Contrato No. 0378/GLCSI/AMDC/2017 — Estudio y Diseño de Varias Obras para el Mejoramiento del Sistema de Agua Potable del Distrito Central
Alcaldía Municipal del Distrito Central
- Decreto: 0378/GLCSI/AMDC/2017
- Publicación: 6 de noviembre de 2018
- Órgano emisor: Alcaldía Municipal del Distrito Central
- Gaceta: 34,787
Texto completo
CONTRATO No.0378/GLCSI/AMDC/2017.- CÓDIGO 1181, “ESTUDIO Y DISEÑO DE VARIAS OBRAS PARA EL MEJORAMIENTO DE SISTEMA DE AGUA POTABLE DEL DISTRITO CENTRAL” CONCURSO PÚBLICO No.CPuNO-21-AMDC-283-2016, suscrito el uno de Marzo de 2017, entre el Empresario Nasry Juan Asfura Zablah, Alcalde Municipal del Distrito Central, y el señor Roberto Arístides Andino Barahona, en calidad de Gerente General de la Firma Consultora ASOCIACIÓN DE CONSULTORES EN INGENIERÍA, S. DE R.L., que literlmente dice:
“SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN,JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN. CONTRATO No. 0378/GLCSI/AMDC/2017.-CODIGO No. 1181. “ESTUDIO Y DISEÑO DE VARIAS OBRAS PARA EL MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE DEL DISTRITO CENTRAL” CONCURSO PÚBLICO No CPuNO-021-AMDC-283-2016. Este contrato se celebra entre: NASRY JUAN ASFURA ZABLAH, mayor de edad, casado, empresario, hondureño y de este domicilio, con Tarjeta de Identidad número 0801-1958-03886, actuando en mi condición de Alcalde Municipal del Distrito Central, nombramiento que acredito con el Acta Especial de Juramentación número GDFM 001-2014 de fecha veinte de Enero de dos mil catorce (2014), quien para los efectos legales de este contrato se denominará “EL CONTRATANTE” por una parte y Roberto Arístides Andino Barahona, hondureño y de este domicilio, Tarjeta de Identidad número 0801- 1950-00603, solvencia municipal número 03-08801318051, RTN número 08011950006035 en su condición de Gerente General de la firma consultora Asociación de Consultores en Ingeniería, S. de R.L. legalmente constituida en Testimonio de Escritura Pública № 7 de fecha diecisiete de Febrero de años dos mil, inscrita bajo el Número 36, Tomo 278 del Registro de la Propiedad Mercantil de San Pedro Sula, solvencia municipal GRCF-200-2017, RTN número 05019002265663, quien en lo sucesivo y para efectos de este contrato se denominará “EL CONSULTOR” por la otra parte; por cuanto El Contratante desea que El Consultor ejecute por su cuenta y riesgo el contrato “Estudio y diseño de varias obras para el mejoramiento del sistema de agua potable del Distrito Central”.- Concurso público No CPuNO-021- AMDC-283-2016; en adelante denominado “Los Servicios” y El Contratante ha aceptado la oferta para la ejecución y terminación de dichas obras y la subsanación de cualquier defecto de las mismas; en consecuencia este contrato atestigua lo siguiente: 1.- En este contrato las palabras y expresiones utilizadas, tendrán el mismo significado que en las respectivas Condiciones Generales y Especiales del Contrato a las que se hace referencia en adelante y las mismas se consideraran parte de este contrato y se leerán e interpretarán como parte del mismo. 2.- Los siguientes documentos constituyen parte integral del presente contrato, corren adjunto a este y serán leídos e interpretados en forma conjunta con él:
- a)
Las Condiciones Generales del Contrato.
- b)
Las Condiciones Especiales del Contrato.
- c)
Bases del Concurso Público.
- d)
Los Términos de Referencia (Especificaciones Técnicas Generales y Especiales.
- e)
Carta de Presentación de la Propuesta, Propuesta Técnica y Propuesta Económica presentada por EL CONSULTOR en su Oferta.
- f)
La Notificación del Contratante al Consultor, de que se le ha adjudicado el Contrato; y
- g)
Orden de Inicio. h) Garantías. i) Modificaciones al documento base si las hubieren. J) Planos. 3.- El Consultor por este medio se obliga a desarrollar los servicios de consultoría contratados con apego estricto a los documentos componentes del Contrato, de acuerdo con el programa de trabajo aprobado, en un plazo total de diez (10) meses. 4.- El consultor por este medio se obliga a emitir dictamen legal, técnico y financiero de previo a solicitar y aprobar todas las modificaciones y órdenes de cambio que se emitan durante la ejecución del contrato. 5.- El Contratante por este medio se compromete a pagar al Consultor como retribución por la ejecución y terminación de los servicios de consultoría y la subsanación de los defectos el precio del contrato o aquellas sumas que resulten pagaderas bajo las disposiciones del contrato en el plazo y en la forma establecidas en este. 6.- El monto del contrato asciende a la cantidad de Veintiocho Millones Quinientos Sesenta Y Dos Mil Novecientos Veintiocho Lempiras con 24/100 (L.28,562,928.24). EL CONSULTOR se obliga a llevar a cabo todos los trabajos de la consultoría y cumplir con todos los objetivos de la misma con el monto establecido en el presente contrato, sin embargo, para efectos de trabajos adicionales que solicite el Contratante se utilizará los costos unitarios establecidos en la tabla abajo:
En testimonio de lo cual, las partes firmamos el presente Contrato de conformidad con las leyes de la República de Honduras a los un día del mes de marzo del año dos mil diecisiete. (F y S) Nasry Juan Asfura Zablah, Alcalde Municipal, CONTRATANTE y (F y S) Roberto Aristides Andino Barahona, Asociación de Consultores en Ingeniería, S. DE R. L. CONSULTOR”.