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18 de enero de 2017Vigente

Certificación No. PJ-01082013-1334 — Certificación de reforma de estatutos de la Cámara Hondureña de Aseguradoras

Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización

  • Decreto: PJ-01082013-1334
  • Publicación: 18 de enero de 2017
  • Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización
  • Gaceta: 34,242

Articulos

Articulo 5.-

Los objetivos de la Cámara Hondureña de Aseguradores son los siguientes: a. Representar y defender los intereses legítimos de los aseguradores privados como responsables del manejo de la actividad aseguradora. b. Propiciar el desarrollo y la modernización continua del mercado de seguros, reaseguros y de la seguridad social. c.- Buscar un constante desarrollo de la industria aseguradora a través de la aplicación de normas de eficiencia, responsabilidad y ética, mantener incólume la imagen de protección al público; d. d. la difusión del seguro, y el fortalecimiento institucional del sector y de las empresas afiliadas a la CAHDA.

Articulo 6.-

Para el logro de sus objetivos, la CAHDA realizará las actividades siguientes:

  • a)

    Ejercer la representación del sector ante foros nacionales e internacionales, asumiendo la defensa cuando se afecten los intereses de los afiliados.

  • b)

    Mantener relaciones permanentes con las autoridades, para resolver problemas sociales y económicos que afecten el sector asegurador, de forma coordinada en la firma de convenios, propuestas y proyectos tendentes a fortalecer el sector seguros.

  • c)

    impulsar el desarrollo de la actividad aseguradora y el fortalecimiento de la imagen de las compañías mediante el desarrollo de campañas educativas.

  • d)

    Realizar investigaciones o estudios sobre el sector seguros y su entorno.

  • e)

    Propiciar actividades que tiendan a la capacitación del staff de las afiliadas.

  • f)

    Participación en cursos, seminarios, y conferencias sobre temas de interés.

  • g)

    Asesorar a las afiliadas sobre temas que demanden.

  • h)

    Mantener un Centro de Estadísticas del sector.

  • i)

    Fomentar la amornía de las relaciones entre las afiliadas a la CAHDA y otras organizaciones gremiales.

  • j)

    Desarrollar servicios de información y atención a las compañías afiliadas.

  • k)

    Desarrollar campañas educativas orientadas a la difusión del seguro, fortalecimiento instituc a ional del sector y de las empresas afiliadas a la CAHDA.

Articulo 8.-

DEROGADO ARTICULO 9: La solicitud de ingreso deberá dirigirse al Presidente de la CAHDA, quien Sección “B” la someterá a la aprobación de su Junta Directiva en la sesión inmediata a la fecha de la solicitud, salvo que no se presente la información requerida en forma completa; caso en que será conocida por la Junta Directiva hasta que se haya cumplimentado en debida forma la solicitud.

Articulo 12.-

En caso de que a una Compañía se hubiere retirado de la CAHDA, y posteriormente presenta solicitud de reingreso, la Junta Directiva, la someterá en su próxima sesión, siempre que haya acompañado los documentos a que se refiere el Artículo No. 7, y que no tenga saldos pendientes con la CAHDA, y que cancele la cuota de reingreso.

Articulo 14.-

Son obligaciones de todos los miembros de CAHDA: a. Ejercer su actividad conforme a los principios éticos, jurídicos y técnicos del seguro, y a la leal y sana competencia dentro del mercado. b. Pagar con puntualidad las cuotas y contribuciones ordinarias y extraordinarias que les correspondan. c. Cumplir los estatutos y acatar las decisiones de la Asamblea General de la Junta Directiva y de los demás órganos de CAHDA. d. Colaborar por todos los medios a su alcance para el logro de los objetivos de CAHDA. e. Suministrar a CAHDA, oportunamente los datos e informaciones que ésta solicite por medio de la Gerencia General en los términos y alcances definidos por la Junta Directiva. f.- Mantenerse leal a la CAHDA, y no des autorizar la públicamente. g.- Proporcionar a la CAHDA, las hojas de vida de funcionarios para conformar los Cómites Técnicos.

Articulo 15.-

Son derechos y atribuciones de los miembros de CAHDA:

  • a)

    Requerir a la Cámara para que asuma la representación y defensa de los intereses generales del sector, cuando los mismos pueden ser afectados.

  • b)

    Intervenir con voz y voto en las Asambleas y en los demás Órganos de los que forme parte.

  • c)

    Obtener de la CAHDA, los servicios que ella presta, incluyendo el derecho de recibir y solicitar información estadística o de cualquier índole, siempre y cuando esté relacionada con la Industria.

Articulo 16.-

A los efectos de participar en la Asamblea General o ser miembro de la Junta Directiva, las Compañías afiliadas, deberán informar a la Secretaría de la CAHDA, el nombre del Representante Propietario. Como norma general, este Representante, será el Gerente General de la Compañía, o en su defecto, el Funcionario del nivel Ejecutivo que sea designado por el Consejo de Administración de la Compañía afiliada. En el caso de no poder asistir a la Asamblea General, el Representante Propietario, podrá delegar mediante simple carta poder, con instrucciones de voto sobre los puntos incluidos en la Agenda, a otro Funcionario de la Compañía afiliada. U D I -D EG T-U N AH Sección B Avisos Legales

Articulo 18.-

El Órgano Supremo de la CAHDA, es la Asamblea General de sus miembros. Se reunirá ordinariamente una vez al año, y en forma extraordinaria cuando así lo solicite por los menos el 30% de sus miembros.Asimismo, la Asamblea General también podrá reunirse de forma Extraordinaria por convocatoria de la Junta Directiva, para tratar asuntos de interés general de las compañías afilizadas.

Articulo 19.-

La Asamblea General se reunirá para tratar cualesquiera de los siguientes asuntos: a.- Elección de Junta Directiva. b. Aprobación de la Memoria de Actividades e informe de Ejecución presentado por el Presidente de la Junta Directiva. c. Informe del Tesorero y aprobación de los Estados Financieros. d. Aprobación del Presupuesto de Ingresos y Egresos. e. Ejercer cualquier otra función que no haya sido asignada a otro órgano. f. Determinar con base en el Presupuesto aprobado, las cuotas periódicas con que cada compañía afiliada contribuirá a la financiación del presupuesto. g. Para tratar temas de interés del gremio en general.

Articulo 20.-

Las Asambleas extraordinarias,conocerán entre otros, de los asuntos siguientes: a. Reformas o modificaciones a los Estatutos, Reglamentos y Convenios celebrados por la CAHDA. b. Decretar la disolución y liquidación de la CAHDA. c. Cualquier otro asunto incluido en la Agenda del día. d. Siempre y cuando por lo menos el 15% de los miembros esté de acuerdo, se podrán introducir nuevos temas en la Agenda de la Asamblea General o propuestas de acuerdo, sobre temas que ya figuran en la Agenda.

Articulo 23.-

En receso de la Asamblea General, la Junta Directiva será el Órgano Supremo de la CAHDA. La Junta Directiva estará compuesta por seis (6) Vocales. Entre los Vocales elegidos, la Asamblea designará los siguientes cargos:

  • a)

    Un Presidente.

  • b)

    Vicepresidente Primero.

  • c)

    Vicepresidente Segundo.

  • d)

    Un Tesorero.

  • e)

    Un Secretario; y,

  • f)

    Vocal Suplente. Cinco (5) de los Vocales de la Junta Directiva deben ser Representantes Propietarios de acuerdo a lo establecido en el Artículo 15, y uno (1) será Representante Suplente. La pertenencia a la Junta Directiva es personal e indelegable. Un Vocal podrá ser elegido como Presidente de la Junta Directiva por un (1) período de dos (2) años, con la posibilidad de una reelección consecutiva por un período de dos (2) años más. Salvo causas de fuerza, mayor, los Vocales tienen la obligación de asistir a las reuniones de Junta Directiva. En caso de ausencias injustificadas de un miembro de la Junta Directiva que superen en un año el cuarenta por ciento (40%) de las reunionés ordinarias, la Junta Directiva. El mecanismo de elección de los miembros de la Junta Directiva, será de acuerdo a las siguientes disposiciones:1.Los miembros de la Junta Directiva, serán elegidos por la Asamblea General por períodos de dos (2) años. 2. Los miembros de la Junta Directiva, serán, reemplazados o reelegidos anualmente de forma escalonada. 3. Los candidatos a miembros de la Junta Directiva a ser elegidos en cada Asamblea General, serán Representantes , Propietarios y su presentación ante la Asamblea General, mediante listas o planchas cerradas, corresponde a las Compañías afiliadas, actuando de forma, individual o concertada. 4. En las listas deberá indicarse el reparto entre los Vocales de los seis (6) cargos previstos o los que en cada Asamblea corresponda renovar en el Artículo 22 anterior. 5. Un mismo Representante Propietario, no puede figurar como candidato a miembro de la Junta Directiva, en más de una lista. 6. En la reunión de la correspondiente Asamblea General, los representantes de las Compañías afiliadas presentes, votarán las listas por separado y será elegida aquella que obtenga el mayor número de votos a favor. 7. En caso de empate, este se resolverá por sorteo. 8. En caso de vacante por fallecimiento o dimisión durante el período de mandato, la Junta Directiva puede convocar a la Asamblea Extraordinaria, o alternativamente, designar un miembro que lo sustituya (coop tación), que deberá ser ratificado o no, en la siguiente Asamblea General que se celebre.

Articulo 24.-

La Junta Directiva, tendrá quórum para celebrar sesiones si contare con la presencia de la mitad, más uno de sus miembros propietarios, y sus Resoluciones serán válidas si se adoptan por mayoría simple de los presentes. Previa convocatoria hecha por el Presidente a través de la Gerencia General, se reunirán de forma ordinaria por lo menos ocho (8) veces por año, y de forma extraordinaria en aquellas ocasiones que lo estimen necesario el Presidente, el Gerente o dos (2) de sus miembros.

Articulo 25.-

Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a cada reunión, el Secretario, a través de la Gerencia General de la CAHDA, comunicarán a todas las Compañías afiliadas las Resoluciones adoptadas por la Junta Directiva.

Articulo 26.-

Hasta tres (3) días hábiles antes de la reunión de Junta Directiva, los miembros de la Asamblea, podrán requerir al Presidente a través de Secretaría o Gerencia General, la inclusión en la Agenda de cualquier tema que considere de interés. Toda Compañía afiliada, podrá solicitar, mediante comunicación escrita dirigida al Presidente, al Secretario de la Junta Directiva o al Gerente, la inclusión en la Agenda de cualquier asunto que considere pertinente. El Presidente o la Junta Directiva, analizará la solicitud y decidirá sobre la aceptación, o no, de la misma, pudiendo convocar previamente, por los medios que considere oportunos, al Representante de la Compañía peticionaria, para que exponga los fundamentos de su solicitud, U D I -D EG T-U N AH Sección B Avisos Legales La decisión del Presidente o de la Junta Directiva sobre cualquier solicitud de inclusión de asuntos en la Agenda de la Junta Directiva, debe ser comunicada por escrito y de forma argumentada, a la Compañía peticionaria y a las demás Compañías.

Articulo 27.-

Cualquier Representante Propietario que deje de prestar sus servicios en una Compañía afiliada, o de ejercer el cargo de Gerente General, o cuya designación como Representante Propietario sea revocada por el Consejo de Administración de la Compañía afiliada que representa y que hubiera sido elegido por la Asamblea General como miembro de la Junta Directiva, presentará su dimisión y será sustituido en dicho cargo. Para proceder a la elección del nuevo miembro de la Junta Directiva, se procederá a llamar a una Asamblea Extraordinaria, siguiendo el mecanismo de elección definido en el Artículo 24.

Articulo 28.-

Son atribuciones de la Junta Directiva:

  • a)

    Cumplir y hacer cumplir los Estatutos, Reglamentos y las disposiciones de la Asamblea General de CAHDA;

  • b)

    Definir, aprobar y monitorear la implementación y cumplimiento del Plan Estratégico de la CAHDA, y los planes operativos o de actuación, incluido el relacionamiento con los distintos grupos de interés. c. Definir las metas y los objetivos operativos concretos de la CAHDA, y de los principales ejecutivos y monitorear su desempeño. d. Seleccionar, fijar su remuneración, evaluar anualmente y, cuando proceda, remover al Gerente General y a los principales ejecutivos. e. Convocar por medio del Secretario o la Gerencia a las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General. f. Autorizar el establecimiento y apoderamiento de Capítulos y Comités Técnicos; g. Estudiar y resolver las solicitudes de ingreso y retiro de la CAHDA y fijar la correspondiente cuota de ingreso o reingreso; h. Aprobar con el voto afirmativo de por lo menos el ochenta (80%) de sus miembros, los Reglamentos de funcionamiento de la Cámara, para someterlo a la ratificación de la Asamblea General. i. Reglamentar su propio funcionamiento y el de los Comités Técnicos y Capítulos de la CAHDA. j. Sancionar a las Compañías afiliadas, de conformidad con lo previsto en estos Estatutos. En estos casos se requerirá la ratificación de la sanción en la próxima Asamblea General. k. Adecuar los Ingresos a las necesidades de la Asociación y desarrollar nuevas fuentes de financiación. 1. Preparar el Presupuesto que se someterá a la aprobación de la Asamblea General y monitorear su cumplimiento, así como supervisar los principales ingresos y gastos y la situación financiera de la CAHDA. m. Establecer las políticas generales que deben orientar a la Gerencia, Comités y Capítulos de la CAHDA; n.Aprobar posiciones unitarias de la CAHDA, ante propuestas de terceros. ñ. Autorizar la participación de la CAHDA, como socio de entidades, cuya finalidad social sea la prestación de servicios de interés común, para sus afiliados, así como la participación en Juntas Directivas en dichas Entidades, de algún miembro o del Gerente en representación de la CAHDA; o. Monitorear el proceso de revelación de información y comunicación, asociado a la construcción de la imagen pública de la CAHDA; p. Asegurar la integridad de los sistemas contables de la CAHDA, la calidad de la información financiera, la efectividad de las prácticas de gobierno y la eficiencia de la función de auditoría interna y de los sistemas de control interno y gestión de riesgos.q.Monitorear y gestionar los potenciales conflictos de interés entre la Gerencia y los miembros de la Junta Directiva y/o Comités Técnicos; r. Proponer ante las Autoridades u Organismos Públicos o Privados,la presentación de peticiones o gestiones conducentes a la salvaguarda de los intereses del sector; s. Organizar anualmente su evaluación como órgano y de sus miembros individualmente considerados y presentar los resultados ante la Asamblea General.

Articulo 29.-

El presupuesto ordinario de los gastos de CAHDA, será sufragado proporcionalmente por sus afiliados en la forma que anualmente determine la Asamblea. Cuando se aprueben gastos extraordinarios, la Junta Directiva definirá como se asumirán estos costos. Cuando se aprueben gastos destinados a actividades específicas, la Junta podrá disponer que los mismos sean asumidos total o parcialmente por las compañías afiliadas directamente beneficiadas con dicha actividad.

Articulo 31.-

Corresponde al Secretario: a. Llevar en debida forma el Libro de Actas de las sesiones de la Asamblea General, Asambleas Extraordinarias y de Junta Directiva. b. Comunicar las Resoluciones que se adopten tanto en Asamblea General, Asambleas Extraordinarias, como en Junta Directiva. c. Certificar Puntos de Acta sobre sesiones de Asamblea General, Asambleas Extraordinarias, o de la Junta Directiva; y, d. Cualquier otra labor que le asignen los Estatutos o que le sea encomendada por la Junta Directiva o la Presidencia de la CAHDA.

Articulo 35.-

La CAHDA, tendrá un Gerente electo, elegido por la Junta Directiva, quien será su más alto funcionario administrativo y será el superior jerárquico del personal de la Cámara. Para ser Gerente General, se requiere contar con experiencia administrativa y técnica en la actividad del sector seguros. El Gerente, Funcionarios o Empleados de la CAHDA, no podrán ocupar simultáneamente ningún cargo remunerado, o no, en una Compañía de Seguros, Agencia o Sociedad Corredora de Seguros, o en cualquier otra empresa relacionada directamente con el sector asegurador.

Articulo 37.-

El Gerente desempeñará además de las que le asigne la Asamblea General o la Junta Directiva, las siguientes funciones: a. Hacer lo necesario para que se cumplan los objetivos de la CAHDA, debiendo guardar la imparcialidad necesaria en beneficio de todo el Sector. b. Vigilar la buena marcha de la CAHDA, velando por el estricto cumplimiento de las U D I -D EG T-U N AH Sección B Avisos Legales