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14 de julio de 2018Vigente

Certificación No. 1093-2006 — Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la Asociación Cámara de Comercio e Industrias de Marcala (CCIMAR)

Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia

  • Decreto: 1093-2006
  • Publicación: 14 de julio de 2018
  • Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia
  • Gaceta: 34,692

Considerandos

Que la ASOCIACIÓN CÁMARA DE COMERCIO E INDUSTRIAS DE MARCALA (CCIMAR), se crea como asociación civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado.

Texto completo

CERTIFICA CIÓ N La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, CERTIFICA la Resolución que literalmente dice: “RESOLUCIÓN No.1093-2006.- EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y JUSTICIA. Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, veintiuno de noviembre del dos mil seis. VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder Ejecutivo, por medio de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, con fecha trece de julio de dos mil seis, por el licenciado JUSTINIANO MENENDEZ, en su carácter de Apoderado Legal de la ASOCIACIÓN CÁMARA DE COMERCIO E INDUSTRIAS DE MARCALA (CCIMAR), con domicilio en la ciudad de Marcala, departamento de La Paz, contraída a pedir el otorgamiento de la Personalidad Jurídica y aprobación de sus estatutos. RESULTA: Que el peticionario acompañó a su solicitud los documentos correspondientes. RESULTA: Que a la solicitud se le dio el trámite de ley habiéndose mandado oír a la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado quienes emitieron dictamen favorable U.S.L. No. 1855-2006, de fecha 31 de octubre del 2006. CONSIDERANDO: Que la ASOCIACIÓN CÁMARA DE COMERCIO E INDUSTRIAS DE MARCALA (CCIMAR), se crea como asociación civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado. CONSIDERANDO: Que