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26 de junio de 2019Vigente

Acuerdo No. 091-2018 — Programa de Acompañamiento y Gestión de Autorizaciones Sanitarias

Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA)

  • Decreto: 091-2018
  • Publicación: 26 de junio de 2019
  • Órgano emisor: Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA)
  • Gaceta: 34,980

Considerandos

Que la Constitución de la República en su Artículo 145) establece que: “Se reconoce el derecho a la protección de la Salud” … De igual manera, la misma carta magna en su artículo 146) instaura que: “Corresponde al Estado por medio de sus dependencias y de los organismos constituidos de conformidad con la Ley, la regulación, supervisión y control de los productos alimenticios,químicos, farmacéuticos y biológicos”.

Que la ley de Simplificación Adminis- trativa en su artículo 1) establece que: “Su objeto general es establecer las bases para simplificar y racionalizar los procedimientos administrativos a fin de garantizar que todos los órganos del Estado actúen con apego a las normas de economía, celeridad, eficacia y espíritu de servicio, logrando la pronta y efectiva satisfacción de los interesados”.

Que el cuerpo legal antes mencionado en su artículo 3) instituye que: “Todo órgano del Estado tiene la obligación de realizar, permanentemente, diagnósticos y análisis sobre los diferentes trámites y procedimientos administrativos que deban seguirse en sus dependencias, a fin de diseñar medidas de simplificación las cuales deberán ser adoptadas de acuerdo a los objetivos de la Ley de Simplificación Administrativa.

Que mediante PCM-032-2017, se crea la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA), y dentro de sus atribuciones están: “Elaborar, actualizar el marco normativo que regule los establecimientos, servicios y productos de interés sanitario”;así como también,es atribución“Establecer mecanismos para garantizar la calidad de los servicios y de los productos en el mercado que puedan repercutir sobre la salud de la población”; de igual forma, “Es competencia de U D I-D EG T-U N AH ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 la ARSA, diseñar y proponer estrategias para ejecutar las políticas, planes y proyectos en el marco de sus funciones”.

Que la Agencia de Regulación Sanitaria, es el ente garante del estricto cumplimiento de la normativa, cuyo fin primordial es la protección de la salud en el ámbito de la regulación sanitaria de los establecimientos y productos de interés sanitario de la población hondureña, en lo que referente a las autorizaciones de tipo sanitario de una forma eficiente, procurando en todo momento hacerse valer de los mecanismos permitidos por la normativa técnico-legal vigente, así como de la simplificación de procedimientos, poniendo a disposición de las partes interesadas, sus servicios en lo referente al fomento, orientación y capacitación de su personal técnico-legal, procurando en todo momento que estos procedimientos sean culminados de manera eficaz y precisa.

Que el desempeño de la función de regulación y la garantía de su cumplimiento, es un campo de acción muy específico, caracterizado por un elevado nivel de complejidad y diversidad tanto técnica como científica que requiere contar con una institucionalidad especializada que mejore la gestión de la regulación, fiscalización, control y vigilancia sanitaria, por lo que, a fin de responder eficientemente a las exigencias anteriormente planteadas es necesario el diseño y puesta en marcha de un nuevo modelo de organización y administración. Razón por la cual, el Pleno de Comisionados de la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA), en Sesión Ordinaria de fecha dieciocho de mayo del presente año, mediante Acta No. SE-003-2018, de fecha quince de junio del presente año, en Punto Único aprueban: EL PROYECTO PILOTO DE INSPECCIÓN, CAPACITACIÓN Y GESTIÓN DE AUTORIZACIONES SANITARIAS; y en vista que dicho proyecto generó resultados satisfactorios en la resolución de un alto volumen de solicitudes de autorizaciones sanitarias de productos de interés sanitario, por lo que, el Pleno de Comisionados mediante Sesión Extraordinaria No.SE-006-2018, de fecha 13 de noviembre del año dos mil dieciocho acuerdan por unanimidad de votos modificar la RESOLUCIÓN NÚMERO ARSA-0618-0736, contentiva al PROYECTO PILOTO DE INSPECCIÓN, CAPACITACIÓN Y GESTIÓN DE AUTORIZACIONES SANITARIAS.

Articulos

Articulo 1.-

Que el Pleno de Comisionados tomando en consideración los excelentes resultados de atención que brindó EL PROYECTO PILOTO DE INSPECCIÓN, CAPACITACIÓN Y GESTIÓN DE AUTORIZACIONES SANITARIAS, decidió mediante Acta No.SE-006-2018, de fecha 13 de noviembre, en Punto Único aprobar y crear el “PROGRAMA DE ACOMPAÑAMIENTO Y GESTIÓN DE AUTORIZACIONES SANITARIAS”, el cual está diseñado para acompañar el proceso de solicitudes de autorizaciones sanitarias de establecimientos (supermercados, tiendas de conveniencia, establecimientos de franquicias, entre otros) y productos de interés sanitario en el domicilio de la empresa interesada, previa presentación de la solicitud correspondiente, con el fin de hacer más expedito el proceso de gestión de Licencias Sanitarias, Registros Sanitarios, Renovaciones, Modificaciones y otras autorizaciones sanitarias.

Articulo 2.-

A efecto de poder cumplir con las necesidades y requerimientos de dicho programa, se establecen las CUOTAS DE RECUPERACIÓN POR SERVICIOS PRESTADOS de la siguiente forma:

Articulo 3.-

En caso que los establecimientos antes mencionados cuenten con servicios de panadería, cafeterías, tortillerías y otros servicios afines, estos deberán pagar por licenciamiento separado de los ya antes mencionados y la cuota de recuperación por servicios prestados serán los siguientes: U D I-D EG T-U N AH Sección A Acuerdos y Leye 0

Articulo 4.-

En caso de Modificación, el plazo de resolución y el costo por servicios prestados para Licencias Sanitarias nuevas y renovaciones para Fábricas, Bodegas, Supermercados y otros establecimientos afines será el siguiente:

Articulo 5.-

La cuota de recuperación por servicios prestados y el plazo de resolución de solicitudes de Registros Sanitarios Nuevos, Renovación e Inscripciones Sanitarias, Modificación y Agotamientos de Etiqueta, de alimentos y bebidas será de: U D I-D EG T-U N AH Sección A Acuerdos y Leye 0

Articulo 6.-

Las empresas que presenten solicitudes en el marco del “PROGRAMA DE ACOMPAÑAMIENTO Y GESTIÓN DE AUTORIZACIONES SANITARIAS”, deberán contar como mínimo con cincuenta (50) expedientes por cada solicitud, de igual manera, los mismos serán resueltos bajo el procedimiento que para tal efecto establezca la ARSA.

Articulo 7.-

Para la nueva solicitud y renovación de Licencia Sanitaria para Transporte de Alimentos y Bebidas tipo furgón, camión y pick-up, la cuota de recuperación por servicios prestados y el plazo de resolución será de:

Articulo 8.-

En caso de Modificación de Licencia Sanitaria para Transporte de Alimentos y Bebidas tipo furgón, camión y Pick- up, el plazo de resolución y el costo por servicios prestados será de: U D I-D EG T-U N AH Sección A Acuerdos y Leye 0

Articulo 9.-

Los numerales SÉPTIMO y OCTAVO de la presente Resolución son aplicables también para los trámites de Licencia Sanitaria de transporte de Alimentos y Bebidas, que se puedan realizar en línea en la plataforma electrónica de la Agencia.

Articulo 10.-

La cuota de recuperación por servicios prestados y el plazo de resolución para solicitud de registro sanitario nuevo, renovación y modificación de los productos Cosméticos e Higiénicos a domicilio enmarcado bajo la presente Resolución será

Articulo 11.-

La cuota de recuperación por servicios prestados y el plazo de resolución para solicitud de registro nuevo y renovación de los productos Cosméticos e Higiénicos que se puedan realizar en línea en la plataforma electrónica de la Agencia, será de: U D I-D EG T-U N AH Sección A Acuerdos y Leye 0

Articulo 12.-

La cuota de recuperación por servicios prestados y el plazo de resolución para solicitudes de mo- di ficación de registro sanitario de los productos Cosméticos e Higiénicos que se puedan realizar en línea en la plataforma electrónica de la Agencia, será de:

Articulo 13.-

Los días hábiles comenzarán a correr una vez que presente la solicitud y que la misma contenga todos los requisitos técnicos/legales correspondientes, los cuales deberán ser conforme a lo solicitado. Dado en la ciudad de Comayagüela, municipio del Distrito Central, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho. PUBLÍQUESE. - ________________________________ DR. FRANCIS RAFAEL CONTRERAS COMISIONADO PRESIDENTE _____________________________ ABOG. DILCIA ANABEL MEDINA SECRETARIA GENERAL U D I-D EG T-U N AH Sección A Acuerdos y Leye 0 (E.N.A.G.) Tel. Recepción 2230-6767. Colonia Miraflores Sur, Tels.: 2230-1120, 2230-1391, 2230-25-58 y 2230-3026 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.la gaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gaceta digital hn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea.