Contrato — Contrato de Construcción de Embalse de Cosecha de Agua en El Chagüite, Municipio de Nacaome, Departamento de Valle No. 002-2016
Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería
- Publicación: 11 de febrero de 2017
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería
- Gaceta: 34,263
Considerandos
Que el Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado en fecha veintiocho de septiembre del año dos mil dieciséis,emitió el Decreto Ejecutivo Número PCM-069-2016, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 34149, mediante el cual declaró Situación de Emergencia a Nivel de once (11) departamentos de la República de Honduras.
Que el Decreto Ejecutivo Número PCM-069-2016, se ejecutará bajo la coordinación de la Secretaría de Estado enlosDespachos de Agricultura y Ganadería (SAG), con un monto estimado hasta de DOSCIENTOS MILLONES DE LEMPIRAS (L.200,000,000.00). Estos recursos procederán del Fideicomiso para la Reactivación del Sector Agroalimentario y de la Economía de Honduras(FIRSA).
Que los Contratos suscritos en Situación de Emergencia, requieren la aprobación posterior del Presidente de la República.
Que el Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado en fecha veintiocho de septiembre del año dos mil dieciséis,emitió el Decreto Ejecutivo Número PCM-069-2016, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 34149, mediante el cual declaró Situación de Emergencia a Nivel de once (11) departamentos de la República de Honduras.
Que el Decreto Ejecutivo Número PCM-069-2016, se ejecutará bajo la coordinación de la Secretaría de Estado enlosDespachos de Agricultura y Ganadería (SAG), con un monto estimado hasta de DOSCIENTOS MILLONES DE LEMPIRAS (L.200,000,000.00). Estos recursos procederán del Fideicomiso para la Reactivación del Sector Agroalimentario y de la Economía de Honduras(FIRSA).
Que los Contratos suscritos en Situación de Emergencia, requieren la aprobación posterior del Presidente de la República.
Articulos
Aprobar el Contrato suscrito en Situación de Emergencia que literalmente dice: CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN DE EMBALSE DE COSECHA DE AGUA EN EL COYOL, MUNICIPIO DE PATUCA, DEPARTAMENTO DE OLANCHO N°. 019-2016 NOSOTROS: JACOBO ALBERTO PAZ BODDEN, mayor de edad,casado,Ingeniero Agrónomo Zootécnista,con Tarjeta de Identidad No.0501-1956-04221y de este domicilio,actuando en mi condición de Secretario de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería(SAG),nombrado mediante Acuerdo del Poder Ejecutivo No. 214-2014 de fecha 04 de Marzo del 2014, quien en lo sucesivo se denominará:“LA SECRETARÍA”,por una parte y JOSE ARMANDO AGURCIA PAZ,mayor de edad, Ingeniero Civil, de nacionalidad hondureña, del domicilio de Tegucigalpa, M.D.C., con Tarjeta de Identidad No. 0801-1976- 13656, actuando en su condición de Representante Legal de la CONSTRUCTORA AGURCIA, Constituida mediante Instrumento Público Número 106 en la ciudad de Tegucigalpa, municipio Distrito Central,departamento Francisco Morazán,enfecha 15de Abril del año2008,ante los oficios del Notario Público Vilma Gladys Guevara Espinal, inscrita en el Colegio de Abogados de Honduras con carné de colegiación profesional número cuatro mil trescientos cuarenta y u no(4341),Sociedad inscrita en el Registro de la Cámara de Comercio e Industrias de Tegucigalpa, con el No. 12655, Folio 4178, Tomo V del Libro de los comerciantes individuales de la ciudad de Tegucigalpa, con RTN 08011976136567,Permiso de Operación No.119504extendido por la Alcaldía Municipal del municipio Distrito Central y quien en adelante se denominará“ELCONTRATISTA:hemos convenido en celebrar como en efecto lo hacemos,el presente CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN DE EMBALSE DE COSECHA DE AGUA CON UNA CAPACIDAD TOTAL