Contrato — Acuerdo de Línea de Crédito a Plazo con Cobertura ECA - República de Honduras
Congreso Nacional
- Publicación: 4 de julio de 2018
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 34,683
Articulos
Los pagos bajo el Acuerdo de Línea de Crédito a Plazo con Cobertura ECA, incluyendo, entre otros, los realizados en concepto de capital, intereses, montos adicionales, comisiones y gastos estarán exentos de toda clase de deducciones,impuestos,derechos,tasas, contribuciones, recargos, arbitrios, aportes, honorarios, contribución pública, gubernamental o municipal y otros cargos hondureños.
Todos los bienes, servicios, obras que sean adquiridos con los fondos de este Acuerdo de Línea de Crédito a Plazo con Cobertura ECA y fondos nacionales quedan exonerados de todo tipo de gravámenes arancelarios, Impuesto Sobre Ventas, contribuciones, tasa, servicios y cualquier otro cargo que grave la importación o compra local.
El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil dieciocho. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE MARIO ALONSO PÉREZ LÓPEZ SECRETARIO JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: PUBLÍQUESE Tegucigalpa, M.D.C., 13 de febrero de 2018 JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS ROCIO IZABEL TÁBORA ________ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito U D I-D EG T-U N AH Poder Ejecutivo