Decreto Legislativo — Decreto del Congreso Nacional - Entrada en vigencia
Congreso Nacional
- Publicación: 7 de marzo de 2024
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 36,479
Articulos
Articulo 4.-
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los siete días del mes de febrero de dos mil veinticuatro. LUIS ROLANDO REDONDO GUIFARRO PRESIDENTE CARLOS ARMANDO ZELAYA ROSALES SECRETARIO LUZ ANGÉLICA SMITH MEJÍA SECRETARIA Al Poder Ejecutivo.