EN VOLUMEN DE ALMACENAMIENTO DE AGUA DE VEINTISÉIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS PUNTO TRECE METROS CÚBICOS (26,542.13 METROS CÚBICOS), DE AGUA PARA IRRIGAR VEINTE MANZANAS (20 MZ), EN EL COYOL, MUNICIPIO DE PATUCA, DEPARTAMENTO DE OLANCHO,de conformidad con las cláusulas y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: “ANTECEDENTES”: El Presidente Constitucional de la República de Honduras, en Consejo de Secretarios de Estado, en fecha veintiséis de septiembre del año dos mil dieciséis,emitió el Decreto Ejecutivo Número PCM-069-2016, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 34149, en fecha veintiocho de septiembre del año dos mil dieciséis, mediante el cual declaró Situación de Emergencia a Nivel de once (11) departamentos de la República de Honduras. CLÁUSULA
“OBJETO DEL CONTRATO Y DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS”: El presente Contrato, tiene por objeto obtener por parte de EL CONTRATISTA la construcción de un Embalse de Cosecha de Agua, generando una capacidad total de almacenamiento de VEINTISÉIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS PUNTO TRECE METROS CÚBICOS (26,542.13 METROS CÚBICOS), DE AGUA PARA IRRIGAR VEINTE MANZANAS (20 MZ), la cantidad de embalses se determinará por las condiciones topográficas del terreno,tipo de U D I -D EG T-U N AH suelos o cualquier impedimento que afecte la construcción de la obra. Las obras objeto de este Contrato están ubicadas en El Coyol, municipio de Patuca, departamento de Olancho, comprometiéndose EL CONTRATISTA a realizar las actividades enmarcadas en las Especificaciones Técnicas Específicas, que se citan a continuación: 1.-Las dimensiones pueden variar según el número de beneficiarios,siendo1000M3, por beneficiarios, de Construcción de Embalse de Cosechas de Agua que se puedan hacer en la zona. Las dimensiones podrán variar de tal forma que la suma total almacenada de estas obras, deberán en conjunto alcanzarla cantidad de un mínimo de DIEZ MIL METROS CÚBICOS (10,000 M3), hasta un máximo total de SESENTA MIL METROS CÚBICOS (60,000.00 M3), por grupo organizado. 2.-La actividad de limpieza y desmonte de la capa vegetal,será supervisado por el Técnico de la Dirección General de Riego y Drenaje.En el caso que se encuentre material orgánico fuera de los límites indicados, ELCONTRATISTA deberá recibir instrucciones del personal de la Dirección General de Riego y Drenaje para continuar con el desmonte de esta capa vegetal. 3.-La Escarificación del área marcada y remoción del material de la misma sobre la cual se asentarán los diques o bordos de la laguna,se hará de acuerdo a las indicaciones del Supervisor de la Dirección General de Riego y Drenaje. 4.-La excavación del embalse, estará ligado al almacenamiento requerido o se definirá según las condiciones del subsuelo, de acuerdo a las Especificaciones Técnicas, emitidas por el Supervisor de la Dirección General de Riego y Drenaje. 5.-La conformación de bordos y compactado de los mismos,será realizada con un vibro compactador en capas de 15 cm de espesor, hasta obtener el porcentaje deseado. 6.-El control de los niveles en el proceso de la construcción, serán controlados por el Supervisor de la Dirección General de Riego y Drenaje;la obra se dará por recibida hasta que todos los niveles estén de acuerdo al diseño del embalse. 7.-ElCONTRATISTA será responsable del traslado del equipo al lugar de la obra; así mismo, todo movimiento interno dentro del área de influencia del proyecto será asumido por LA SECRETARÍA como hora máquina. 8.-Al final de la Obra, el Supervisor de la Dirección General de Riego y Drenaje realizará una revisión general de niveles y estado de la obra. Cualquier defecto será comunicado a EL CONTRATISTA, quien procederá a su inmediata reparación. 9.