Certificación No. 2022-7528 — Registro de Marca de Fábrica - ROSA
Registro de la Propiedad Industrial
- Decreto: 2022-7528
- Publicación: 17 de agosto de 2023
- Órgano emisor: Registro de la Propiedad Industrial
- Gaceta: 36,310
- Categoria: Mercantil
Texto completo
Número de Solicitud: 2022-7528 Fecha de presentación: 2022-12-13 Fecha de emisión: 24 de julio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
- A)
TITULAR Solicitante: COMERCIAL LA ROSA S. DE R.L. Domicilio: BARRIO CONCEPCIÓN, 5TA. AVENIDA, 5TA. CALLE DE COMAYAGÜELA, Honduras.
- B)
PRIORIDAD:
- C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta
- D)
APODERADO LEGAL MARLON ALEXIS RAMOS
- E)
CLASE INTERNACIONAL (18)
- F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ROSA
- G)
- H)
Reservas/Limitaciones: No se protege la frase “LA REINA DEL PARAGUAS” presente en la etiqueta.
- I)
Reivindicaciones:
- J)
Para Distinguir y Proteger: PARAGUAS Y SOMBRILLAS de la clase 18 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley, correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 17 A., 1 y 19 S. 2023
PODER JUDICIAL HONDURAS JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS A V I S O: El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha dieciséis de junio del año dos mil veintitrés la Abogada Rosi Carolina Argueta Manzanares.- Interpone demanda con número de Correlativo 0501-2023-00084.- LAO y número asignado por el Juzgado 87-2023-S.P.S. Contra el Estado de Honduras representado legalmente por el Procurador General de la República,Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, por actos de la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, demanda en materia personal, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación N° SETRASS-281-2023 de fecha siete de junio del año dos mil veintitrés (2023), emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, reconocimiento de una situación jurídica individualizada reintegro al trabajo en igual o mejores condiciones a las que tenía al momento del despido. Más las nuevas que existan al momento del reintegro. - Pago de vacaciones, décimo tercer mes, décimo cuarto mes y demás beneficios colaterales salarios caídos. San Pedro Sula, Cortés, ocho de agosto del año dos mil veintitrés. Licenciado: Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 17 A. 2023 ______________ PODER JUDICIAL HONDURAS JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha dieciséis de junio del año dos mil veintitrés,el señor Dany Alberto García Alvarado, en su condición personal, interpuso demanda contra el Estado de Honduras por actos de la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social; misma que se encuentra registrada bajo el número No. 88-2023, con correlativo No. 0501-2023-00088-LAP, en este despacho; dicha demanda en materia personal y tiene como finalidad que se declare la nulidad de un acto administrativo consistente en el Acuerdo de Cancelación, No. SETRASS-282-2023, en fecha siete de junio del año 2023, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social; asimismo solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada, reintegro al trabajo en iguales o mejores condiciones a las que tenía al momento del despido, más las nuevas que existieran al momento del reintegro, pago de vacaciones, décimo tercer mes, décimo cuarto mes y demás beneficios colaterales y salarios caídos y se condene en costas. San Pedro Sula, Cortés, 08 de Agosto del año 2023. Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 17 A. 2023 ______________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A