Certificación No. 622-2017 — Concesión de Personalidad Jurídica a la Organización para el Desarrollo de Género y Ambiente de Honduras (ODEGAH)
Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización
- Decreto: 622-2017
- Publicación: 26 de abril de 2017
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización
- Gaceta: 34,323
Considerandos
Que la Organización No Guberna- mental de Desarrollo denominada, CENTRO PARA LA SOSTENIBILIDAD COMUNITARIA DE HONDURAS (CESCOH) , se crea como Organización Civil, indepen- diente de los gobiernos locales, de carácter privado y de interés público, apolítica, sin fines de lucro cuyos objetivos contribuyen desarrollo humanitario e integral de la población, entre otros; asimismo sus disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres. CONSIDERANDO: La presente Resolución no le da validez a cualquier disposición contenida en los Estatutos, que sea contraria a la Constitución de la República y a las Leyes.
Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 11, 16, 119 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
Articulos
Conceder Personalidad Jurídica a la ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO denominada, CENTRO PARA LA SOSTENIBILIDAD, COMUNITARIA DE HONDURAS (CESCOH), con domicilio, municipio de Choluteca, departamento de Choluteca, con duración indefinida y con los objetivos siguientes: Estos objetivo se logrará por medio de la ejecución de las siguientes acciones: l . Disminución de la pobreza en todas las regiones de Honduras. 2. Luchar hasta lograr conseguir Cero Hambre en las comunidades más pobres de nuestro país. 3. Ejecutar programas cuyo objetivo primordial sea la Salud y Bienestar para todos los pobladores de las comunidades en extrema pobreza. 4. Llevar Educación de calidad a cada rincón del País en especial a las zonas de mayor pobreza y con falta de oportunidades. 5. Igualdad de Género, creando oportunidades hasta llegar a la reducción de las desigualdades. 6. Evitar la degradación de los Recursos Naturales. 7. Generar Oportunidades de empleo en cada región para lograr el crecimiento económico de las mismas y de esta manera empezar a desarrollar comunidades sostenibles.
La Organización No Gubernamental para el Desarrollo denominada: CENTRO PARA LA SOSTENIBILIDAD COMUNITARIA DE HONDURAS (CESCOH), se regirá por sus Estatutos, contenidos en el Acta de constitución aprobados por los fundadores.
La Organización No Gubernamental para el Desarrollo denominada, CENTRO PARA LA SOSTENI- BILIDAD COMUNITARIA DE HONDURAS (CESCOH), está obligada a solicitar ante los entes estatales competentes, los permisos o licencias necesarios para el cumplimiento de sus objetivos.
La Organización No Gubernamental para el Desarrollo denominada, CENTRO PARA LA U D I -D EG T-U N AH La Gaceta SOSTENIBILIDAD COMUNITARIA DE HONDURAS (CESCOH), queda sujeta al cumplimiento de las obliga- ciones emanadas de la Ley Especial de Fomento para las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) y su Reglamento.
Las reformas o modificaciones de los Estatutos de organización se someterán al mismo procedimiento de su aprobación y serán registradas en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización.
La presente Resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad.
Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U. R. S. A. C.) para que proceda a la inscripción de la organización en el registro correspondiente.
La legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario.- NOTIFÍQUESE. (F) CLARISA EVELIN MORALES REYES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. (F) RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA, SECRETARIO GENERAL". Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, mumc1p10 del Distrito Central a los veintiuno días del mes de abril de dos mil diecisiete. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL , La le ofrece los siguientes servicios: , LIBROS TARJETAS DE PRESENTACION , FOLLETOS CARATULAS DE ESCRITURAS TRIFOLIOS CALENDARIOS FORMAS CONTINUAS EMPASTES DE LIBROS AFICHES REVISTAS. FACTURAS El A. U D I -D EG T-U N AH MIRIAM Sección B Avisos Legales Sección ''B'' C E R T 1 F 1 CA C 1 Ó N CAPÍTULO 1 El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización. CERTIFICA: La Resolución que literalmente dice: "