-Queda entendido que el Supervisor tendrá autoridad suficiente para solicitar al EL CONTRATISTA la remoción de algún operador que no cumpla con las exigencias técnicas o bajo rendimiento de la actividad;así mismo, podrá reportar a EL CONTRATISTA para que este reemplace el equipo o maquinaria que presente deficiencia en su potencia o bajo rendimiento. 10.-El Supervisor tiene la autoridad de reportar a ELCONTRATISTA el mal comportamiento que no esté de acuerdo a las normas de conducta que requiere el trabajo. 11.-Queda obligado ELCONTRATISTA en caso de desperfecto o deterioro de algún equipo por él suministrado,para la ejecución de la obra, repararlo o sustituirlo en un lapso no mayor de setenta y dos (72) horas. 12.-Como parte de la Política del Programa de Cosechas de Agua, todos los operadores o empleados de la empresa que laboren en la obra, deberán estar identificados con un chaleco cuya imagen o característica será proporcionada por la SAG. 13.-El sitio de construcción de la obra de Cosechas de Aguas, será identificado y seleccionado por el personal de la Dirección General de Riego y Drenaje;asímismo el Supervisor, indicará la ubicación del sitio a EL CONTRATISTA. 14.-En el desarrollo del proyecto, el Supervisor de la Dirección General de Riego y Drenaje, tiene la potestad de tomar todas las decisiones que de conformidad se presenten y no ELCONTRATISTA ni los beneficiarios. 15.- Durante el proceso de compactación, el suelo deberá de tener la humedad óptima, en caso de no tenerla ELCONTRATISTA U D I -D EG T-U N AH proveerá el equipo necesario para alcanzarla,para lo cual presentará las cotizaciones respectivas del tanque cisterna de agua con capacidad de 3,000.00 galones mínimo, aprobadas por la Dirección General de Riego y Drenaje. 16.- El área de limpieza será establecida por el Técnico autorizado por la Dirección General de Riego y Drenaje asignado a la obra y sólo podrá ser modificada a solicitud de él mismo. 17.-El grado de compactación, deberá alcanzar como mínimo el noventa por ciento(90%)del ensayo a la resistencia a la penetración,las pruebas necesarias deberán ser realizadas por el Supervisor de la Dirección General de Riego y Drenaje. 18.-Las dimensiones de cada embalse a construir, serán suministradas por el Personal Técnico de la Dirección General de Riego y Drenaje que ha sido asignado. 19.-El ángulo de inclinación de los diques, serán aprobados por el Personal Técnico de la Dirección General de Riego y Drenaje,y definidos en relación al ángulo de reposo del material encontrado. 20.-En caso de que la textura del suelo encontrado no corresponda al tipo de suelo ideal para la construcción de las cortinas, el Personal Técnico de la Dirección General de Riego y Drenaje, identificará y autorizará los bancos de material impermeable a ser utilizados. 21.-Si se requiere del revestimiento del fondo del embalse, el Personal Técnico de la Dirección General de Riego y Drenaje,identificará los bancos de material impermeable a ser utilizados y autorizará el acarreo del mismo. CLÁUSULA TERCERA: “MONTO DEL CONTRATO”: LA SECRETARÍA pagará a El CONTRATISTA las cantidades siguientes: Tractor de Oruga 140-160HP Mil Ochocientos Cincuenta Lempiras Exactos ( Lps.1,850.00), Tractor de Oruga 165HP Mil Novecientos Lempiras Exactos(Lps.1,900.00),Tractor de Oruga172HPDos Mil Cien Lempiras Exactos (Lps.2,100.00), Tractor de Oruga 175HPDos Mil Trescientos Lempiras Exactos (Lps.2,300.00), Tractor de Oruga 185HP Dos Mil Cuatrocientos Cincuenta Lempiras Exactos (Lps.2,450.00), Tractor 190HP Dos Mil Seiscientos Cincuenta Lempiras Exactos(Lps.2,650.00),Excavadora de Oruga 140HP Dos Mil Cincuenta Lempiras Exactos (Lps.2,050.00),Vibrocompactadora de Rodillo 10-12TON Mil Cuatrocientos Lempiras Exactos (Lps.1,400.00); se pagará por hora máquina; de igual forma si