Acuerdo Ejecutivo — Concesión de Personalidad Jurídica a ASOCIACIÓN HONDUREÑA DE PROYECTOS Y DESARROLLO SOCIAL (ASOHPRODES)
Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización
- Publicación: 18 de mayo de 2018
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización
- Gaceta: 34,643
Considerandos
Conceder Personalidad Jurídica a la Organización No Gubernamental de Desarrollo (ONGD) ASOCIACIÓN HONDUREÑA DE PROYECTOS Y DESARROLLO SOCIAL (ASOHPRODES), domicilio en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, con duración indefinida y con los objetivos siguientes: Crear un sistema de soluciones de construcción de vivienda, infraestructuras públicas y privadas, destinadas a solventar el déficit habitacional en Honduras y con apoyo de otra organizaciones financieras internacionales, coadyuvar a las comunidades a desarrollar proyectos en vías públicas,carreteras,caminos, sendas, veredas.- En el campo educativo construir escuelas, colegios, mejorar instituciones educativas.- Mejorar canchas deportivas, ayudar a los habitantes de zonas marginales a la construcción de alcantarillados, sistemas de agua potable, mejorar los sistemas de distribución de aguas ya existentes, realizar investigaciones sobre zonas de riesgo y presentar soluciones para que el gobierno otras organizaciones puedan prevenir derrumbes y desastres sobre todo en zonas urbanas, ayudando especialmente a los niños madres de familia, a evitar contaminaciones y enfermedades.
La Organización No Gubernamental de Desarrollo (ONGD) denominada ASOCIACION HONDUREÑA DE PROYECTOS Y DESARROLLO SOCIAL (ASOHPRODES), se regirá por sus estatutos, contenidos en el Acta de constitución aprobados por los fundadores.
La Organización No Gubernamental de Desarrollo (ONGD) denominada ASOCIACIÓN denominada ASOCIACIÓN HONDUREÑA DE PROYECTOS Y DESARROLLO SOCIAL (ASOHPRODES), está obligada a solicitar ante los entes estatales competentes, los permisos o licencias necesarios para el cumplimiento de sus objetivos.
La Organización No Gubernamental de Desarrollo (ONGD) denominada ASOCIACIÓN HONDUREÑA DE PROYECTOS Y DESARROLLO SOCIAL (ASOHPRODES), queda sujeta al cumplimiento de las obligaciones emanadas de la Ley Especial de Fomento para las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) y su Reglamento.
Las reformas o modificaciones de los Estatutos de organización se someterán al mismo procedimiento de su aprobación, y serán registradas en la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización.
La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad.
Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) para que proceda a la inscripción de la organización en el registro correspondiente.
La legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario.- NOTIFÍQUESE. CLARISA EVELIN MORALES REYES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los dieciséis días del mes de abril del dos mil dieciocho. WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES SECRETARIO GENERAL 18 M. 2018. U D I-D EG T-U N AH JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A.
Articulos
Conceder Personalidad Jurídica a la Organización No Gubernamental de Desarrollo (ONGD) ASOCIACIÓN HONDUREÑA DE PROYECTOS Y DESARROLLO SOCIAL (ASOHPRODES), domicilio en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, con duración indefinida y con los objetivos siguientes: Crear un sistema de soluciones de construcción de vivienda, infraestructuras públicas y privadas, destinadas a solventar el déficit habitacional en Honduras y con apoyo de otra organizaciones financieras internacionales, coadyuvar a las comunidades a desarrollar proyectos en vías públicas,carreteras,caminos, sendas, veredas.- En el campo educativo construir escuelas, colegios, mejorar instituciones educativas.- Mejorar canchas deportivas, ayudar a los habitantes de zonas marginales a la construcción de alcantarillados, sistemas de agua potable, mejorar los sistemas de distribución de aguas ya existentes, realizar investigaciones sobre zonas de riesgo y presentar soluciones para que el gobierno otras organizaciones puedan prevenir derrumbes y desastres sobre todo en zonas urbanas, ayudando especialmente a los niños madres de familia, a evitar contaminaciones y enfermedades.
La Organización No Gubernamental de Desarrollo (ONGD) denominada ASOCIACION HONDUREÑA DE PROYECTOS Y DESARROLLO SOCIAL (ASOHPRODES), se regirá por sus estatutos, contenidos en el Acta de constitución aprobados por los fundadores.
La Organización No Gubernamental de Desarrollo (ONGD) denominada ASOCIACIÓN denominada ASOCIACIÓN HONDUREÑA DE PROYECTOS Y DESARROLLO SOCIAL (ASOHPRODES), está obligada a solicitar ante los entes estatales competentes, los permisos o licencias necesarios para el cumplimiento de sus objetivos.
La Organización No Gubernamental de Desarrollo (ONGD) denominada ASOCIACIÓN HONDUREÑA DE PROYECTOS Y DESARROLLO SOCIAL (ASOHPRODES), queda sujeta al cumplimiento de las obligaciones emanadas de la Ley Especial de Fomento para las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) y su Reglamento.
Las reformas o modificaciones de los Estatutos de organización se someterán al mismo procedimiento de su aprobación, y serán registradas en la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización.
La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad.
Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) para que proceda a la inscripción de la organización en el registro correspondiente.
La legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario.- NOTIFÍQUESE. CLARISA EVELIN MORALES REYES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los dieciséis días del mes de abril del dos mil dieciocho. WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES SECRETARIO GENERAL 18 M. 2018. U D I-D EG T-U N AH JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A.