Acuerdo Ministerial No. 0610 — Autorización de explotación de bancos de préstamo de materiales para proyecto de rehabilitación de carretera
Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos
- Decreto: 0610
- Publicación: 18 de julio de 2018
- Órgano emisor: Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos
- Gaceta: 34,695
Considerandos
Que mediante Decreto Legislativo No. 58-2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 13 de julio 2011, fue aprobada la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, la cual tiene por objeto simplificar y agilizar los procedimientos de ejecución de proyectos de infraestructura pública, con el propósito de generar empleo y lograr mayor crecimiento económico a través de la modernización de la infraestructura nacional, las normas y procedimientos establecidos en esta Ley serán aplicables a las unidades ejecutoras de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada a cargo de proyectos de infraestructura pública de cualquier naturaleza.
Que el artículo 22 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que los dueños de terrenos continuos o cercanos a cualquier obra de infraestructura pública, cuyos predios hayan sido identificados por la respectiva unidad ejecutora a cargo del proyecto como idóneos para servir como bancos de materiales, están obligados a facilitar y permitir la extracción de todo el material que sea necesario para la apertura, construcción, mantenimiento del proyecto, sin costo alguno para el Estado o sus contratistas, previa notificación al propietario.
Que de conformidad al Artículo 24 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, para que el Estado realice el aprovechamiento racional de los materiales requeridos, la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), podrá otorgar autorizaciones a los órganos estatales, encargados de la ejecución de los diferentes proyectos de infraestructura pública y/o a las empresas constructoras por dichos órganos ejecutores, para que procedan a la extracción y acarreo de los materiales, de conformidad con los respectivos contratos de obra pública.
Que el artículo 25 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que la extracción de materiales efectuada por el Estado o sus ejecutores no afectara la explotación simultánea que puedan hacer los titulares de concesiones mineras, en caso que exista concesión previa al Acuerdo que emita INSEP autorizando la extracción. En tal razón, INSEP emitirá la respectiva autorización para que el órgano estatal realice la extracción de materiales sobre un banco o cantera concesionada, siempre que no exista otro sitio de mejor precisión. La explotación simultánea que haga el Estado y el concesionario estará sujeta a las normas técnicas que emita el Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN).
Que de no existir concesión alguna sobre el banco de materiales identificado, el Estado podrá realizar una extracción acorde con el aprovechamiento racional de esos recursos naturales, sujeto a las limitaciones que le señale INHGEOMIN en las respectivas normas técnicas que emitan para tal efecto.
Que el artículo 26 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos U D I-D EG T-U N AH Sección A Acuerdos y Leye 5 de Inversión en Infraestructura Pública, establece que previo a la emisión del Acuerdo la SecretarÍa de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), notificará de oficio al Instituto Hondureño de Geología y Minas INHGEOMIN, para que ésta compruebe el estado ambiental, técnico y jurídico del banco de materiales identificado. De no haber impedimento para realizar la extracción, sin más trámite, INHGEOMIN procederá a la emisión de las normas técnicas aplicable al aprovechamiento, extracción y acarreo de los materiales. Con las normas técnicas emitidas y comunicadas, tanto a INSEP como al órgano ejecutor interesado, esta Secretaría de Estado procederá a la emisión del acuerdo de autorización correspondiente el cual será notificado tanto a la Unidad Ejecutora como al propietario del inmueble identificado para servir como banco de materiales. La autorización emitida por INSEP regulada en esta Ley, constituye el permiso único de extracción necesario para que el órgano ejecutor o el contratista del proyecto pueda realizar la extracción de los materiales, sin perjuicio de los demás permisos que por Ley pudieran corresponder en materia municipal, forestal y ambiental.
Que la normativa antes relacionada concede al Estado de Honduras, a través de las entidades competentes de la ejecución de los proyectos de infraestructura pública, aprovechar de manera racional los recursos minerales no metálicos requeridos para la ejecución de proyectos; y en particular el Proyecto: “REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA DE OCCIDENTE LOTE N°. 3: LOS RANCHOS-EL FLORIDO”. Ubicado en los municipios de Santa Rita y Copán Ruinas, en el departamento de Copán, ejecutado por la Empresa CONSORCIO COPÁN.
