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23 de agosto de 2018Vigente

Acuerdo Ejecutivo No. 181-2018 — Modificación de nombramiento de Luis Javier Menocal Funes a Subsecretario de Participación Ciudadana e Inclusión Social Educativas

Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización

  • Decreto: 181-2018
  • Publicación: 23 de agosto de 2018
  • Órgano emisor: Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización
  • Gaceta: 34,726

Considerandos

Que mediante Acuerdo No. 42-2018 de fecha treinta y uno (31) de enero del año dos mil dieciocho (2018), se nombró al ciudadano LUIS JAVIER MENOCAL FUNES, en el cargo de Subsecretario de Estado de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación.

Articulos

Articulo 1.-

Modificar el Acuerdo de Nombramiento del ciudadano LUIS JAVIER MENOCAL FUNES, quien ostenta el cargo de Subsecretario de Estado en la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, a Subsecretario de Estado en el Despacho de Participación Ciudadana e Inclusión Social Educativas, adscrito a la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación.

Articulo 2.-

El ciudadano LUIS JAVIER MENOCAL FUNES, como Subsecretario de Estado en el Despacho de Participación Ciudadana e Inclusión Social Educativas, tendrá las siguientes Responsabilidades:

  • 1)

    Proponer, ejecutar y evaluar las políticas de participación ciudadana e inclusión social educativas, orientadas a mejorar los resultados alcanzados en la prestación de los mismos, presentándolas al Secretario de Estado para su aprobación;

  • 2)

    Definir y poner en marcha la estrategia de participación ciudadana e inclusión social educativas conforme la política aprobada, para delimitar con claridad roles y responsabilidades de cada uno de los actores y asegurar las condiciones y los mecanismos para hacer efectiva dicha participación;

  • 3)

    Desarrollar lineamientos para que la comunidad educativa a prenda en forma general sobre currículo y pedagogía (el qué, y el cómo se enseña, el qué y cómo se a pr en de) y apoye y promueva el aprendizaje a lo largo de toda la vida y el impulso de las TICS, como principio organizador de los sistemas educativos en la sociedad del siglo XXI;

  • 4)

    Establecer las estrategias y los lineamientos para que la participación ciudadana e inclusión social educativas, se conviertan en un instrumento de desarrollo, empoderamiento y equidad social, que sea significativa y auténtica, involucrando a todos los actores, diferenciando, pero sincronizando sus roles, U D I-D EG T-U N AH y se dé en los diversos ámbitos y dimensiones de lo educativo, desde el aula de clase hasta la política educativa, en los aspectos administrativos y también en los relacionados con la enseñanza y el aprendizaje, a nivel local así como a nivel nacional;

  • 5)

    Coordinar con las autoridades competentes de las comunidades, el diseño e implementación de herramientas y mecanismos eficientes para el apoyo a las actividades que deben efectuarse a través de la participación ciudadana e inclusión social educativas;

  • 6)

    Desarrollar los lineamientos para promover y apoyar la participación de los padres de familia, de las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) y de las Organizaciones No Gubernamentales (ONGS), en el ámbito nacional e internacional;

  • 7)

    Desarrollar los mecanismos para el fortalecimiento y la participación ciudadana e inclusión social educativas como elementos fundamentales de democratización, modernización y gobernabilidad, así como de mayor eficacia y sustentabilidad en la ejecución de las políticas y los proyectos de desarrollo de las comunidades;

  • 8)

    Desarrollar estrategias para la consolidación de la organización y ejecución de los COMDES en forma coordinada con la comunidad educativa de cada municipio del país;

  • 9)

    Definir con los Consejos Regionales de Desarrollo, la organización y consolidación de las Mesas Educativas de cada región para un trabajo conjunto con los COMDES, en la ejecución de los programas y proyectos a ejecutarse en materia de participación ciudadana e inclusión social educativas;

  • 10)

    Establecer mecanismos para articular y construir la interlocución, el acercamiento y la cooperación entre las Mesas Educativas Regionales, los COMDES, aceptando que el apoyo crítico, la responsabilidad, la transparencia y la rendición de cuentas deben aplicarse simétricamente, de ambos lados;

  • 11)

    Promover a nivel de los COMDES y las Mesas Educativas Regionales proyectos cívicos (celebración del día de la independencia, danzas folclóricas y otros) a desarrollarse en las comunidades;

  • 12)

    Coordinar y supervisar la ejecución de programas especiales que impulse y promueva el Secretario de Estado;

  • 13)

    Informar al Secretario de Estado de los asuntos sometidos a su conocimiento;

  • 14)

    Velar por que sus acciones sean compatibles con las de las otras Subsecretarías y coordinar con éstas los asuntos de interés compartido;

  • 15)

    Coordinar y supervisar la actividad de las Direcciones Generales u otras dependencias que les estén adscritas;

  • 16)

    Someter al Secretario de Estado los anteproyectos de iniciativas de ley o de decretos, así como los anteproyectos de reglamento y de acuerdo en los asuntos de competencia;

  • 17)

    Hacer estudios sobre la organización de las unidades administrativas de su dependencia y proponer las medidas de racionalización que procedan;

  • 18)

    Resolver los asuntos que le delegue el Secretario de Estado; U D I-D EG T-U N AH

  • 19)

    Las demás previstas en las leyes y el Reglamento de Organización, Funcionamiento y competencias del Poder Ejecutivo;

  • 20)

    Realizar otras funciones asignadas por el Secretario de Estado. La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República.

Articulo 3.-

El presente Acuerdo es efectivo a partir de su fecha y debe publicarse en “La Gaceta”, el Diario Oficial de la República. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los cuatro días (04) del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018). RICARDO LEONEL CARDONA LÓPEZ EL SECRETARIO PRIVADO Y JEFE DE GABINETE PRESIDENCIAL, CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN