Resolución No. 561-2012 — Concesión de Personalidad Jurídica al Ministerio Evangélico Hogar Mi Prójimo
Secretaría de Estado en los Despachos del Interior y Población
- Decreto: 561-2012
- Publicación: 23 de marzo de 2017
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos del Interior y Población
- Gaceta: 34,297
Considerandos
Que el MINISTERIO EVANGÉLICO HOGAR MI PRÓJIMO, se crea como Asociación civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder al o solicitado.
Que tratándose de las organizaciones religiosas que se han constituido en el país en ejercicio de los derechos de asociación y de libertad religiosa establecidas en los artículos 77 y 78 de la Constitución de la República, son las organizaciones idóneas por medio de las cuales la persona humana pueda ejercitar la libertad de culto. En consecuencia, es razonable y necesario, que el Estado reconozca la existencia de las asociaciones religiosas,como organizaciones naturales propias de las sociedades humanas.
Que el Presidente de la República,emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 11, 16, 117, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
Que el señor Secretario de Estado en los Despachos del Interior y Población, mediante Acuerdo Ministerial No. 4049-2011, de fecha 15 de noviembre de 2011, delegó en la ciudadana, CARMEN ESPERANZA RIVERA PAGOAGA,Subsecretaria de Estado en el Despacho de Población y Participación Ciudadana,la facultad de firmar resoluciones de Extranjería, trámites varios, Personalidad Jurídica y de Naturalización y Acuerdos Dispensando la Publicación de Edictos para Contraer Matrimonio civil.
Articulos
Tendrá como objetivos los siguientes:
- A)
La difusión del mensaje cristiano a través de la Biblia a todos sus miembros y a la sociedad en general, con el fin de promover un cambio espiritual y social en la conducta de las personas.
- B)
Desarrollará su trabajo a través de reuniones periódicas en la sede del ministerio, así como por medio de talleres, seminarios, charlas, conferencias y retiros; así como también empleará todos los métodos legales para hacer llegar el mensaje de salvación a través de Jesucristo, proclamándolo como el Unigénito Hijo de Dios y Salvador de la humanidad.
- C)
Interactuar con las iglesias evangélicas de Honduras con el fin de promover su crecimiento numérico, espiritual y físico como resultado de la labor evangelista. D)Colaborar con la formación del liderazgo de los miembros del ministerio, en el campo de la evangelización para proveer hombres y mujeres dispuestos a ir donde sea necesaria su presencia para llevar el evangelio de Jesucristo.- E) Abrir sedes del ministerio en áreas donde no existan o donde el evangelio no se haya desarrollado con el impacto requerido,respetando los grupos religiosos de cualquier índole que existan en esas áreas.- F) Realizar actividades a beneficio de personas de escasos recursos. G) Promover programas de ayuda a familias pobres del país. I) Difundir el mensaje cristiano plasmado en la Biblia a todos sus miembros y a la sociedad en general.H)Implementar proyectos sociales dirigidos a la niñez y a la juventud en coordinación con las entidades del Gobierno que presiden y regulan estos sectores.I)mantenerse a la disposición de la autoridad pública en caso de acciones de auxilio humano y en caso de desastres naturales; J) Todas aquellas actividades encaminadas a buscar el bienestar de todos sus miembros en particular y de la sociedad en general.K)Sujetarse a todas las disposiciones,que en materia legal,estén contempladas en la Constitución de la República de Honduras, para su fiel cumplimento. CAPÍTULO III. DE SUS MIEMBROS, DEBERES Y DERECHOS
Son miembros todas aquellas personas que así lo deseen y además deberán cumplir con los fines del Ministerio y tener vocación de servicio y de fo