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6 de marzo de 2018Vigente

Acuerdo Ejecutivo No. 065-2018 — Delegación de funciones del proceso de abandonos de la Oficina Regional Centro Oriente

Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF)

  • Decreto: 065-2018
  • Publicación: 6 de marzo de 2018
  • Órgano emisor: Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF)
  • Gaceta: 34,585

Considerandos

Que conforme al Artículo 7 del Decreto Ejecutivo PCM 27-2014, de fecha 06 de Junio de 2014, la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), será coordinada por la Directora Ejecutiva.

Que entre las atribuciones de la DINAF está el de Ejercer la Tutoría Legal a falta de las y los padres o representantes legales de las niñas y niños o por calificada amenaza a la vulneración de los derechos de los mismos; asimismo, Tutelar el proceso legal de Adopciones de niñas y niños.

Que los Funcionarios Públicos tienen la facultad de delegar el ejercicio de sus funciones en el (la) Servidor(a) Público(a) que estimen pertinente, en quien, en ausencia de aquella ejerza sus funciones por disposición de la Ley o de autoridad superior.

Que la delegación de funciones se ha concebido con el propósito de hacer ágil la toma de U D I-D EG T-U N AH decisiones y favorecer la tramitación de las peticiones de los interesados.

Que el Artículo 4, párrafo segun- do, de la Ley de Procedimiento Administrativo establece que el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la Administración de que forman parte el superior y el inferior.

Que el Artículo 5 del la Ley de Procedimiento Administrativo establece que el acto de delegación podrá contener instrucciones obligatorias para el órgano delegado en materia procedimental expresándose y se entenderán adoptados por el órgano delegante. No obstante, la responsabilidad que se derivare de la emisión de los actos será imputable al órgano delegado.

Articulos

Articulo 1.-

Delegar como encargada del Proceso de Abandonos de la Oficina Regional Centro Oriente, a la Secretaría General de esta Dependencia, las funciones que correspondan al proceso de abandono y tendrá a su disposición el equipo interdisciplinario, el cual tendrá las funciones de cumplimentar todo lo correspondiente al proceso.

Articulo 2.-

La presente delegación tendrá vigencia a partir de la fecha del presente Acuerdo de Delegación.

Articulo 3.-

El delegado será responsable del ejercicio de la función delegada.

Articulo 4.-

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá de publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE LOLIS MARÍA SALAS MONTES Directora Ejecutiva MÓNICA HIDALGO WELCHEZ Secretaria General U D I-D EG T-U N AH Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización