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12 de mayo de 2017Vigente

Acuerdo No. 0141 — Autorización para explotación de bancos de préstamo de materiales en proyecto de carretera

Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP)

  • Decreto: 0141
  • Publicación: 12 de mayo de 2017
  • Órgano emisor: Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP)
  • Gaceta: 34,336

Considerandos

Que mediante Decreto Legislativo No. 58-2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 13 de julio 2011, fue aprobada la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, la cual tiene por objeto simplificar y agilizar los procedimientos de ejecución de proyectos de infraestructura pública, con el propósito de generar empleo y lograr mayor crecimiento económico a través de la modernización de la infraestructura nacional, las normas y procedimientos establecidos en esta Ley serán aplicables a las unidades ejecutoras de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada a cargo de proyectos de infraestructura pública de cualquier naturalza.

Que el artículo 22 de la Ley especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que los dueños de terrenos continuos o cercanos a cualquier obra de infraestructura pública, cuyos predios hayan sido identificados por la respectiva unidad ejecutora a cargo del proyecto como idóneos para servir como bancos de materiales, están obligados a facilitar y permitir la extracción de todo el material que sea necesario para la apertura, construcción, mantenimiento del proyecto, sin costo alguno para el Estado o sus contratistas, previa notificación al propietario.

Que de conformidad al Artículo 24 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, para que el Estado realice el aprovechamiento racional de los materiales requeridos, la Secretaria de Estado enlos Despachos de Infraestructuray Servicios Públicos (INSEP), podrá otorgar autorizaciones a los órganos SUMARIO Sección A Acuerdos SECRE DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS Acuerdo 0141 SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE GOBIERNO Acuerdo Ejecutivo número 003-2017 A. 4 SECRETARÍA DE FINANZAS Decreto Ejecutivo número 208-2017 SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN FE DE ERRATA AVANCE Sección B Avisos Legales A. 11 A. 12 estatales, encargados de la ejecución de los diferentes Proyectos de infraestructura pública y/o a las empresas constructoras por dichos órganos ejecutores, para que procedan a la extracción y acarreo de los materiales, de conformidad con los respectivos contratos de obra pública.

Que el artículo 25 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en infraestructura Pública, establece que la extracción de materiales efectuada por el Estado o sus ejecutores, no afectará la explotación simultánea que puedan hacer los titulares de concesiones mineras, en caso que exista concesión previa al Acuerdo que emita INSEP autorizando la extracción. Ental razón, INSEP emitirá la respectiva autorización para que el órgano estatal realice la extracción de materiales sobre un banco o cantera concesionada, siempre que U D I -D EG T-U N AH Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGU no exista otro sitio de mejor precisión, la explotación simultánea que haga el Estado y el concesionario estará sujeta a las normas técnicas que emita el Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN).

Que de no existir concesión alguna sobre el banco de materiales identificado. el Estado podrá realizar una extracción acorde con el aprovechamiento racional de esos recursos naturales, sujeto a las limitaciones que le señale INHGEOMIN en las respectivas normas técnicas que emitan para tal efecto.

Que el artículo 26 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que previo a la emisión del Acuerdo, la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), notificará de oficio al Instituto Hondureño de Geología y Minas INHGEOMIN, para que ésta compruebe el estado ambiental, técnico y juridico del banco de materiales identificado. De no haber impedimento para realizar la extracción, sin más trámite, INHGEOMIN procederá a la emisión de las normas técnicas aplicable al aprovechamiento, extracción y acarreo de los materiales. Con las normas técnicas emitidas y comunicadas, tanto a INSEP como al órgano ejecutor interesado, esta Secretaría de Estado procederá a la emisión del acuerdo de autorización correspondiente el cual será notificado tanto a la Unidad Ejecutora como al propietario del inmueble identificado para servir como banco de materiales. La autorización emitida por INSEP, regulada en esta Ley constituye el permiso único de extracción necesario para que el órgano ejecutor o el contratista del proyecto pueda realizar la extracción de los materiales, sin perjuicio de los demás permisos que por Ley pudieran corresponder en materia municipal, forestal y ambiental.

