Certificación No. 586-2021 — Licencia de Distribuidor No Exclusivo otorgada a Farmacéutica Internacional, S.A. de C.V. como distribuidor de Bayer, Sociedad Anónima
Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico
- Decreto: 586-2021
- Publicación: 10 de septiembre de 2021
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico
- Gaceta: 35,714
Texto completo
SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. CERTIFICA: La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO, otorgada mediante Resolución Número 586-2021 de fecha 26 de agosto del año 2021, otorgada mediante Contrato de Distribución No Exclusivo, que LITERALMENTE DICE: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras extiende la presente Licencia a la Sociedad Mercantil FARMACEUTICA INTERNACIONAL, S.A. DE C.V., como DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO de la Empresa Concedente BAYER, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad panameña; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLlCA DE HONDURAS; POR TIEMPO DEFINIDO hasta el 01 de abril del año 2024; F. Y S. KAL TON HAROLD BRUHL JIMENEZ, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, Por Ley Acuerdo No. 155-2021. DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO, Secretaria General. Esta certificación no surtirá efecto legal alguno, si la misma no es publicada en el Diario Oficial La Gaceta y registrada en la Dirección General de Sectores Productivos de esta Secretaría de Estado. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, veintiséis de agosto del año dos mil veintiuno. DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO Secretaria General 10 S. 2021. _____ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecisiete (17) de mayo del año dos mil veintiuno (2021), compareció a este Juzgado Abogado DAMIAN GILBERTO PINEDA REYES, incoando demanda en materia ordinaria con orden de ingreso número 0801- 2021-00282 para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular.- que se declare su ilegalidad y nulidad por infracción de ley y quebrantamiento de formalidades esenciales.- que se reconozca una situación jurídica individualizada.- que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento.- petición.- se acompañan documentos.- En relación al acto impugnado consistente en al resolución No. SE-019-2020 de fecha diecinueve (19) de octubre del año dos mil veinte (2020).- ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 10 S. 2021. ____
Alcaldía Municipal del Distrito Central Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C. A. “Suministro de luces led para decoración navideña” No. LPuNBS-13-AMDC-71-2021 1. La