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19 de febrero de 2018Vigente

Acuerdo No. 004/01/2018 — Creación de la Unidad de Modernización del Instituto Hondureño de Geología y Minas

Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN)

  • Decreto: 004/01/2018
  • Publicación: 19 de febrero de 2018
  • Órgano emisor: Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN)
  • Gaceta: 34,572

Considerandos

Que mediante Decreto Legislativo No. 238-2012 de fecha veintitrés de enero del año dos mil trece y publicado en el Diario Oficial La Gaceta el dos de abril del año dos mil trece, se creó la Ley General de Minería, la cual entrara en vigencia veinte días después de su publicación y mediante Acuerdo Ejecutivo No. 042-2013 de fecha dos de agosto del año dos mil trece publicado en el Diario Oficial La Gaceta el cuatro de septiembre del año dos mil trece, se aprueba el Reglamento de la Ley General de Minería.

Que mediante Acuerdo No 84.2017 el Secretario de Estado en el Despacho de la Secretaría de la Presidencia, acordó nombrar a partir del veinticinco de julio del año dos mil diecisiete, a la ciudadana NÍVIDA FLOR HERNÁNDEZ AGURCIA en el cargo de Directora Ejecutiva del Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”.

Que el Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, ejercerá sus funciones con independencia técnica, administrativa y presupuestaria, está facultado de la capacidad legal necesaria para emitir los actos, celebrar contratos y comparecer ante los Tribunales de la República, todo ello en el ejercicio de su competencia.

Que el Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, actúa como ejecutor de la Política Nacional del sector minero en general, con la facultad de desarrollar programas, proyectos, planes y de crear las unidades administrativas, técnicas y operativas necesarias, para cumplir con los fines y objetivos de la Ley General de Minería. U D I-D EG T-U N AH

Que dentro de las atribuciones de el Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, está la de realizar investigación científica en el ámbito de las geo ciencias y minería, adquirir, potenciar y difundir el conocimiento científico y tecnológico relacionado con las actividades del Instituto, mediante la gestión y apoyo a planes, programas y proyectos de investigación, formación y desarrollo, en consonancia con el Plan de Nación y Visión de País.

Que dentro de las atribuciones del Director Ejecutivo está la de administrar y ejercer la representación legal de el Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, asumir las responsabilidades administrativas en relación al personal bajo su dependencia.

Que de conformidad a lo establecido en el artículo 5 inciso I) del Reglamento de la Ley General de Minería, el Director Ejecutivo, además de las atribuciones establecidas en el artículo 101 de la Ley General de Minería, puede crear cuando estime conveniente y cuente con disponibilidad presupuestaria, otras Unidades Administrativas, Técnicas y Operativas para cumplir con la Ley General de Minería y el Reglamento de la misma.

Que de conformidad a lo establecido en el Reglamento de la Ley General de la Administración Pública dentro de las funciones de la Unidad de Modernización está la de coordinar las acciones orientadas a diseñar, ejecutar y evaluar medidas de reforma institucional, dando seguimiento a su ejecución de acuerdo con los programas de la Secretaria de Estado.

Articulos

Articulo 1.-

Crear la UNIDAD DE MODERNIZACIÓN del Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, que estará dentro de la línea jerárquica de la Dirección Ejecutiva y en estrecha relación con la División Administrativa,Financiera y de Planeamiento.

Articulo 2.-

Las funciones de la Unidad de Modernización serán las siguientes:

  • a)

    Elaborar propuestas de reforma institucional, a fin de ser sometidas a su consideración a la Comisión Presidencial de Modernización del Estado;

  • b)

    Dar seguimiento y monitoreo a la implementación de las reformas de la Institución;

  • c)

    Elaborar acciones para la simplificación administrativa de los procesos y procedimientos de la institución;

  • d)

    Diseñar formatos para la detección de necesidades de capacitación del nivel departamental;

  • e)

    Elaborar diagnósticos de necesidades de capacitación del personal de la institución;

  • f)

    Participar en la elaboración de los planes de capacitación del personal de la institución;

  • g)

    Preparar el POA y Anteproyecto de Presupuesto de la Unidad de Modernización y evaluar trimestralmente su ejecución;

  • h)

    Elaborar anteproyectos de leyes, en el marco de las competencias de la Institución;

  • i)

    Revisar y actualizar los manuales existentes y elaborar los que sean necesarios, de acuerdo a las funciones de la Institución;

  • j)

    Las demás que le sean asignadas, por la Dirección Ejecutiva.

Articulo 3.-

La vigencia del presente Acuerdo es a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Articulo 4.-

Hacer entrega del presente Acuerdo a la Unidad de Recursos Humanos y a la Gerencia Administrativa, para los efectos legales correspondientes. NÍVIDA HERNÁNDEZ DIRECTORA EJECUTIVA KAREN SUDITH RUBÍ SECRETARIA GENERAL INTERINA U D I-D EG T-U N AH