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10 de febrero de 2017Vigente

Resolución No. 71 — Reconocimiento como Persona Jurídica del Patronato Promejoramiento de las Aldeas de Reducto y Coato

Presidencia de la República

  • Decreto: 71
  • Publicación: 10 de febrero de 2017
  • Órgano emisor: Presidencia de la República
  • Gaceta: 34,262

Considerandos

Que a los Estatutos del Patronato Pro- Mejoramiento de las Aldeas de Reducto y Coato del municipio de Maraita, departamento de Francisco Morazán, no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres, por lo que es procedente acceder a lo solicitado.

Articulos

Articulo 1.-

Se constituye el créase el Patronato Promejoramiento de las Aldeas de Reducto y Coato, municipio de Maraita, Depto. de Francisco Morazán, el cual se regirá por los presentes Estatutos.

Articulo 2.-

El Patronato Promejoramiento de las Aldeas de Reducto y Coato, Maraita, Francisco Morazán, tiene como objetivos lo siguiente: a) Promover cambios de actitud en el pueblo hondureño, específicamente en sus afiliados que conllevan al logro de la satisfacción de necesidades de interés colectivo en materia de salud, educación y vivienda, agrario, pecuario y cualesquiera otros aspectos que tiendan a la dignidad del ser humano, b) Sumar los esfuerzos del pueblo a los del Gobierno y apoyar lo en todas aquellas acciones que emprenda y ejecute en beneficio del pueblo.

Articulo 3.-

Mantener permanente motivados a los miembros del Patronato, para que éste tenga carácter permanente será Tegucigalpa, Distrito Central y su sede en un local del Barrio Buenos Aires.

Articulo 4.-

Adquirir legalmente bienes inmuebles (terrenos, casas, etc. ect.), donde sus afiliados puedan desarrollar proyectos en pro de las Aldeas.

Articulo 5.-

Se funda y tendrá como domicilio permanente el Patronato Promejoramiento de las Aldeas de Reducto y Coato las mismas aldeas.

Articulo 6.-

Orgánica mente el Patronato Promejoramiento de las Aldeas de Reducto y Coato, está estructurado así:

  • a)

    La Asamblea General, integrada por la totalidad de los habitantes de las Aldeas.

  • b)

    La Directiva del Patronato integrada por once (11) miembros: 1.- Presidente, 2.- Secretario General, 3.- Secretario de Actas, 4.- Secretario de Organización, 5.- Secretario de Educación, 6.- Secretario de Asuntos Femeninos, 7.- Secretario de Publicidad y Propaganda, 8.- Secretario de Finanzas, 9.- Secretario de Trabajo y Reclamo, 10.- Tesorero General; 7.- Fiscal General,

  • c)

    Un consejo asesor que tendrá permanentemente en la Directiva integrada por cinco (5) miembros propietarios y tres suplentes,

  • d)

    Un comité coordinador integrado por los coordinadores de los distintos comités existentes,

  • e)

    Los siguientes comités: 1.- Organización y Control, 2.- Recursos, 3.- Finanzas, 4.-Educación, 5.- Femenino, 6.- Publicidad y Propaganda. CAPÍTULO II CONDICIONES, REPRESENTANTES DE ADMISIÓN Art. 7 Son miembros del Patronato, todos sus habitantes mayores de 18 años y los que posteriormente llenen este requisito e ingresen a el.

Articulo 8.-

Son requisitos para ser miembros afiliado del Patronato los siguientes:

  • a)

    Ser hondureño por nacimiento y vecino de las Aldeas,

  • b)

    Dar un Lempira (L. 1.00) de ingreso para tener lugar a voz y voto, fondos destinados para el mantenimiento del Patronato.

  • c)

    Tener como mínimo un año de residir en la comunidad.

  • d)

    Tener solvencia moral y el buen deseo de que prospere su comunidad. d) Tener disponibilidad de tiempo para asistir a sesiones y participar en todas las actividades inherentes a la organización. CAPÍTULO III DE LAS ATRIBUCIONES DEL PATRONATO

Articulo 9.-

Son atribuciones del Patronato las siguientes:

  • a)

    Discutir y aprobar el reglamento interno.

  • b)

    Discutir y aprobar el plan de CERTIFICACIÓN U D I -D EG T-U N AH Sección B Avisos Legales trabajo de la organización.

  • c)

    Estudiar, discutir e interpretar las leyes generales y especiales del país.

  • d)

    Mantener estrecha relación con las autoridades a efecto de mancomunar esfuerzos para el logro de soluciones de beneficio colectivo de las Aldeas.

  • e)

    Propiciar el desarrollo de conferencias, mesas redondas, seminarios, cursillos y todas aquellas actividades que propenden al logro de la superación individual y colectiva.

  • f)

    Presentar sugerencias a las autoridades por el conducto regular correspondiente, a fin de que éstas desplieguen actividades y emprendan acciones en beneficio del pueblo marginado.

  • g)

    Otras que el presente reglamento no contemple y que puedan enmarcarse en su competencia.