Resolución No. 69-2/2018 — Ampliación de plazo para entrada en vigencia del Acuerdo 01/2018 y Resolución 20-1/2018 sobre Mercado Organizado de Divisas
Directorio del Banco Central de Honduras
- Decreto: 69-2/2018
- Publicación: 26 de febrero de 2018
- Órgano emisor: Directorio del Banco Central de Honduras
- Gaceta: 34,578
Considerandos
Que según lo dispuesto en la Constitución de la República y en la Ley del Banco Central de Honduras, corresponde a esta Institución formular, desarrollar y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaría del país.
Que mediante el Acuerdo No.01/2018 y la Resolución No.20-1/2018, ambos del 24 de enero de 2018, se aprobaron el Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas y la Normativa Complementaria al precitado Reglamento, respectivamente, estableciéndose que los mismos entrarían en vigencia a partir del 19 de febrero de 2018.
Que por medio de nota del 16 de febrero de 2018, la Asociación Hondureña de Instituciones Bancarias (AHIBA) solicitó a esta Institución la extensión al 5 de marzo de 2018 del plazo para la implementación de dichas normativas, con el propósito de que los bancos del sistema financiero nacional puedan parametrizar sus sistemas de cómputo de acuerdo con las nuevas normas.
Que la Gerencia, mediante el memorándum GER-04/2018 del 16 de febrero de 2018, con base en la opinión de la Subgerencia Técnica y del Departamento Internacional, contenida en el memorándum INTL-460/2018 del 16 de febrero de 2018, ha recomendado a este Directorio ampliar hasta el 5 de marzo de 2018 la entrada en vigencia del Acuerdo No.01/2018 y de la Resolución No.20-1/2018.
Texto completo
CONSIDERANDO: Que según lo dispuesto en la Constitución de la República y en la Ley del Banco Central de Honduras, corresponde a esta Institución formular, desarrollar y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaría del país. CONSIDERANDO: Que mediante el Acuerdo No.01/2018 y la Resolución No.20-1/2018, ambos del 24 de enero de 2018, se aprobaron el Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas y la Normativa Complementaria al precitado Reglamento, respectivamente, estableciéndose que los mismos entrarían en vigencia a partir del 19 de febrero de 2018. CONSIDERANDO: Que por medio de nota del 16 de febrero de 2018, la Asociación Hondureña de Instituciones Bancarias (AHIBA) solicitó a esta Institución la extensión al 5 de marzo de 2018 del plazo para la implementación de dichas normativas, con el propósito de que los bancos del sistema financiero nacional puedan parametrizar sus sistemas de cómputo de acuerdo con las nuevas normas. CONSIDERANDO: Que la Gerencia, mediante el memorándum GER-04/2018 del 16 de febrero de 2018, con base en la opinión de la Subgerencia Técnica y del Departamento Internacional, contenida en el memorándum INTL-460/2018 del 16 de febrero de 2018, ha recomendado a este Directorio ampliar hasta el 5 de marzo de 2018 la entrada en vigencia del Acuerdo No.01/2018 y de la Resolución No.20-1/2018. POR TANTO: Con fundamento en los artículos 80 de la Constitución de la República y 2, 6, 16, 29 y 32 de la Ley del Banco Central de Honduras, RESUELVE:
- I)
Reformar el romano IV. del Acuerdo No.01/2018, contentivo del Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas, el cual se leerá de la siguiente manera: “IV. El presente acuerdo entrará en vigencia a partir del 5 de marzo de 2018 y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta”.
- II)
Reformar el romano IV. de la Resolución No.20- 1/2018, contentiva de la Normativa Complementaria al Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas, el cual se leerá de la siguiente manera: “IV. La presente resolución entrará en vigencia a partir del 5 de marzo de 2018 y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta”.
- III)
Instruir a la Secretaría del Directorio para que comunique esta resolución a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, a los agentes cambiarios, a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y a la Asociación Hondureña de Instituciones Bancarias (AHIBA) para los fines pertinentes.
- IV)
La presente resolución es de ejecución inmediata y deberá ser publicada en el Diario Oficial La Gaceta. HUGO DANIEL HERRERA C. Secretario 26 F. 2018.
AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA REPÚBLICA DE HONDURAS SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN-01-2018 “Contratación de Servicios de Vigilancia para el SENASA" (Servicios para el Periodo Fiscal 2018)
- 1)
EL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INO- CUIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), invita a las empresas legalmente habilitadas, interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional LPN-01- 2018, a presentar ofertas selladas, para la “Contratación de Servicios de Vigilancia para el SENASA” (Servicios para el Periodo Fiscal 2018).
- 2)
El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos del SENASA y se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional, establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
- 3)
Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación en las oficinas del edificio SENASA, Tegucigalpa, tercer piso Departamento Administrativo, mediante solicitud escrita, dirigida al Ing. Ricardo Paz Mejía, Director General del SENASA, a partir del día 22 febrero de 2018 hasta el día 23 de marzo de 2018, en horario de 9:00 A.M. a 4:00 P.M., por lo que deberán presentar un dispositivo USB así como la cancelación de Quinientos Lempiras exactos (L.500.00), estos documentos también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Honducompras”(www. honducompras.gob.hn).
- 4)
Las ofertas deberán presentarse para recepción y aper- tura en la dirección indicada al final de este llamado, el día 02 de abril de 2018, a las 2:00 P.M, acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un valor no menor del dos por ciento (2%) del monto ofertado, dichas ofertas se abrirán en presencia de los oferentes o de sus representantes legalmente habilitados.
- 5)
La dirección antes referida es: Salón de Sesiones de la Dirección General, ubicada en el 3er. piso del Edificio SENASA, Loma Linda Sur, frente a la SAG, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras C.A., teléfonos 2232- 6213 / 22358425. Tegucigalpa, M.D.C., 20 de febrero de 2018. ING. RICARDO PAZ MEJÍA Director General SENASA 26 F. 2018. AVISO DE PRECALIFICACIÓN REPÚBLICA DE HONDURAS SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) PRECALIFICACIÓN PRECA-01-2018 “Precalificación de Empresas Constructoras/ Consultores Individuales para el Diseño y Desarrollo de Obras del SENASA” 1.-
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