Acuerdo Ejecutivo No. 009-2017 — Nombramiento de integrantes del Ente Regulador de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento
Presidencia de la República / Secretaría de Estado en el Despacho de Salud
- Decreto: 009-2017
- Publicación: 2 de marzo de 2018
- Órgano emisor: Presidencia de la República / Secretaría de Estado en el Despacho de Salud
- Gaceta: 34,582
Considerandos
Que mediante Decreto Legislativo No. 118-2003, de fecha 20 de agosto de 2003, fue emitida la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, la que fue publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 08 de octubre de 2003 y entró en vigencia el 05 de noviembre de 2003, misma que establece en su Artículo 09 la creación de una institución desconcentrada adscrita a la Secretaría de Estado en los Despachos de Salud, con independencia funcional, técnico y administrativa la que se denomina “ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO” y que es conocido como “Ente Regulador”.
Que el Ente Regulador estará integrado por tres (3) miembros nombrados por el Presidente Constitucional de la República a propuesta del Consejo Nacional de Agua Potable y Saneamiento (CONASA), con experiencia mínima de cinco (5) años en el ramo y durarán en sus funciones cinco (5) años y sólo podrán ser removidos por causa justificada.
Que el Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, en el Artículo 9, literal d.1) establece que el cese por finalización del plazo del mandato será automático y ni aún en caso de acefalía del Ente Regulador, será admisible una prórroga no amparada a través de una nueva designación.
Que en vista que a los Miembros Integrantes del Directorio: Irme Aracely Escobar Cárcamo y Héctor Raúl Cerna Navas, cumplieron con el período por el cual fueron nombrados de igual forma se venció el plazo máximo de los sesenta (60) días adicionales en espera del sustituto; se requiere nombrar a dos (2) de los nuevos Miembros Integrantes del Directorio, por el período de cinco (5) años, como lo establece la Ley Marco de Agua Potable y Saneamiento.
Que producida una vacancia por renuncia del Miembro Integrante, Luis Fernando Bonilla Ávila, quien estaba nombrado por cinco (5) años, el Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento en el Artículo 9 numeral 4 literal f) establece que cuando uno de los miembros del Ente Regulador cesa en sus funciones sin haber cumplido el período para el cual fue nombrado, por renuncia, ausencia prolongada injustificada e incumplimiento de sus obligaciones, el Presidente Constitucional de la República nombrará su sustituto por el resto del período que in cumplió de su antecesor. U D I-D EG T-U N AH ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956
Que el Consejo Nacional de Agua Potable y Saneamiento, (CONASA) ante la situación de las tres (3) vacantes producidas por las causas antes indicadas, ha dado cumplimiento a la Ley, seleccionando y proponiendo los candidatos al Presidente Constitucional de la República para el nombramiento de los tres (3) integrantes del Ente Regulador.
Que mediante Certificación de fecha 22 de septiembre del año 2017, mediante el cual; resuelve: Punto número cinco (5): selección de Terna para sustitución de miembros Directores del ERSAPS. PRIMERO. Aprobar una propuesta conformada por los tres candidatos idóneos, los cuales se listan a continuación: 1) Ing. Miguel Arnoldo Caraccioli Meléndez, 2) Ing, Geovani Espinal Ferrufino y 3) Lic. Ricardo Enrique Marichal Matuty; lo anterior en base a un exhaustivo análisis de hojas de vida, formación academica, experiencia laboral, antecedentes de trabajo en cargos directivos y/o dirección de programas y proyectos y en descentralización. SEGUNDO: Autorizar al señor Secretario Ejecutivo del CONASA, para que proceda a certificar este punto de acta y remita oficialmente la propuesta de candidatos aprobados con sus respectivas hojas de vida al señor Presidente de la República. ACUERDA:
Articulos
Nombrar como integrantes del “Ente Regulador de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento”, a los siguientes ciudadanos: MIGUEL ARNOLDO CARACCIOLI MELÉNDEZ, como Director Coordinador en sustitución Irma Aracely Escobar Cárcamo y al señor: GEOVANNI ESPINAL FERRUFINO en sustitución de Héctor Raúl Cerna Navas.- Los miembros nombrados durarán en sus períodos por cinco (5) años como lo establece la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, agradeciendo a los ciudadanos cesa dos los servicios prestados.
Nombrar a RICARDO ENRIQUE MARICHAL MATUTY por el período comprendido de un (1) año, dos (2) meses, hasta el 29 de noviembre del 2018 para que concluya el período iniciado por Luis Fernando Bonilla Ávila.
Los fondos para el funcionamiento del Ente Regulador, serán consignados anualmente en el presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, en cada ejercicio fiscal, tal como lo establece el Artículo 15 de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento.
Estos nombramientos serán efectivos a partir de la fecha en que presten su promesa de Ley ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Salud y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO SECRETARIO DE ESTADO COORDINADOR GENERAL DE GOBIERNO Por delegación del Presidente de la República Acuerdo Ejecutivo No. 031-2015 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 25 de noviembre de 2015 DELIA FRANCISCA RIVAS LOBO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD U D I-D EG T-U N AH Secretaría de Finanzas