Acuerdo Ejecutivo No. 009-2016 — Creación de la Comisión Nacional para la Prevención, Combate y Reducción de la Violencia Armada
Presidencia de la República
- Decreto: 009-2016
- Publicación: 20 de enero de 2017
- Órgano emisor: Presidencia de la República
- Gaceta: 34,244
Considerandos
Que el Presidente de la República, tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada.
Que corresponde a la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, entre otros, garantizar la seguridad de las personas en su vida y bienes, procurar el mantenimiento y restablecimiento del orden público para la armónica convivencia,prevención,investigación y combate de los delitos.
Que para enfrentar la problemática referente a las armas pequeñas y ligeras en la región y basados en los principios y disposiciones del Tratado Marco de Seguridad Democrática, los Gobiernos de Centroamérica han tomado medidas orientadas al control del tráfico de armas de fuego y la reducción de la violencia con arma de fuego, aprobadas por la Comisión de Seguridad de Centroamérica de los países del SICA, ratificado por los Jefes de Estado de los Gobiernos de la región en su XXIV Cumbre, celebrada en Belice, el 19 de diciembre de 2003, en congruencia conTratados y Convenios, Códigos, Reglamentos y Planes de Acción para prevenir, combatir y eliminar el tráfico de armas pequeñas y ligeras firmados por Honduras.
Que con la implementación de una estrategia integral en materia de seguridad por parte de los Poderes del Estado, Ministerio Público y con la interacción de amplios sectores de la ciudadanía,la tasa de homicidio a la fecha se ha visto reducida, siendo una de las causas de este efecto positivo,la mejora en los controles sobre el tráfico y la tenencia ilícita de armas cortas y ligeras; que son una constante en la mayoría de los hechos delictivos que suceden en el país. U D I -D EG T-U N AH LIC.MARTHA ALICIA GARCÍA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956
Que el Gobierno de la República de Honduras consciente de la problemática anterior y reconociendo que las acciones más efectivas para el logro de la paz y la convivencia social son las que incluyen una participación activa de la población;en vista que la violencia por sí misma representa una amenaza a su bienestar y una limitante a su crecimiento como persona y al desarrollo de su comunidad; es necesario crear mecanismos de participación ciudadana, multisectorial, multidisciplinaria y multidimensional sobre la materia.
Que mediante Acuerdo Ejecutivo Número 002-2005 de fecha 15 de febrero del 2005, se creó la Comisión Nacional Multidisciplinaria, formando parte de la misma la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad quien coordinar ía la comisión aludida.
Que el Acuerdo antes relacionado en su considerando tercero, establecía una vigencia de cinco (5) años iniciando en septiembre del 2003, el cual expiró, y hasta la fecha no ha sido renovado.
Que es obligación del Estado de Honduras en esta materia, crear la Comisión Nacional para la Prevención, Combate y Reducción de la Violencia Armada.
Que el artículo36numeral21)de la Ley General de la Administración Pública señala:“Son atribuciones y deberes comunes a los Secretarios de Estado:1)…21)Refrendar los Decretos, Acuerdos y demás actos del Presidente de la República”.
Articulos
Crear la “Comisión Nacional para la Prevención,Combate y Reducción de la Violencia Armada”, la que en adelante se identificará como“La Comisión Nacional”, instancia de coordinación de carácter consultivo y técnico,cuyas funciones entre otras, será: realizar estudios de la problemática nacional y regional, presentar propuestas de políticas públicas para el control y regulación del tráfico de armas de fuego, municiones,explosivos y materiales relacionados.
El domicilio de “La Comisión Nacional”, será en el municipio del Distrito Central,con jurisdicción a nivel nacional.
La Autoridad Nacional para presidir “La Comisión Nacional”,será el Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad,pudiendo delegar esta función en él o la titular de la Subsecretaría de Prevención, cuando el caso lo amerite.
“La Comisión Nacional” estará integrada por los delegados designados por las máximas autoridades de las siguientes instituciones: Congreso Nacional, Corte Suprema de Justicia, Ministerio Público, Secretarías de Estado en los Despachos de: Seguridad, Defensa Nacional, Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, Derechos Humanos, Justicia,Gobernación y Descentralización,Educación,Finanzas, Salud;además del Sistema de Administración de Rentas,Instituto Nacional de Migración, Foro Nacional de Convergencia, Organizaciones No Gubernamentales relacionadas directamente con el tema de seguridad.
Podrán ser parte de “La Comisión Nacional”otras Instituciones,Organismos No Gubernamentales, Organizaciones Educativas vinculadas al estudio de la materia, quienes participarán en calidad de invitados.
Que “LA COMISIÓN NACIONAL” estará constituida por las Subcomisiones siguientes:
- a)
Subcomisión de Prevención de Violencia Armada.
- b)
Subcomisión de Cooperación y Coordinación.
- c)
Subcomisión de Persecución del Delito con Armas Pequeñas y Ligeras.
- d)
Subcomisión de Registro y Control de Armas de Fuego.
El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial“La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiséis (26) días del mes octubre del año dos mil dieciséis (2016). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO Secretario de Estado Coordinador General del Gobierno Por Delegación del Presidente de la República Acuerdo Ejecutivo No. 031-2015 Publicado en el Diario Ofical“La Gaceta” el 25 de noviembre de 2015 JULIÁN PACHECO TINOCO Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad U D I -D EG T-U N AH (E.N.A.G.) PBX: 2230-3026. Colonia Miraflores Sur, Tels.: 2230-6767, 2230-1120, 2291-0357 y 2291-0359 Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Suplementos ¡Pronto tendremos! A) Suplemento Corte Suprema de Justicia. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: LA CEIBA SAN PEDRO SULA CHOLUTECA La Ceiba,Atlántida, Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial Choluteca, Choluteca, barrio Solares Nuevos, Ave. Colón, “Los Castaños”. barrio La Esperanza, calle edificio Pina, 2a. planta,Aptos. Teléfono:25519910. principal, costado Oeste A-8 yA-9 del Campo AGACH Tel.: 443-4484 Tel.:782-0881 Nombre: Dirección: Teléfono: Empresa: Dirección Oficina: Teléfono Oficina: Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 Suscripciones: La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.la gaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gaceta digital hn@gmail.com Contamos con: 1. Suscripción por seis meses Lps. 1,000.00 2. Suscripción por 1 año Lps. 2,000.00 3. Servicio de consulta en línea. ACUERDA. Modificar temporal y excepcionalmente el Derecho Arancelario a la Importación (DAI) a los códigos arancelarios a bajo descritos y de conformidad con el Artículo26del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano. U D I -D EG T-U N AH Sección B Avisos Legales CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización. CERTIFICA: La Resolución que literalmente dice: “