Que mediante Acuerdo No. 0327 de fecha 27 de septiembre del 2018 esta Secretaría de Estado, autorizó a la Empresa CONSORCIO COPÁN en su carácter de EJECUTOR del Proyecto “REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA DE OCCIDENTE LOTE 3 LOS RANCHOS -EL FLORIDO”, para que procediera a la explotación y aprovechamiento de seis (06) Bancos de Préstamo de Materiales, en donde entre ellos se encuentra autorizado el Banco Rio Copán, ubicado en los municipios de Santa Rita y Copán Ruinas, en el departamento de Copán, con un volumen máximo de extracción de 220,000.00 M³.
Que mediante Acuerdo No. 0179 de fecha 20 de febrero del 2018, esta Secretaría de Estado autorizo a la Empresa CONSORCIO COPÁN en su carácter de EJECUTOR del Proyecto “REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA DE OCCIDENTE LOTE 3 LOS RANCHOS -EL FLORIDO”, para que procediera a la explotación y aprovechamiento de un (01) Banco de Préstamo de Materiales, denominado Banco 68+500 ubicado en el municipio de Copán Ruinas, en el departamento de Copán, con un volumen máximo de extracción de 16,500.00 M³.
Que en fecha 28 de Mayo del 2018, las Unidades Técnicas de Desarrollo Social y Registro Minero y Catastral dependiente del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), emitieron el Informe Técnico ITCD-29-18 sobre la inspección realizada los días 9 y 10 de mayo del 2018, a cuatro (04) Banco de Préstamo de Materiales denominados, Banco Km 48+500 y el Banco Km 67+400, asimismo la Ampliación al Banco 68+500 y la Ampliación al Banco Río Copán, los cuales están ubicados en los municipios de Santa Rita y Copán Ruinas, en el departamento de Copán; mismos que serán utilizados en el proyecto: “REHABILITACIÓN DE LA CARRETERA DE OCCIDENTE LOTE No. 3: LOS RANCHOS-EL FLORIDO”, asimismo las U D I-D EG T-U N AH Sección A Acuerdos y Leye 5 unidades de Desarrollo Social, Ambiente y Seguridad y Minas y Geología, emitieron la Norma Técnica No. NTBP-29-18, en donde emiten las normas técnicas aplicables para el aprovechamiento de la extracción y acarreo de los bancos de materiales.
Articulos
Autorizar a la Empresa CONSORCIO COPÁN en su carácter de EJECUTOR del Proyecto “REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA DE OCCIDENTE LOTE 3 LOS RANCHOS -EL FLORIDO”, para que proceda a la explotación y aprovechamiento de dos (02) Bancos de Préstamo de Materiales denominados, Banco Km 48+500 y Banco Km 67+400, asimismo se autoriza la Ampliación de los Bancos de Materiales denominados Banco 68+500 y Banco Río Copán, con un volumen máximo de extracción entre la ampliación y la autorización de los dos Bancos de 404,000.00 M³, dicha explotación se realizará durante el tiempo en ejecución del proyecto y que se detallan, con sus respectivas localizaciones georreferenciales a continuación: Banco de Material No. 1 BANCO KM 48+500 (SECO), con Hoja Cartográfica No. 2360-I Copán Ruinas, ubicado en el municipio de Santa Rita, departamento de Copán con coordenadas UTM: 279120-1645147, 279243- 1645053, 279338-1645149 y 279233-1645246. Con un volumen autorizado de 39,000.00 M³. Banco de Material No. 2 BANCO KM 67+400 (SECO), con Hoja Cartográfica No. 2360-I Copán Ruinas, ubicado en el municipio de Copán Ruinas, departamento de Copán con coordenadas UTM: 264369-1642257, 264482-1642357, 264398-1642430 y 264294-1642356. Con un Volumen autorizado de 50,000.00 M³. Banco de Material No. 3 Ampliación del BANCO KM 68+500 (SECO), con Hoja Cartográfica No. 2360- I Copán Ruinas, ubicado en el municipio de Santa Rita, departamento de Copán con coordenadas UTM: 263593-1642797, 263641-1642757, 263697-1642839, 263575-1642935, 263506-1642879, 263553-1642833, 263579-1642870 y 263628-1642832. Con un Volumen autorizado de 15,000.00 M³. Banco de Material No. 4 Ampliación del BANCO RÍO COPÁN (Aluvial), con Hoja Cartográfica No. 2360-I Copán Ruinas, ubicado en el municipio de Santa Rita, departamento de Copán, con coordenadas UTM: 287755-1650336, 286920-1649579, 286187-1649486, 285533-1648856, 284454-1648402, 284659-1646698, 284556-1646410, 283726-1646097, 283380-1646590, 282017-1645838, 280323-1645541, 279180-1644603, 278785-1644056, 278131-1643866, 277603-1644442, 276895-1644491, 277093-1644735, 277437-1644710, 277620-1644752, 278055-1644898, 279327-1645045, 279551-1645274, 280191-1646134, 282071-1646661, 283292-1647276, 284014-1647301, 283629- 1648512, 284014-1648937, 285660-1649776 y 287554-1650611. Con un Volumen autorizado de 300,000.00 M³.