fuere necesario el alquiler deun tanque cisterna de agua con una capacidad de 3,000.00 galones, el monto total será pagado al finalizar la obra,conforme al Informe Técnico presentado por la Dirección General de Riego y Drenaje, comprobado mediante el control de los informes de campo del supervisor. LA SECRETARÍA hará las retenciones que por Ley corresponda. El monto del Contrato, será financiado con recursos provenientes del Fideicomiso para la Reactivación del Sector Agroalimentario y de la Economía de Honduras(FIRSA). CLÁUSULA CUARTA: “FORMA DE PAGO”: LA SECRETARÍA se compromete a la cancelación de las actividades realizadas por ELCONTRATISTA en un solo pago,de acuerdo al requerimiento presentado por el mismo,conforme al control de las horas máquina invertidas en la construcción de cada obra registrada en los informes de campo del supervisor y autorizadas por el Director de la Dirección General de Riego y Drenaje. CLÁUSULA QUINTA: “PLAZO DEL CONTRATO”: El plazo de finalización del Contrato, será de (15 a 35) quince a treinta y cinco días calendario a partir de la emisión de la orden de inicio. Este plazo, estará sujeto a extensiones o recortes, autorizados de forma escrita por el Director de la Dirección General de Riego y Drenaje, siempre y cuando existan causas que justifiquen este cambio del plazo,tales como:fuerza mayor,caso fortuito y otros inconvenientes que estén fuera del control de EL CONTRATISTA. CLÁUSULA SEXTA: “SANCIONES ECONÓMICAS”: Para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones y conforme a lo establecido en el Artículo 70 de las Disposiciones Generales del Presupuesto de Ingresos y Egresos de la República de Honduras para el año 2016, EL U D I -D EG T-U N AH CONTRATISTA pagará a LASECRETARIA por cada día de atraso en la entrega de los trabajos un porcentaje equivalente al cero punto dieciocho por ciento (0.18%) del monto total del Contrato en concepto de multa hasta la debida entrega de los trabajos,la cantidad que resultare de la aplicación de esta sanción será deducible de cualquier cantidad que se adeude a EL CONTRATISTA.CLÁUSULA SÉPTIMA:“CONSTANCIA DEL BUEN ESTADO DEL EQUIPO”:Antes de la emisión de la orden de inicio, EL CONTRATISTA presentará a LA SECRETARÍA constancia de que el equipo se encuentra en buen estado, este documento deberá ser debidamente firmado y sellado, el que pasará a formar parte integral de este Contrato. CLÁUSULA OCTAVA: “PERSONAL Y EQUIPO”: EL CONTRATISTA para cumplir con los servicios objeto de este contrato,suministrará un listado del personal y equipo que utilizará para la realización de los mismos. CLÁUSULA NOVENA: “GARANTIAS”: EL CONTRATISTA deberá rendir las garantías siguientes:a.)Garantía de Cumplimiento del Contrato, equivalente al quince por ciento (15%) del monto del Contrato, extendida a favor de la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), con vigencia hasta tres (3) meses después del plazo de ejecución de las obras.b.) Garantía de Calidad, la que una vez efectuada que fuere la recepción final de las obras sustituirá a la Garantía de Cumplimiento del Contrato. El monto de la Garantía de Calidad será equivalente al cinco por ciento (5%) del monto del Contrato, con vigencia de Ciento Ochenta (180) días, contados a partir de la recepción final del proyecto y emitida a favor de la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG). Las Garantías deberán ser emitidas por Institución debidamente autorizada.CLÁUSULA DÉCIMA:“RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS”:LA SECRETARÍA recibirá los servicios objetos de este contrato, de acuerdo a la Cláusula Segunda, verificando que los mismos sean a satisfacción de ésta y dará por escrito a EL CONTRATISTA el finiquito correspondiente y la autorización para el pago final de la obra. CLÁUSULA DÉCIMA