Acuerdo Ejecutivo No. 581 — Autorizar suscripción de Contrato de Préstamo con el Banco Interamericano de Desarrollo para Programa de Convivencia Ciudadana y Mejoramiento de Barrios
Presidencia de la República
- Decreto: 581
- Publicación: 30 de junio de 2018
- Órgano emisor: Presidencia de la República
- Gaceta: 34,680
Considerandos
Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública na- cional, en el área de su competencia.
Que los órganos de la administra- ción desarrollará su actividad sujetándose a la jerarquía normativa establecida en el Artículo 7 de la Ley General de la Administración Pública y en arreglo a las normas de la economía, celeridad y eficacia, a fin de lograr una pronta y efectiva satisfacción del interés general.
Que la Ley de Procedimiento Administrativo establece en el primer párrafo su Artículo 46 lo siguiente: “Para todos los plazos establecidos en días se computarán únicamente los días hábiles administrativos, salvo disposición legal en contrario o habilitación decretada, de oficio o a petición de interesados por el órgano competente, siempre que hubiere causa urgente”. Asimismo, en su Artículo 47, primer párrafo dispone: “Se entenderán días hábiles administrativos, todos los del año,excepto los sábados en aquellas oficinas donde no se labore por disposición gubernamental, los domingos, feriados nacionales y los que mandaren que vaquen las oficinas públicas”.
Que el Artículo 87 de la Ley de Procedimiento Administrativo reformado, señala que las resoluciones se notificarán personalmente o electró- ni camente en el plazo máximo de cinco días, a partir de su fecha; las providencias, cuando perjudiquen a los interesados, en el plazo de dos días.
Articulos
Habilitar días y horas inhábiles durante el período comprendido del primero (01) de junio al treinta y uno (31) de diciembre de dos mil dieciocho (2018), a la Secretaría General de esta Secretaría de Estado, para notificar mediante correo electrónico, Resoluciones contentivas de Multas a empresas derivadas de exportaciones autorizadas por el Banco Central de Honduras (BCH).Asimismo, todas aquellas actuaciones que en el marco de su respectiva competencia lleve a cabo la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas.
El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su fecha y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”.
Hacer la Transcripción de Ley. COMUNÍQUESE. ROCIO IZABEL TABORA MORALES SECRETARIA DE ESTADO SECRETARIA DE FINANZAS CÉSAR VIRGILIO ALCERRO GUNERA SECRETARIO GENERAL