Resolución No. 1366-2016 — Concesión de Personalidad Jurídica a ONGD MISKUT
Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización
- Decreto: 1366-2016
- Publicación: 8 de marzo de 2017
- Órgano emisor: Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización
- Gaceta: 34,284
Considerandos
Que la Organización No Guber- namental de Desarrollo denominada INDÍGENAS MISKITOS DE ESCASOS RECURSOS ECONÓMICOS DEL DEPARTAMENTO DE GRACIAS A DIOS (MISKITO INDIAN UMPIRA NANI SUT ASKILA TAKANKA)y se identificará con las siglas(MISKUT),se crea como organización civil independiente de los gobiernos locales,de carácter privado y de interés público, apolítica, sin fines de lucro, cuyos objetivos contribuyen al desarrollo humanitario e integral de la población, entre otros; asimismo sus disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres.
Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No.002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 11, 16, 119 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. U D I -D EG T-U N AH Sección B Avisos Legales
Texto completo
RESOLUCIÓN No. 1366-2016. Secretaría de Estado en los DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, seis de diciembre del dos mil dieciséis. VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder Ejecutivo, por medio de esta Secretaría de Estado, en fecha quince de febrero de dos mil dieciséis, la cual corre agregada al expediente administrativo No. PJ-15022016- 65, presentado por el abogado Oscar Armando Mejía Mondragón, personándose el abogado FABRICIO ENRIQUE SUAZO SUAZO,en su condición de Director y CARLOS EDUARDO FERNANDEZ BULNES,ensu condición de pasante en derecho,ambos como Apoderados Legales de la ORGANIZACIÓN NO GUBER- NAMENTAL DE DESARROLLO(ONGD)denominada INDÍGENAS MISKITOS DE ESCASOS RECURSOS ECONÓMICOS DELDEPARTAMENTO DE GRACIAS A DIOS (MISKITO INDIAN UMPIRA NANI SUT ASKILA TAKANKA) y se identificará con las siglas (MISKUT), con domicilio en el Barrio Sahkalawa, frente a la carretera hacia la frontera en el municipio de Puerto Lempira, departamento de Gracias a Dios, con número de teléfono 3297-8539; contraída a solicitar la Personalidad Jurídica a favor de su representada. RESULTA: Que el peticionario acompañó a su soli- citud los documentos correspondientes. RESULTA: Que a la solicitud se le dio el trámite de ley, habiéndose mandado oír a la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado quien emitió dictamen favorable No.U.S.L.1484-2016 de fecha 30 de noviembre del dos mil dieciséis. CONSIDERANDO: Que la Organización No Guber- namental de Desarrollo denominada INDÍGENAS MISKITOS DE ESCASOS RECURSOS ECONÓMICOS DEL DEPARTAMENTO DE GRACIAS A DIOS (MISKITO INDIAN UMPIRA NANI SUT ASKILA TAKANKA)y se identificará con las siglas(MISKUT),se crea como organización civil independiente de los gobiernos locales,de carácter privado y de interés público, apolítica, sin fines de lucro, cuyos objetivos contribuyen al desarrollo humanitario e integral de la población, entre otros; asimismo sus disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres. CONSIDERANDO:Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No.002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 11, 16, 119 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
Sección B Avisos Legales POR TANTO:La SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS,JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN,enusode sus atribuciones y de conformidad con los Artículos 245 numeral 40) de la Constitución de la República; 56 y 58 del Código Civil, 1, 2, 5, 7 de la Ley Especial de Fomento para las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) y 5, 7, 8, 9, 12, 16, 19, 20, 21, 22 y demás aplicables Reglamento de la Ley Especial de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD); 29 numeral 2), 116 y 120 de la Ley General de la Administración Pública y 23,24, 25 y 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo;Acuerdo Ejecutivo No. 46- 2014; Acuerdo Ministerial No.410-2016. RESUELVE: