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17 de diciembre de 2018Vigente

Acuerdo No. SAR-479-2018 — Aprobación de la Política de Gestión de Riesgo del Servicio de Administración de Rentas

Servicio de Administración de Rentas

  • Decreto: SAR-479-2018
  • Publicación: 17 de diciembre de 2018
  • Órgano emisor: Servicio de Administración de Rentas
  • Gaceta: 34,822

Considerandos

Que de conformidad al Artículo 351 de la Constitución de la República, el Sistema Tributario Nacional se regirá por los principios de legalidad, proporcio- nalidad, generalidad y equidad de acuerdo con la capacidad económica del contribuyente.

Que conforme al Artículo 195 del Decreto Legislativo número 170-2016 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” número 34,224 de fecha 28 de diciembre de 2016, contentivo del Código Tributario, se crea la Administracíón Tributaria como una entidad desconcentrada adscrita a la Presidencia de la República, con autonomía funcional, técnica, administrativa y de seguridad nacional, con personalidad jurídica propia, responsable del control, verificación, fiscalización y recaudación de los tributos, con autoridad y competencia a nivel nacional, denominándose por el Presidente de la República SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS (SAR), mediante Acuerdo Ejecutivo No. 01-2017. U D I-D EG T-U N AH

Que los órganos admínistrativos desarrollarán su actividad sujetándose a la jerarquía normativa establecida en el Artículo 7 de la Ley General de la Administración Pública y con arreglo a las normas de economía, celeridad y eficacia, a fin de lograr una pronta y efectiva satisfacción del interés general.

Que de conformidad con el numeral 1 del Artículo 197 del Decreto precedente, el SERVICIO DE ADMINISTRACION DE RENTAS (SAR), estará a cargo de un(a) Director(a) Ejecutivo(a), con rango Ministerial nombrado por el Presidente de la República, quien será responsable de definir y ejecutar las políticas, estratégicas, planes y programas administrativos, metas y resultados, conforme a las políticas económicas, Fiscales y tributarias del Estado.

Que el Artículo 198 de la supra citada norma establece entre otras atribuciones del Servicio de Administración de Rentas (SAR); 1) ..., 2) Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, a efecto de combatir las infracciones y los delitos tributarios., 12) Aprobar Acuerdos para la aplicación eficiente en materia tributaria de conformidad con el presente Código.

Que el Artículo 199 del Código Tributario establece entre otras atribuciones de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Administración de Rentas (SAR), 1) Ejercer la Representación legal y ad nistración general, dirección y manejo de la institución...” 2) Aprobar las políticas institucionales; 6) Aprobar Acuerdos que contengan las normas internas de la institución...; 12) Preparar planes y programas de gestión administrativa acorde con los lineamientos de la política económica y metas de recaudación anuales acordadas.; y, 13) Las demás funciones que le confieran el presente Código y las leyes aplicables.

Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 001-A-2017 de fecha 02 de enero del 2017 se nombró a la suscrita como Directora Ejecutiva del Servicio de Administración de Rentas (SAR), con rango Ministerial y con facultades para emitir y ejecutar los actos administrativos necesarios y pertinentes para el ejercicio de las funciones.

Que mediante Acuerdo Número SAR- 1220-2017 de fecha 27 de mayo del 2017, se aprobó el Plan Estratégico Institucional (PBI) 2017-2022 del Servicio de Administración de Rentas (SAR), a fin de optimizar la recaudación, disminuyendo el déficit fiscal, haciendo énfasis en el combate a la evasión y elusión fiscal.

Que es necesario establecer el marco legal,para la gestión integral de riesgo tributario que garantice la articulación de las diferentes políticas, estrategias, metodologías planes y acciones que reduzcan la brecha de incumplimiento, teniendo como consecuencia el aumento de la recaudación trihutaria y facilitación del cumplimiento. U D I-D EG T-U N AH Poder Ejecutivo

Articulos

Articulo 1.-

Aprobar la Política de Gestión de Riesgo del Servicio de Administración de Rentas, la que será de estricto cumplimiento.

Articulo 2.-

Créase el Comité de Gestión de Riesgos el cual estará integrado por la Ministra(o) Directora(o), Subdirectora(o), Directora(o) Nacional de Cumplimiento Tributario, Director(a) Regional Centro Sur, Director(a) Regional Noroccidental, Director(a) Regional Nororiental, Director(a) Grandes Contribuyentes Tegucigalpa, Director(a) Grandes Contribuyentes San Pedro Sula, Director(a) Nacional Jurídico, Director(a) Nacional de Gestión Estratégica.

Articulo 3.-

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata. CÚMPLASE Y PÚBLIQUESE. MIRIAM ESTELA GUZMÁN BONILLA Ministra Directora SAR CARMEN ALEJANDRA SUAREZ PACHECO Secretaria General CONSIDERANDO: Que de conformidad con el numeral 1 del Artículo 197 del Decreto precedente, el SERVICIO DE ADMINISTRACION DE RENTAS (SAR), estará a cargo de un(a) Director(a) Ejecutivo(a), con rango Ministerial nombrado por el Presidente de la República, quien será responsable de definir y ejecutar las políticas, estratégicas, planes y programas administrativos, metas y resultados, conforme a las políticas económicas, Fiscales y tributarias del Estado. CONSIDERANDO: Que el Artículo 198 de la supra citada norma establece entre otras atribuciones del Servicio de Administración de Rentas (SAR); 1) ..., 2) Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, a efecto de combatir las infracciones y los delitos tributarios., 12) Aprobar Acuerdos para la aplicación eficiente en materia tributaria de conformidad con el presente Código. CONSIDERANDO: Que el Artículo 199 del Código Tributario establece entre otras atribuciones de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Administración de Rentas (SAR), 1) Ejercer la Representación legal y ad nistración general, dirección y manejo de la institución...” 2) Aprobar las políticas institucionales; 6) Aprobar Acuerdos que contengan las normas internas de la institución...; 12) Preparar planes y programas de gestión administrativa acorde con los lineamientos de la política económica y metas de recaudación anuales acordadas.; y, 13) Las demás funciones que le confieran el presente Código y las leyes aplicables. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 001-A-2017 de fecha 02 de enero del 2017 se nombró a la suscrita como Directora Ejecutiva del Servicio de Administración de Rentas (SAR), con rango Ministerial y con facultades para emitir y ejecutar los actos administrativos necesarios y pertinentes para el ejercicio de las funciones. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Número SAR- 1220-2017 de fecha 27 de mayo del 2017, se aprobó el Plan Estratégico Institucional (PBI) 2017-2022 del Servicio de Administración de Rentas (SAR), a fin de optimizar la recaudación, disminuyendo el déficit fiscal, haciendo énfasis en el combate a la evasión y elusión fiscal. CONSIDERANDO: Que es necesario establecer el marco legal,para la gestión integral de riesgo tributario que garantice la articulación de las diferentes políticas, estrategias, metodologías planes y acciones que reduzcan la brecha de incumplimiento, teniendo como consecuencia el aumento de la recaudación trihutaria y facilitación del cumplimiento. U D I-D EG T-U N AH Poder Ejecutivo