Contrato No. CPrNO-04-AMDC-279-2017 — Supervisión de los proyectos con código 1071, 1580, 1647
Alcaldía Municipal del Distrito Central
- Decreto: CPrNO-04-AMDC-279-2017
- Publicación: 6 de noviembre de 2018
- Órgano emisor: Alcaldía Municipal del Distrito Central
- Gaceta: 34,787
Texto completo
General de la empresa Diseño, Construcción y Medio Ambiente, S. de R. L. (DICOMA, S. de R. L.) legalmente constituida, con Escritura Pública No. 191 de fecha veintidós de Junio de dos mil once y extendida por el Abogado y Notario Carlos Alfonso Castro, inscrita en el Registro Mercantil Francisco Morazán con matrícula 2521078, con número 9851, solvencia municipal GRCF-718-2017, quien en lo sucesivo y para efectos de este contrato se denominará
“EL CONTRATISTA” por la otra parte; por cuanto El Contratante desea que El Contratista ejecute por su cuenta y riesgo el contrato “Supervisión de los proyectos con código 1071, 1580, 1647”.- Concurso privado N° CPrNO-04- AMDC-279-2017; en adelante denominado “Los Servicios” y El Contratante ha aceptado la oferta para la ejecución y terminación de dichas obras y la subsanación de cualquier defecto de las mismas;en consecuencia este contrato atestigua lo siguiente: 1.- En este contrato las palabras y expresiones utilizadas, tendrán el mismo significado que en las respectivas Condiciones Generales y Especiales del Contrato a las que se hace referencia en adelante y las mismas se considerarán parte de este contrato y se leerán e interpretarán como parte del mismo. 2.- Los siguientes documentos constituyen parte integral del presente contrato, corren adjunto a este y serán leídos e interpretados en forma conjunta con él:
- a)
Las Condiciones Generales del Contrato (Apéndice A).
- b)
Las Condiciones Especiales del Contrato (Apéndice B)
- c)
Bases del concurso privado.
- d)
Los Términos de Referencia (Apéndice C), Especificaciones Técnicas Generales y Especiales).
- e)
Carta de Presentación de la Propuesta, Propuesta Técnica y Propuesta Económica presentada por EL CONSULTOR en su Oferta.
- f)
Acta de Negociación.
- g)
La Notificación del Contratante al Consultor, de que se le ha adjudicado el Contrato; y
- h)
Orden de Inicio. i) Garantías. j) Modificaciones al documento base si las hubieren. k) Planos. 3.- El Consultor por este medio se obliga a desarrollar los servicios de consultoría contratados con apego estricto a los documentos componentes del Contrato, de acuerdo con el programa de trabajo aprobado, en un plazo total de Doscientos Cuarenta (240) días calendario. 4.- El consultor por este medio se obliga a emitir dictamen legal, técnico y financiero de previo a solicitar y aprobar todas las modificaciones y ordenes de cambio que se emitan durante la ejecución del contrato. 5.- El Contratante por este medio se compromete a pagar al Consultor como retribución por la ejecución y terminación de los servicios de consultoría y la subsanación de los defectos el precio del contrato o aquellas sumas que resulten pagaderas bajo las disposiciones del contrato en el plazo y en la forma establecidas en este. 6.- El monto del contrato asciende a la cantidad de Un Millón Seiscientos Cincuenta Mil Cincuenta Y Tres Lempiras con 01/100 (L.1,650,053.01). EL CONSULTOR se obliga a llevar a cabo todos los trabajos de la consultoría y cumplir con todos los objetivos de la misma con el monto establecido en el presente contrato, sin embargo, para efectos de trabajos adicionales que solicite el Contratante se utilizará los costos unitarios establecidos en la tabla abajo descrita:
En testimonio de lo cual, las partes firmamos el presente Contrato de conformidad con las leyes de la República de Honduras a los tres días del mes de Agosto del año dos mil diecisiete. (F y S) Nasry Juan Asfura Zablah, Alcalde Municipal, CONTRATANTE y (F y S) David Armando Murillo Torres, Diseño, Construcción y Medio Ambiente, S. de R. L. (DICOMA, S. de R.L.), CONSULTOR”.
Leyes relacionadas
- Contrato No. 0990/GLCSI/AMDC/2017 — Supervisión de los Proyectos con Código 1071, 1580, 1647 (Decreto 0990/GLCSI/AMDC/2017, 2018)
- Acuerdo Legislativo — Condiciones Generales del Contrato para Obras de Rehabilitación y Mejora de Calles en el Distrito Central — Este acuerdo establece las condiciones generales para contratos de obras de rehabilitación y mejora de calles en el Distrito Central. Define cómo se pagarán los trabajos realizados, qué eventos dan derecho a compensación adicional, cómo se ajustarán los precios según cambios de costos, multas por retrasos, garantías requeridas y las causas por las que se puede terminar el contrato.
- Decreto Legislativo No. 64-2022 — Aprobación de catorce contratos suscritos por la Municipalidad del Distrito Central — Este decreto aprueba 14 contratos suscritos por la Municipalidad del Distrito Central para obras de infraestructura vial, supervisión de proyectos, mantenimiento y restauración. Los contratos, firmados entre 2019 y 2021, incluyen construcción de pasos a desnivel, rehabilitación de calles, mejora de servicios municipales y supervisión de obras climáticas, con montos que alcanzan millones de lempiras. (Decreto 64-2022, 2022)
- Decreto 78-2022 mediante el cual se crea un fondo de doscientos cuarenta millones ochenta y cuatro mil lempiras exactos (L.240,084,000.00) a favor de los usuarios del servicio de transporte público en la modalidad de bus urbano — El Decreto 78-2022 crea un fondo de 240 millones 84 mil lempiras para subsidiar el transporte público urbano a nivel nacional. Beneficia a los usuarios de autobuses al evitar aumentos de tarifa, pagando 3 lempiras por pasajero transportado (máximo 1,080 lempiras diarios por vehículo) a través de los operadores de transporte.
- Acuerdo Ejecutivo — Aprobación del Contrato No. 0786/GLA/AMDC/2021 - Supervisión de la Rehabilitación y Mejora de Calles en Tegucigalpa y Comayagüela — El gobierno municipal de Tegucigalpa contrata a Técnica de Ingeniería S.A. de C.V. por L. 6,003,283.45 para supervisar la rehabilitación y mejora de calles en la capital durante 210 días. La empresa debe presentar informes periódicos, cumplir con estándares éticos, y recibir pagos mensuales conforme avance el trabajo, pudiendo ser despedida si incumple sus obligaciones.