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10 de marzo de 2017Vigente

Acuerdo No. 03-2017 — Creación de Tribunal de Sentencia en Yoro

Corte Suprema de Justicia

  • Decreto: 03-2017
  • Publicación: 10 de marzo de 2017
  • Órgano emisor: Corte Suprema de Justicia
  • Gaceta: 34,286

Considerandos

Que de conformidad con lo establecido en el artículo1de la Constitución de la República,Honduras es un Estado de Derecho,soberano,constituido como República libre, democrática e independiente, para asegurar a sus

Modificar la competencia territorial del Tribunal de Sentencia de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, la cual será ejercida únicamente en el departamento de Copán, con excepción de los municipios de Nueva Arcadia (La Entrada), La Jigua,Florida,San Antonio,El Paraíso,San Jerónimo,Santa Rita, Cabañas, Copán Ruinas y San Nicolás, los cuales corresponden al Tribunal de Sentencia de la Sección Judicial de Nueva Arcadia (La Entrada).

Instruir a los Juzgados de Letras Seccionales de Nacaome,Amapala y San Lorenzo, todos del departamento de Valle; y, al Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Ocotepeque, Ocotepeque, lo siguiente: Que una vez publicado este acuerdo en el Diario Oficial La Gaceta y estén organizados e instalados los Tribunales de Sentencia de las Secciones Judiciales de Nacaome, Valle y Ocotepeque, Ocotepeque, remitirán las causas en las que hayan dictado auto de apertura a juicio, a los Tribunales de Sentencia referidos, respectivamente.

Proceder al nombramiento de los Jueces y demás personal que prestarán sus servicios en los nuevos Tribunales de Sentencia creados mediante el presente acuerdo toda vez que estén dotados de la logística correspondiente.

Ordenar a la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia ponga en conocimiento de todos los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial,el presente acuerdo, para los efectos consiguientes. El presente acuerdo se emite en acatamiento a lo dispuesto en el punto número 7 del Acta número 03-2017 de la sesión celebrada en fecha 12 de enero de 2017 por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia; y surtirá sus efectos a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE ROLANDO EDGARDO ARGUETA PÉREZ PRESIDENTE LUCILA CRUZ MENÉNDEZ SECRETARIA GENERAL U D I -D EG T-U N AH habitantes el goce de la justicia, la libertad, la cultura y el bienestar económico y social.

Que el artículo 59 de la Constitución de la República,dispone que la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado.

Que el artículo 307 de la Constitución de la República, establece que la Ley, sin menoscabo de la independencia de los Jueces y Magistrados, dispondrá lo necesario a fin de asegurar el correcto y normal funcionamiento de los órganos jurisdiccionales, proveyendo los medios eficaces para atender a sus necesidades funcionales y administrativas, así como a la organización de los servicios auxiliares.

Que de acuerdo a los datos estadísticos registrados en la Unidad de Estadística del Centro Electrónico de Documentación e Información Judicial (CEDIJ), la carga procesal del Tribunal de Sentencia de la Sección Judicial de El Progreso, Yoro y del Tribunal de Sentencia de la Sección Judicial de La Ceiba, Atlántida, en los últimos años se ha visto incrementada de manera tal que a estos órganos de jurisdicción se les ha imposibilitado resolver la totalidad de causas ingresadas anualmente, lo que les ha generado serios problemas de sobrecarga laboral, traducidos en el alto número de casos activos que a la fecha están tramitando.

Que la Carta de Derechos de las Personas ante la Justicia, en el Espacio Judicial Iberoamericano, establece que su eficacia está vinculada a la accesibilidad. Al respecto, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, estima que la creación de un Tribunal de Sentencia en el municipio de Yoro, departamento de Yoro, permitirá un mejor acceso a la justicia para los usuarios de este departamento, así como una mejor cobertura jurisdiccional en atención a la división geográfica, lo que permitirá dar mayor celeridad a los procesos judiciales, contribuirá a descongestionar los Tribunales de Sentencia de las Secciones Judiciales de El Progreso, Yoro y La Ceiba, Atlántida, consecuentemente coadyuvará a la disminución y progresiva erradicación de la mora judicial.

Que, en base a lo dispuesto en los artículos 313 numerales 11) y 12) de la Constitución de la República y 6 numerales 1), 11) y 12) del Reglamento Interior de la Corte Suprema de Justicia, le corresponde a este Alto Tribunal, entre otras atribuciones, fijar la división del territorio para efectos jurisdiccionales, así como crear, suprimir, fusionar o trasladar los Juzgados, las Cortes de Apelaciones y demás dependencias del Poder Judicial.

Crear y organizar un Tribunal de Sentencia con sede en la ciudad de Yoro, departamento de Yoro, el U D I -D EG T-U N AH cual se denominará Tribunal de Sentencia de la Sección Judicial de Yoro, departamento de Yoro.

La competencia territorial del Tribunal de Sentencia de la Sección Judicial de Yoro, departamento de Yoro, será la misma del Juzgado de Letras Seccional de Yoro y del Juzgado de Letras Seccional de Olanchito,ambos del departamento de Yoro, es decir, en los municipios de Yoro, Jocón, Sulaco, Victoria, Yorito, Olanchito y Arenal.

Modificar la competencia territorial de: a) Tribunal de Sentencia de la Sección Judicial de El Progreso, departamento de Yoro, la cual será ejercida en los municipios de El Progreso, El Negrito, Morazán y Santa Rita, todos del departamento de Yoro; b) Tribunal de Sentencia de la Sección Judicial de La Ceiba, departamento Atlántida, la cual será ejercida en los departamentos de Isla de la Bahía, Gracias a Dios y Atlántida, en este último con excepción de los municipios de Tela,Esparta y Arizona.

Instruir a los Juzgados de Letras de las Secciones Judiciales de Yoro y Olanchito, lo siguiente: Que una vez publicado este acuerdo en el Diario Oficial La Gaceta y esté organizado e instalado el Tribunal de Sentencia de la Sección Judicial de Yoro, departamento de Yoro, remitirán las causas en las que hayan dictado auto de apertura a juicio, al Tribunal de Sentencia aludido.

Proceder al nombramiento de los Jueces y demás personal que prestarán sus servicios en el nuevo Tribunal de Sentencia creado mediante el presente acuerdo toda vez que estén dotados de la logística correspondiente.

Ordenar a la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia ponga en conocimiento de todos los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, el presente acuerdo, para los efectos consiguientes. El presente acuerdo se emite en acatamiento a lo dispuesto en el punto número 9 del Acta número 09- 2017 de la sesión iniciada en fecha 08 febrero de 2017 y concluida el 16 del mismo mes, por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia; y surtirá sus efectos a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE ROLANDO EDGARDO ARGUETA PÉREZ PRESIDENTE LUCILA CRUZ MENÉNDEZ SECRETARIA GENERAL U D I -D EG T-U N AH Secretaría de Finanzas

Articulos

Articulo 1.-

Crear y organizar un Tribunal de Sentencia con sede en la ciudad de Yoro, departamento de Yoro, el U D I -D EG T-U N AH cual se denominará Tribunal de Sentencia de la Sección Judicial de Yoro, departamento de Yoro.

Articulo 2.-

La competencia territorial del Tribunal de Sentencia de la Sección Judicial de Yoro, departamento de Yoro, será la misma del Juzgado de Letras Seccional de Yoro y del Juzgado de Letras Seccional de Olanchito,ambos del departamento de Yoro, es decir, en los municipios de Yoro, Jocón, Sulaco, Victoria, Yorito, Olanchito y Arenal.

Articulo 3.-

Modificar la competencia territorial de:

  • a)

    Tribunal de Sentencia de la Sección Judicial de El Progreso, departamento de Yoro, la cual será ejercida en los municipios de El Progreso, El Negrito, Morazán y Santa Rita, todos del departamento de Yoro;

  • b)

    Tribunal de Sentencia de la Sección Judicial de La Ceiba, departamento Atlántida, la cual será ejercida en los departamentos de Isla de la Bahía, Gracias a Dios y Atlántida, en este último con excepción de los municipios de Tela,Esparta y Arizona.

Articulo 4.-

Instruir a los Juzgados de Letras de las Secciones Judiciales de Yoro y Olanchito, lo siguiente: Que una vez publicado este acuerdo en el Diario Oficial La Gaceta y esté organizado e instalado el Tribunal de Sentencia de la Sección Judicial de Yoro, departamento de Yoro, remitirán las causas en las que hayan dictado auto de apertura a juicio, al Tribunal de Sentencia aludido.

Articulo 5.-

Proceder al nombramiento de los Jueces y demás personal que prestarán sus servicios en el nuevo Tribunal de Sentencia creado mediante el presente acuerdo toda vez que estén dotados de la logística correspondiente.

Articulo 6.-

Ordenar a la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia ponga en conocimiento de todos los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, el presente acuerdo, para los efectos consiguientes. El presente acuerdo se emite en acatamiento a lo dispuesto en el punto número 9 del Acta número 09- 2017 de la sesión iniciada en fecha 08 febrero de 2017 y concluida el 16 del mismo mes, por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia; y surtirá sus efectos a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE ROLANDO EDGARDO ARGUETA PÉREZ PRESIDENTE LUCILA CRUZ MENÉNDEZ SECRETARIA GENERAL U D I -D EG T-U N AH Secretaría de Finanzas