electoral en cumplimiento a la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, en base a las elecciones primarias celebradas el 12 de marzo de 2017, declaró electos a los candidatos que participaron y resultaron favorecidos para ocupar los cargos de elección popular de los partidos políticos; Liberal, Nacional y Libertad y Refundación.

Que los partidos políticos que no participaron en las elecciones primarias 2017, deberán solicitar al Tribunal Supremo Electoral, la inscripción de las nóminas de candidatas y candidatos a cargos de elección popular.

Que según los artículos 15 numeral 8) y 160 de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, es atribución y obligación del Tribunal Supremo Electoral convocar a la ciudadanía para la práctica obligatoria de las elecciones generales seis meses antes de la fecha de su realización. La convocatoria a elecciones es un acto jurídico por el que la autoridad legítima llama a los ciudadanos y ciudadanas para que concurran a ejercitar sus derechos a elegir y ser electos.

Articulos

Articulo 1.-

Convocar a la ciudadanía hondureña inscrita en el Censo Nacional Electoral 2017 habilitada para ejercer el sufragio, para que mediante el voto libre, directo y secreto, elija el día domingo 26 de noviembre de 2017 los siguientes cargos:

  • 1)

    1 Presidente(a) y 3 Designadas(os) a la Presidencia de la República;

  • 2)

    20 Diputadas(os) Propietarias(os) y sus respectivos suplentes al Parlamento Centroamericano.

  • 3)

    128 Diputadas(os) Propietarias(os) al Congreso Nacional con sus respectivos suplentes, distribuidos de la siguiente manera: U D I -D EG T-U N AH 4) 298 Alcaldes o Alcaldesas, Vicealcaldes o Vicealcaldesas, Regidores(as) para integrar las respectivas Corporaciones Municipales, con base a lo establecido en el artículo 219 de la Ley Electoral, detallados de la siguiente manera: U D I -D EG T-U N AH U D I -D EG T-U N AH U D I -D EG T-U N AH U D I -D EG T-U N AH U D I -D EG T-U N AH U D I -D EG T-U N AH U D I -D EG T-U N AH U D I -D EG T-U N AH DEPARTAMENTO DE OCOTEPEQUE 14 U D I -D EG T-U N AH U D I -D EG T-U N AH U D I -D EG T-U N AH

Articulo 2.-

Convocar a la ciudadanía hondureña do- miciliada en los Estados Unidos de América habilitada en el Censo Nacional Electoral 2017, para que mediante el voto libre, directo y secreto, elija el día domingo 26 de noviem- bre de 2017, únicamente al Presidente y tres Designada(os) a la Presidencia de la República, elección que se realizará el mismo día en que se practiquen en Honduras en el horario comprendido entre las 7:00 horas y las 16:00 horas, tiempo local de la ciudad donde se realicen las mismas.

Articulo 3.-

En consecuencia este organismo electoral convoca a Elecciones Generales, las que se llevarán a cabo el próximo domingo 26 de noviembre de 2017.

Articulo 4.-

El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de esta fecha y deberá ser publicado en el La Gaceta, Diario Oficial de la República, para los efectos de ley corres- pondientes. FE DE ERRATA