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3 de junio de 2024Vigente

Acuerdo No. 073-2024 — Establecimiento de monto para permiso de operación de Oficina de Atención al Cliente ENEE

Municipalidad de Danlí

  • Decreto: 073-2024
  • Publicación: 3 de junio de 2024
  • Órgano emisor: Municipalidad de Danlí
  • Gaceta: 36,550

Considerandos

Que en la medida que se presten otros servicios a la comunidad no especificados en el Plan de Arbitrios aprobado, las respectivas tasas se regularán mediante Acuerdos Municipales, los que formarán parte adicional del correspondiente Plan de Arbitrios; al tenor de lo prescrito en el artículo 149 del Reglamento General de la Ley de Municipalidades en vigor-Consecuentemente la Corporación Municipal, en el uso de las facultades que la Ley le confiere, ACUERDA, lo siguiente: PRIMERO: Tener por bien hecho el OFICIO No. 023-2024-CTM.DANLÍ librado con fecha 05 de marzo de 2024, por la Jefe de Control Tributario, Tec. Social, Reina Elizabeth Valerio. - SEGUNDO: Establecer como monto a pagar por el otorgamiento del Permiso de Operación, para la apertura y funcionamiento de la Oficina de Atención al Cliente de la denominada Unidad Técnica de Control de la Red de Distribución y Flujo Financiero, emitido a favor de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica, (ENEE), la cantidad de VEINTE MIL LEMPIRAS, (L. 20,000.00) y que servirá a su vez como cuantía para otros permisos que el rubro de atención al cliente, soliciten otras dependencias del Estado. TERCERO: Mandar a incorporar como parte adicional al Plan de Arbitrios vigente, el monto antes indicado. CUARTO: Firme que sea la presente resolución, certificar la a la Jefatura de Control Tributario para su estricto cumplimiento. El presente Acuerdo, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publica en un medio de circulación de mayor difusión en el término municipal, conforme a lo prescrito en los artículos 36 y 65 numeral uno de la Ley de Municipalidades, en relación con el artículo 13 de su Reglamento. - PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Extendida en la ciudad de Danlí, departamento de El Paraíso, a los trece días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro. Sr. Abraham Kafatí Díaz Alcalde Municipal Abg. Daniel Humberto Méndez Sevilla Secretario Municipal La G . 36,550 Sección “B” PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O

Texto completo

ACUERDO No. 073-2024 El suscrito, Secretario Municipal de Danlí, departamento de El Paraíso, en uso de las facultades que la Ley le confiere y en cumplimiento a lo resuelto por la Corporación Municipal, dentro del ACTA No. 05 de la Sesión Ordinaria, celebrada por la Corporación Municipal el día martes cinco (05) de marzo del año dos mil veinticuatro (2024), al público en general y específicamente a los vecinos y transeúntes del término municipal de Danlí, departamento de El Paraíso y para los efectos de ley, por este medio COMUNICA, lo resuelto en dicha sesión en torno al preámbulo y a la parte dispositiva de la Resolución contenida en el ACUERDO N. 073-2024: Atinente al Oficio N. 023-2024-CTM-DANLI, en base a la opinión Legal N. 04-01-2024, emitida en la certificación de punto de Acta N. 01 de sesión ordinaria de fecha 09 de enero del corriente año sobre la autorización para el funcionamiento de la Oficina de Atención al Cliente de la Unidad Técnica de Control de la Red de Distribución y Flujo Financiero de la ENEE, presentada por la representante legal de dicha unidad Abogada Jessika Pamela Caballero Carbajal, solicitando el aviso de cobro para el pago del permiso de operación, del cual informo a ustedes que en el Plan de Arbitrio 2024, no se establece el valor a cobrar sobre este rubro, razón por la cual solicito se establezca el valor a pagar y así mismo sea incorporado al Plan de Arbitrios 2024. Visto el OFICIO No. 023-2024-CTM.DANLI, que antecede, librado con fecha 05 de marzo de 2024, por la Jefe de Control Tributario, Tec. Social, Reina Elizabeth Valerio, a través del cual y a consecuencia del otorgamiento del Permiso de Operación a favor de la ENEE, para la apertura y funcionamiento de la Oficina de Atención al Cliente de la denominada Unidad Técnica de Control de la Red de Distribución y Flujo Financiero, sin especificar el monto a pagar por este rubro; AL EFECTO está pidiendo que se establezca dicho valor para que sea incorporado en el Plan de Arbitrios 2024.- Y CONSIDERANDO: Que en la medida que se presten otros servicios a la comunidad no especificados en el Plan de Arbitrios aprobado, las respectivas tasas se regularán mediante Acuerdos Municipales, los que formarán parte adicional del correspondiente Plan de Arbitrios; al tenor de lo prescrito en el artículo 149 del Reglamento General de la Ley de Municipalidades en vigor-Consecuentemente la Corporación Municipal, en el uso de las facultades que la Ley le confiere, ACUERDA, lo siguiente: PRIMERO: Tener por bien hecho el OFICIO No. 023-2024-CTM.DANLÍ librado con fecha 05 de marzo de 2024, por la Jefe de Control Tributario, Tec. Social, Reina Elizabeth Valerio. - SEGUNDO: Establecer como monto a pagar por el otorgamiento del Permiso de Operación, para la apertura y funcionamiento de la Oficina de Atención al Cliente de la denominada Unidad Técnica de Control de la Red de Distribución y Flujo Financiero, emitido a favor de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica, (ENEE), la cantidad de VEINTE MIL LEMPIRAS, (L. 20,000.00) y que servirá a su vez como cuantía para otros permisos que el rubro de atención al cliente, soliciten otras dependencias del Estado. TERCERO: Mandar a incorporar como parte adicional al Plan de Arbitrios vigente, el monto antes indicado. CUARTO: Firme que sea la presente resolución, certificar la a la Jefatura de Control Tributario para su estricto cumplimiento. El presente Acuerdo, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publica en un medio de circulación de mayor difusión en el término municipal, conforme a lo prescrito en los artículos 36 y 65 numeral uno de la Ley de Municipalidades, en relación con el artículo 13 de su Reglamento. - PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Extendida en la ciudad de Danlí, departamento de El Paraíso, a los trece días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro. Sr. Abraham Kafatí Díaz Alcalde Municipal Abg. Daniel Humberto Méndez Sevilla Secretario Municipal

La G . 36,550 Sección “B” PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O