Que la normativa antes relacionada concede al Estado de Honduras, a través de las entidades competentes de la ejecución de los proyectos de infraestructura pública, aprovechar de manera racional los recursos minerales no metálicos requeridos para la ejecución de proyectos de Infraestructura pública, aprovechar de manera racional los recursos minerales no metálicos requeridos para la ejecución de proyectos y en particular el Proyecto "CARRETERA VILLA DE SAN ANTONIO GOASCORÁN SECCIÓN 1, SUBSECCIÓN 1-B: LAMANÍ-EL QUEBRACHAL, EST. 20+000 A EST. 54+680", ubicado en los municipios de Comayagua, San Juan y Aguanqueterique, de los departamentos de Comayagua y La Paz, ejecutado por Empresa PRODECON S.A DE C.V.

Que en fecha 27 de febrero del 2017, las unidades Técnicas de Desarrollo Social y Ambiente y Seguridad, dependiente del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), emitieron Informe Técnico Conjunto ITCD-016-17 sobre: la inspección realizada el 22 de febrero del 2017 a tres (3) Bancos de Préstamo de Materiales, ubicados en los municipios de Comayagua, San Juan y Aguanqueterique, de los M. D. C. 12 DE MAYO DEL 2017 No. 34 6 La Gaceta departamentos de Comayagua y La Paz; los cuales serán utilizados en el Proyecto: "CARRETERA VILLA DE SAN ANTONIO GOASCORÁN SECCIÓN 1, SUBSECCIÓN 1-B., LAMANÍ- EL QUEBRACHAL, EST. 20+000 A EST. 54-680" asimismo las unidades de Desarrollo Social, Ambiente y Seguridad, Registro Minero y Catastral y Minas y Geología, emitieron la Norma Técnica No. NTBP-016-17, en donde emiten las normas técnicas aplicables para el aprovechamiento de la extracción y acarreo de los bancos de materiales.

Articulos

Articulo 1.-

Autorizar a la Empresa PRODECON S.A DE C.V., en su carácter de EJECUTOR del Proyecto "CARRETERA VILLA DE SAN ANTONIO GOASCORÁN SECCIÓN 1, SUBSECCIÓN 1-B: LAMANÍ-EL QUEBRACHAL, EST. 20+000 A EST. 54+680", para que proceda a la explotación y aprovechamiento de tres (03) Bancos de Préstamo de Materiales, ubicados en los municipios de Comayagua, San Juan y Aguanqueterique, de los departamentos de Comayagua y La Paz, dicha explotación se realizará durante el tiempo en ejecución del proyecto y. se detallan con sus respectivas localizaciones georreferenciales a continuación: La qaceta LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230·4956 Administración: 2230·3026 Planta: 2230·6767 U D I -D EG T-U N AH Acuerdos y Leyes La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALP 12 DE MAYO DEL 2017 No. 36 Banco de Material No. 1 Banco Selguapa-Prodecon Hoja Cartográfica No. 2659-11 Comayagua, ubicado en el municipio de Comayagua, departamento de Comayagua, con coordenadas UTM: 424692 1598242, 424004 1598045, 423484 1597671, 423213 1597651, 423226 1597549, 423557 1397602, 424084 1597959, 424719 1598135. Banco de Material No. 2 San Juan I Hoja Cartográfica No. 2657-I San Antonio del Norte, ubicado en el municipio de San Juan, Aguanqueterique, departamento de La Paz, con coordenadas UTM: 425780 1542399, 425723 1542388, 425783 1542167, 426143 1542244, 426365 1542256, 426533 1542028, 426577 1541804, 426655 1541792, 426615 1542011, 426476 1542284, 4262831542379.4260051542343,4258351542255. Banco de Material No. 3 San Juan 11 Hoja Cartográfica No. 2657-I San Antonio del Norte, ubicado en el municipio de San Juan, departamento de La Paz, con coordenadas UTM, 423545 1544136, 423704 1544215, 423789 1544323, 424011 1544398, 424212 1544323, 424339 1544138, 424416 1544136, 424357 1544313, 424249 1544398, 424040 1544477, 423839 1544464, 423717 1544363, 423553 1544231.

Articulo 2.-

La extracción de los Bancos de Materiales denominados Banco de Material Selguapa Prodecon, Banco de Material San Juan I y Banco de Material San Juan 11, que se encuentran dentro de la concesión minera no metálica denominada ARRAYAN CODIGO No. 299, se realizará sin intervenir sustancialmente con el desarrollo normal de actividades de explotación racional que haga el concesionario, salvaguardando de esta manera el derecho adquirido del Concesionario existente; la explotación simúltanea estará sujeta a las normas técnicas emitidas por el Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN).