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31 de enero de 2017Vigente

Resolución No. GES-056-2017 — Autorización para aumento de capital social de Compañía Financiera S.A. (COFISA)

Comisión Nacional de Bancos y Seguros

  • Decreto: GES-056-2017
  • Publicación: 31 de enero de 2017
  • Órgano emisor: Comisión Nacional de Bancos y Seguros
  • Gaceta: 34,253

Considerandos

Que el 18 de noviembre de 2016, COMPAÑÍA FINANCIERA, S A.(COFISA)presentó ante la Secretaría General de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, escrito titulado: “SOLICITO AUTORIZACIÓN PARA AUMENTAR EL CAPITAL SOCIAL DE COMPAÑÍA FINANCIERA, S.A. (COFISA)Y REFORMAR SU ESCRITURA CONSTITUTIVA Y ESTATUTOS SOCIALES. EL TRÁMITE.”, suscrito por el licenciado Ramón Zúniga Ugarte, en su condición de Apoderado Legal de COMPAÑÍA FINANCIERA, S.A. (COFISA), tendente a que se le autorice a su representada incrementar el capital social con el que cuenta en la actualidad de CIENTO SETENTA MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L170,000,000.00) a DOSCIENTOS VEINTE MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS(L220,000,000.00), es decir, un incremento de CINCUENTA MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L50,000,000.00), mediante capitalización de utilidades retenidas al 31 de diciembre de 2015 y a su vez, reformar la Cláusula Quinta de la Escritura de Constitución y el Capítulo III-Artículo 3 de los Estatutos Sociales de dicha Sociedad.

Que la solicitud de mérito se fundamenta en lo establecido en los artículos 12 y 40 de la Ley del Sistema Financiero, los cuales refieren que toda modificación de la escritura pública de constitución y de los estatutos de las instituciones sujetas a dicha Ley, así como los aumentos o reducciones de capital, requieren la autorización de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros. El aumento de capital por la suma de Cincuenta Millones de Lempiras Exactos (L150,000,000.00), y las A. 4 A. 5.-7 A. 8 U D I -D EG T-U N AH LIC.MARTHA ALICIA GARCÍA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 reformas acordadas a la Escritura de Constitución y Estatutos Sociales, fueron aprobados en el Acta IV- 2016 de la Sesión de la Asamblea Extraordinaria de COFISA, celebrada el 12 de octubre de2016.

Que de conformidad con el Balance General de COMPAÑÍA FINANCIERA, S.A. con cifras al 31 de octubre de 2016 la Sociedad Financiera cuenta con activos totales por L1,572,450,380.09, pasivos por L1,277,452,844.22 y capital y reservas de capital por L294,997,535.87 de los cuales L170,000,000.00 corresponden al capital pagado, L1,756,174.00 a las Reservas por Revaluaciones, L63,276,030.06 a utilidades no distribuidas, y L59,965.331.81 a resultados del ejercicio. Por su parte, los principales indicadores financieros de la Financiera, registrados a esa misma fecha, muestran los siguientes resultados: índice de adecuación de capital ajustado es de 29.31%, el cual está por encima del requerido por el Ente Supervisor de 10%, total de obligaciones/capital y reservas 4.33 veces, depósitos ordinarios del público/capital y reservas 1.88 veces, reservas para créditos e intereses dudosos/total cartera crediticia 10.65%, reserva créditos e intereses de dudoso recaudo/mora cartera crediticia 92.56%, mismo que resulta inferior al promedio del sistema de 123.40%, mora cartera crediticia/ total cartera crediticia 11.51%, y la liquidez como resultado de la relación activos líquidos/depósitos ordinarios del público es de 37.72%, el cual es superior en 7.31 puntos porcentuales al promedio del sistema de 30.41%. En términos generales los referidos indicadores se muestran favorables en comparación al promedio registrado por el Sistema de Sociedades Financieras a esa misma fecha. Por su parte, el monto de Utilidades No Distribuidas registradas en balance por L63,276,030.06, una vez efectuada la capitalización de L50,000.000.00 resulta un remanente de L13,276,030.06.

Que por otra parte la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, mediante informe del 5 de diciembre de 2016. refiere que COFISA, no mantiene ajustes pendientes de registrar derivados del último examen practicado a dicha Institución con cifras al 29 de febrero de 2016, que pudieran afectar su solvencia. Por su parte, el porcentaje de cobertura de reservas de créditos dudosos al 31 de octubre de 2016 es de 92,56%, inferior a lo establecido en las Normas para la Evaluación y Clasificación de la Cartera Crediticia, Artículo 12, el cual establece que las instituciones supervisadas que no tengan como mínimo un Ciento Diez por Ciento (110%) de cobertura sobre créditos en mora, deberán alcanzar el mínimo indicado a más tardar el 31 de diciembre de 2016; no obstante lo anterior, de conformidad con el indicador de Reservas para Créditos e Intereses Dudosos/Mora Cartera Crediticia, COFISA presenta 147.77% con cifras al 30 de noviembre de 2016, porcentaje que supera el mínimo de cobertura sobre créditos en mora.

Que la revisión y análisis realizado al Proyecto de Escritura Pública de Reformas que acompaña la solicitud de COFISA, determinó que las modificaciones propuestas, se enmarcan dentro de las disposiciones legales vigentes, en consecuencia se considera conforme a derecho.

Que la Dirección de Asesoría Legal mediante dictamen de fecha 13 de enero de 2017, es del parecer que es procedente declarar con lugar la solicitud de autorización para aumentar el capital social de COFISA, y reformar su Escritura de Constitución y Estatutos Sociales

Que mediante Memorando GESGE-DT-3/2017 de fecha 16 de enero de 2017 la Gerencia de Estudios emitió opinión, en la que recomienda a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros autorizar a COFISA aumentar su capital social con el que cuenta en la actualidad de CIENTO SETENTA MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L170,000,000.00) a DOSCIENTOS VEINTE MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L220,000,000.00), es decir, un incremento de CINCUENTA MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L50,000,000.00), mediante capitalización de utilidades retenidas: y a su vez, U D I -D EG T-U N AH reformar la Cláusula Quinta de la Escritura de Constitución y el Capítulo III-Artículo 3 de los Estatutos Sociales. Lo anterior en virtud que, de conformidad con el Informe emitido por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras. COFISA no mantiene ajustes pendientes de registrar derivados del último examen practicado que pudieran afectar las utilidades sujetas a capitalización. asimismo, la peticionaria, mantiene un monto de utilidades retenidas con cifras al 31 de octubre de 2016, que resultan suficientes para efectuar el incremento de capital social propuesto, por su parte, las modificaciones a la Escritura Constitutiva y Estatutos Sociales, derivadas del incremento de capital antes referido cumple con los lineamientos estipulados en la Ley del Sistema Financiero.

Que con fundamento en el dictamen emitido por la Dirección de Asesoría Legal, la opinión de la Gerencia de Estudios y el informe emitido por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, es procedente autorizar el incremento de capital social y las reformas a la Escritura Social de COMPAÑIA FINANCIERA, S.A. derivado del incremento de capital de que se ha hecho mérito

Texto completo

RESOLUCIÓN GES No.056/20-01-2017.- La Comisión Nacional de Bancos y Seguros, CONSIDERANDO (1): Que el 18 de noviembre de 2016, COMPAÑÍA FINANCIERA, S A.(COFISA)presentó ante la Secretaría General de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, escrito titulado: “SOLICITO AUTORIZACIÓN PARA AUMENTAR EL CAPITAL SOCIAL DE COMPAÑÍA FINANCIERA, S.A. (COFISA)Y REFORMAR SU ESCRITURA CONSTITUTIVA Y ESTATUTOS SOCIALES. EL TRÁMITE.”, suscrito por el licenciado Ramón Zúniga Ugarte, en su condición de Apoderado Legal de COMPAÑÍA FINANCIERA, S.A. (COFISA), tendente a que se le autorice a su representada incrementar el capital social con el que cuenta en la actualidad de CIENTO SETENTA MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L170,000,000.00) a DOSCIENTOS VEINTE MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS(L220,000,000.00), es decir, un incremento de CINCUENTA MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L50,000,000.00), mediante capitalización de utilidades retenidas al 31 de diciembre de 2015 y a su vez, reformar la Cláusula Quinta de la Escritura de Constitución y el Capítulo III-Artículo 3 de los Estatutos Sociales de dicha Sociedad. CONSIDERANDO (2): Que la solicitud de mérito se fundamenta en lo establecido en los artículos 12 y 40 de la Ley del Sistema Financiero, los cuales refieren que toda modificación de la escritura pública de constitución y de los estatutos de las instituciones sujetas a dicha Ley, así como los aumentos o reducciones de capital, requieren la autorización de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros. El aumento de capital por la suma de Cincuenta Millones de Lempiras Exactos (L150,000,000.00), y las A. 4 A. 5.-7 A. 8

LIC.MARTHA ALICIA GARCÍA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956

reformas acordadas a la Escritura de Constitución y Estatutos Sociales, fueron aprobados en el Acta IV- 2016 de la Sesión de la Asamblea Extraordinaria de COFISA, celebrada el 12 de octubre de2016.CONSIDERANDO(3): Que de conformidad con el Balance General de COMPAÑÍA FINANCIERA, S.A. con cifras al 31 de octubre de 2016 la Sociedad Financiera cuenta con activos totales por L1,572,450,380.09, pasivos por L1,277,452,844.22 y capital y reservas de capital por L294,997,535.87 de los cuales L170,000,000.00 corresponden al capital pagado, L1,756,174.00 a las Reservas por Revaluaciones, L63,276,030.06 a utilidades no distribuidas, y L59,965.331.81 a resultados del ejercicio. Por su parte, los principales indicadores financieros de la Financiera, registrados a esa misma fecha, muestran los siguientes resultados: índice de adecuación de capital ajustado es de 29.31%, el cual está por encima del requerido por el Ente Supervisor de 10%, total de obligaciones/capital y reservas 4.33 veces, depósitos ordinarios del público/capital y reservas 1.88 veces, reservas para créditos e intereses dudosos/total cartera crediticia 10.65%, reserva créditos e intereses de dudoso recaudo/mora cartera crediticia 92.56%, mismo que resulta inferior al promedio del sistema de 123.40%, mora cartera crediticia/ total cartera crediticia 11.51%, y la liquidez como resultado de la relación activos líquidos/depósitos ordinarios del público es de 37.72%, el cual es superior en 7.31 puntos porcentuales al promedio del sistema de 30.41%. En términos generales los referidos indicadores se muestran favorables en comparación al promedio registrado por el Sistema de Sociedades Financieras a esa misma fecha. Por su parte, el monto de Utilidades No Distribuidas registradas en balance por L63,276,030.06, una vez efectuada la capitalización de L50,000.000.00 resulta un remanente de L13,276,030.06. CONSIDERANDO(4):Que por otra parte la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, mediante informe del 5 de diciembre de 2016. refiere que COFISA, no mantiene ajustes pendientes de registrar derivados del último examen practicado a dicha Institución con cifras al 29 de febrero de 2016, que pudieran afectar su solvencia. Por su parte, el porcentaje de cobertura de reservas de créditos dudosos al 31 de octubre de 2016 es de 92,56%, inferior a lo establecido en las Normas para la Evaluación y Clasificación de la Cartera Crediticia, Artículo 12, el cual establece que las instituciones supervisadas que no tengan como mínimo un Ciento Diez por Ciento (110%) de cobertura sobre créditos en mora, deberán alcanzar el mínimo indicado a más tardar el 31 de diciembre de 2016; no obstante lo anterior, de conformidad con el indicador de Reservas para Créditos e Intereses Dudosos/Mora Cartera Crediticia, COFISA presenta 147.77% con cifras al 30 de noviembre de 2016, porcentaje que supera el mínimo de cobertura sobre créditos en mora. CONSIDERANDO (5): Que la revisión y análisis realizado al Proyecto de Escritura Pública de Reformas que acompaña la solicitud de COFISA, determinó que las modificaciones propuestas, se enmarcan dentro de las disposiciones legales vigentes, en consecuencia se considera conforme a derecho. CONSIDERANDO (6): Que la Dirección de Asesoría Legal mediante dictamen de fecha 13 de enero de 2017, es del parecer que es procedente declarar con lugar la solicitud de autorización para aumentar el capital social de COFISA, y reformar su Escritura de Constitución y Estatutos Sociales CONSIDERANDO (7): Que mediante Memorando GESGE-DT-3/2017 de fecha 16 de enero de 2017 la Gerencia de Estudios emitió opinión, en la que recomienda a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros autorizar a COFISA aumentar su capital social con el que cuenta en la actualidad de CIENTO SETENTA MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L170,000,000.00) a DOSCIENTOS VEINTE MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L220,000,000.00), es decir, un incremento de CINCUENTA MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L50,000,000.00), mediante capitalización de utilidades retenidas: y a su vez,

reformar la Cláusula Quinta de la Escritura de Constitución y el Capítulo III-Artículo 3 de los Estatutos Sociales. Lo anterior en virtud que, de conformidad con el Informe emitido por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras. COFISA no mantiene ajustes pendientes de registrar derivados del último examen practicado que pudieran afectar las utilidades sujetas a capitalización. asimismo, la peticionaria, mantiene un monto de utilidades retenidas con cifras al 31 de octubre de 2016, que resultan suficientes para efectuar el incremento de capital social propuesto, por su parte, las modificaciones a la Escritura Constitutiva y Estatutos Sociales, derivadas del incremento de capital antes referido cumple con los lineamientos estipulados en la Ley del Sistema Financiero. CONSIDERANDO (8): Que con fundamento en el dictamen emitido por la Dirección de Asesoría Legal, la opinión de la Gerencia de Estudios y el informe emitido por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, es procedente autorizar el incremento de capital social y las reformas a la Escritura Social de COMPAÑIA FINANCIERA, S.A. derivado del incremento de capital de que se ha hecho mérito POR TANTO: Con fundamento en los artículos 6 y 13 numeral 15) de la Ley de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros; 9, 10, 12 y 40 de la Ley del Sistema Financiero, 169 240, 243 y 246 del Código de Comercio, RESUELVE: 1. Autorizar a COMPAÑIA FINANCIERA. S.A. (COFISA), aumentar su capital social con el que cuenta en la actualidad de CIENTO SETENTA MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L170,000,000.00) a DOSCIENTOS VEINTE MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L220,000,000.00), es decir, un incremento de CINCUENTA MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L50,000,000.00), mediante capitalización de utilidades retenidas, y a su vez, reformar la Cláusula Quinta de la Escritura de Constitución y el Capítulo III-Artículo 3 de los Estatutos Sociales. Lo anterior en virtud que, de conformidad con la opinión emitida por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, COFISA no mantiene ajustes pendientes de registrar derivados del último examen practicado que pudieran afectar las utilidades sujetas a capitalización, asimismo, la peticionaria, registra un monto de utilidades retenidas con cifras al 31 de octubre de 2016 por L63,276,030.06, mismas que una vez efectuada la capitalización de L50,000,000.00, resulta un remanente de L13.276,030.06. las que son suficientes para cubrir el incremento de capital social propuesto. 2. Derivado del incremento de capital social. autorizar a COMPAÑIA FINANCIERA, S.A. (COFISA). las reformas a la Cláusula Quinta de la Escritura de Constitución y el Capítulo III-Artículo 3 de los Estatutos Sociales, de conformidad con lo acordado en el Acta Número IV-2016 correspondiente a la sesión de Asamblea Extraordinaria de Accionistas de la Institución Financiera celebrada el 12 de octubre de 2016: en la cual quedó establecida la redacción de las modificaciones a la Escritura Social y Estatutos Sociales, derivados del incremento de capital social lo anterior, de conformidad con el Proyecto de Reformas adjunto y que forma parte de la presente Resolución. 3.Autorizar a la Secretaría General de la Comisión para que extienda certificación de la presente Resolución con el fin de que el notario la copie íntegramente y sin modificaciones de ninguna clase en el instrumento público de reformas señalándose un plazo de quince (15) días hábiles para el otorgamiento de la Escritura Pública de Reformas, dicha certificación deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta” y en dos (2) de los diarios de circulación en el País, por cuenta de COMPAÑIA FINANCIERA. S.A. (COFISA).Asimismo, la Institución Financiera deberá inscribir el instrumento público de reformas en el Registro correspondiente. 4. COMPAÑIA FINANCIERA, S.A., (COFISA) deberá remitir a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, copia autenticada de la nueva redacción de la Escritura de Constitución y de los Estatutos Sociales conteniendo las reformas aprobadas en la presente Resolución, una vez que las mismas hayan sido inscritas en el Registro correspondiente. 5. Que la Secretaría General de la Comisión notifique en legal y debida forma la presente Resolución al Apoderado Legal de COMPAÑIA FINANCIERA, S.A. (COFISA), para los efectos legales correspondientes, y a la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras. 6. La presente Resolución es de ejecución inmediata. ... Queda aprobado por unanimidad. ... F) ETHEL DERAS ENAMORADO, Presidenta; JOSÉ ADONIS LAVAIRE FUENTES, Comisionado Propietario. EVASIO AGUSTIN ASENCIO R.,Comisionado Propietario, MAURA JAQUELINE PORTILLO G.,Secretaria General”. Y para los fines correspondientes se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central,alos veinte días del mes de enero de dos mil diecisiete. MAURA JAQUELINE PORTILLO G. Secretaria General

JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO