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21 de diciembre de 2018Vigente

Acuerdo Ministerial No. 840-2018 — Delegación de Funciones - Representación en Asamblea de Gobernadores de BANHPROVI

Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas

  • Decreto: 840-2018
  • Publicación: 21 de diciembre de 2018
  • Órgano emisor: Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas
  • Gaceta: 34,826

Considerandos

Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.

Que los citados funcionarios les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos competentes a su ramo, de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios de Estado, Secretario General y Directores Generales, el ejercicio de atribuciones específicas.

Que corresponde a los Secretarios de Estado emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y en aquellos que les delegue el Presidente de la República y que la firma de esos actos será autorizado por el Secretario General respectivo.

Que la delegación de funciones se entiende posible siempre y cuando se dirija de manera rauda, económica y eficiente a satisfacer el interés general y que, en definitiva, resulte en una simplificación de los procesos que se llevan a cabo en la Administración Pública.

Que mediante Artículo 13 de la Ley del Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda “BANHPROVI” del año 2014, establece que “a las sesiones de la Asamblea únicamente pueden asistir, con voz y voto, los miembros propietarios de la misma, salvo en caso de ausencia de estos, quienes deben ser sustituidos por quien legalmente corresponda”.

Articulos

Articulo 1.-

DELEGAR en la Ingeniera ROXANA ME- LANI RODRIGUEZ ALVARADO, en su condición de Subsecretaria de Presupuesto y Finanzas, para que pueda asistir con voz y voto a la Asamblea de Gobernadores del Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI) No. AG 02-12/2018, con el objetivo de for- mar parte del órgano conocedor de los temas a desarrollar en la misma y en donde se abordarán aspectos estratégicos que son clave para la toma de decisiones a nivel de la Asamblea.

Articulo 2.-

La delegada es responsable de las funciones encomendadas.

Articulo 3.-

Hacer las Transcripciones de Ley.

Articulo 4.-

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. ROCÍO IZABEL TÁBORA MORALES SECRETARIA DE ESTADO CÉSAR VIRGILIO ALCERRO GÚNERA SECRETARIO GENERAL U D I-D EG T-U N AH SECRETARÍA RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE