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23 de agosto de 2018Vigente

Acuerdo Ejecutivo No. 183-2018 — Modificación de nombramiento de Erasmo José Portillo Pinto a Subsecretario de Servicios Educativos

Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización

  • Decreto: 183-2018
  • Publicación: 23 de agosto de 2018
  • Órgano emisor: Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización
  • Gaceta: 34,726

Considerandos

Que mediante Acuerdo No. 107- 2018 de fecha diecinueve (19) de marzo del año dos mil dieciocho (2018), se nombró al ciudadano ERASMO JOSÉ PORTILLO PINTO, en el cargo de Subsecretario de Estado de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación.

Articulos

Articulo 1.-

Modificar el Acuerdo de Nombramiento del ciudadano ERASMO JOSÉ PORTILLO PINTO, quien ostenta el cargo de Subsecretario de Estado en la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, a Subsecretario de Estado en el Despacho de Servicios Educativos adscrito a la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación.

Articulo 2.-

El ciudadano ERASMO JOSÉ PORTILLO PINTO, como Subsecretario de Estado en el Despacho de Servicios Educativos, tendrá las siguientes Responsabilidades:

  • 1)

    Proponer, ejecutar y evaluar las políticas educativas orientadas a mejorar la calidad de los servicios educativos y los resultados alcanzados en la prestación de los mismos, presentándolas al Secretario de Estado para su aprobación;

  • 2)

    Dirigir y proveer los servicios educativos y administrar las normas y procedimientos establecidos;

  • 3)

    Establecer y consolidar compromisos en causados a disminuir los rezagos sociales en los diferentes niveles educativos, por medio del aprovechamiento de los recursos locales y la participación social en proyectos transformadores y productivos, a partir de los servicios educativos en las comunidades;

  • 4)

    Fortalecer los servicios educativos y de infraestructura de los centros educativos, a través de programas y proyectos viables con un espíritu de Servicio y Calidad;

  • 5)

    Coordinar acciones con otros sectores e instituciones tanto nacionales como internacionales, para la mejor gestión y funcionamiento de los servicios educativos; U D I-D EG T-U N AH

  • 6)

    Asegurar al educando la protección y el cuidado nece- sarios para preservar su integridad física, psicológica y social sobre la base del respeto a su dignidad y que la aplicación de la orientación y disciplina escolar sea compatible con su edad;

  • 7)

    Crear conciencia a los educandos sobre los valores morales y prevenir el mal uso de la sexualidad, las conductas delictivas, los enervantes, los elementos tóxicos y todo aquello que nos lleve a menoscabar la dignidad humana, para propiciar las condiciones del desarrollo de una vida física y mentalmente sana;

  • 8)

    Diseñar, desarrollar, ejecutar y evaluar los programas de beneficios e incentivos a los sectores estudiantiles menos favorecidos de la población y a los educandos sobresalientes;

  • 9)

    Aplicar mecanismos de , supervisión para verificar el cumplimiento de la normativa sobre emergencia escolar y actualizar permanentemente los sistemas de seguimiento e información;

  • 10)

    Gestionar, planificar, programar y supervisar los programas sobre diferentes aspectos ambientales, las campañas de vacunación en convenio con la Secretaría de Salud la merienda escolar y otros;

  • 11)

    Coordinar y supervisar la ejecución de programas especiales que impulse y promueva el Secretario de Estado;

  • 12)

    Informar al Secretario de Estado de los asuntos sometidos a su conocimiento;

  • 13)

    Velar por que sus acciones sean compatibles con las de las otras Subsecretarías y coordinar con éstas los asuntos de interés compartido.

  • 14)

    Coordinar y supervisar la actividad de las Direcciones Generales u otras dependencias que les estén adscritas;

  • 15)

    Someter al Secretario de Estado los anteproyectos de iniciativas de Ley o de Decretos, así como los anteproyectos de reglamento y de acuerdo en los asuntos de competencia;

  • 16)

    Hacer estudios sobre la organización de las unidades administrativas de su dependencia y proponer las medidas de racionalización que procedan;

  • 17)

    Resolver los asuntos que le delegue el Secretario de Estado;

  • 18)

    Las demás previstas en las leyes y las demás previstas en las leyes y el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo;

  • 19)

    Realizar otras funciones asignadas por el Secretario de Estado. La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República.