La Empresa CONSORCIO COPÁN, deberá remitir a la Unidad de Gestión Ambiental (UGA) de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), un informe mensual de extracción de materiales junto con la copia U D I-D EG T-U N AH Sección A Acuerdos y Leye 5 de la Bitácora de Explotación de Materiales y la Bitácora Ambiental, donde se registren los volúmenes diarios de extracción debidamente firmada y sellada por la empresa supervisora del proyecto.
La Empresa CONSORCIO COPÁN, al finalizar la explotación de los Bancos de Materiales deberá presentar un Plan de Cierre junto con la Solicitud del respectivo cierre ambiental de los Bancos de Préstamo de Materiales del Proyecto, ante la Unidad de Gestión Ambiental (UGA) de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), quien la remitirá al Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), a fin que éstas, en cumplimiento de lo ordenado en la Ley de Minería, su Reglamento y los Lineamientos Técnicos emitidos por INHGEOMIN, den por culminada la explotación de los Bancos de Materiales.
Notificar el presente acuerdo a las Unidades Municipales Ambientales de Santa Rita y Copán Ruinas, a la Unidad Ejecutora y al Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), a fin que éstas, en cumplimiento de lo ordenado en la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, supervisen el cumplimiento de las normas técnicas emitidas en relación a la extracción y acarreo de los materiales, con el fin de informar a los órganos fiscalizadores de Estado y a la ciudadanía en general, los resultados de dicha supervisión.
Notificar al propietario del inmueble, el presente Acuerdo, a quien se le hará saber que el no cumplimiento de lo dispuesto, dará lugar a aplicar lo establecido en el artículo 27 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública aprobada mediante Decreto Legislativo No. 58-2011, que dice: Cometerá el delito de desobediencia tipificado en el Código Penal quien, debidamente notificado por la autoridad competente, ejecute actos que tengan por objeto impedir al Estado o a sus contratistas el acceso al inmueble identificado para servir como banco de materiales. En el mismo delito incurrirá quien impida o dificulte la extracción de materiales dentro de un banco de materiales que será aprovechado por el Estado o quien procure obtener una remuneración por el valor de los materiales extraídos. Cuando haya particulares que impidan el acceso al inmueble o a la Extracción de Materiales dentro del mismo, la Unidad Ejecutora responsable presentará inmediatamente la denuncia correspondiente ante la Fiscalía General de la República, para que se deduzca al particular la responsabilidad penal que corresponda.
El presente acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Comayagüela, municipio del Distrito Central a los veinte (20) días del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018). COMUNÍQUESE: GERMAN G. RODRÍGUEZ MONTOYA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (INSEP), POR LEY. JOSÉ LISANDRO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ SECRETARIO GENERAL U D I-D EG T-U N AH Sección A Acuerdos y Leye 5 (E.N.A.G.) Tel. Recepción 2230-6767. Colonia Miraflores Sur, Tels.: 2230-1120, 2230-1391, 2230-25-58 y 2230-3026 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.la gaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gaceta digital hn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. 1) ACUERDA: ARTÍCULO 1.- Delegar en la ciudadana, LISSI MARCELA MATUTE CANO, en su condición de Subsecretaria de Integración Social y Encargada del Programa de Asignación Familiar. TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, , contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”. Teléfono: 25-52-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: U D I-D EG T-U N AH B 5