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16 de febrero de 2018Vigente

Resolución No. 2236-2017 — Concesión de Personalidad Jurídica a Fundación Creciendo con Diabetes

Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización

  • Decreto: 2236-2017
  • Publicación: 16 de febrero de 2018
  • Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización
  • Gaceta: 34,570

Considerandos

Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 11, 16, 119 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Articulos

Articulo 1.-

Conceder Personalidad Jurídica a la FUNDACIÓN CRECIENDO CON DIABETES, con domicilio en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, con duración indefinida y con los objetivos siguientes:

  • a)

    Reducir el número de casos de niños afectados por diabetes y sus complicaciones.

  • b)

    Organizar e impulsar actividades contra la diabetes en niños.

  • c)

    Representar y luchar por los derechos de los niños con diabetes.

  • d)

    Desarrollar políticas de prevención contra la diabetes en niños y en general en toda la población.

  • e)

    Establecer relaciones estrechas con las autoridades estatales y civiles para el logro de los objetivos expuestos.

  • f)

    Demás objetivos que LA FUNDACIÓN se establezca. Para alcanzar sus objetivos la Fundación podrá realizar cualquier actividad lícita que coadyuve a alcanzar los objetivos generales de la FUNDACIÓN y los enunciados anteriormente.

Articulo 2.-

La Organización No Gubernamental de Desarrollo FUNDACIÓN CRECIENDO CON DIABETES, se regirá por sus estatutos, contenidos en el Acta de Constitución aprobados por los fundadores.

Articulo 3.-

La Organización No Gubernamental de Desarrollo denominada FUNDACIÓN CRECIENDO CON DIABETES, está obligada a solicitar ante los entes estatales, competentes, los permisos o licencias necesarios para el cumplimiento de sus objetivos.

Articulo 4.-

La Organización No Gubernamental de Desarrollo denominada FUNDACIÓN CRECIENDO CON DIABETES, queda sujeta al cumplimiento de las obligaciones emanadas de la Ley Especial de Fomento para las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) y su Reglamento.

Articulo 5.-

Las reformas o modificaciones de los Estatutos de organización se someterán al mismo procedimiento de su aprobación y serán registradas en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización.

Articulo 6.-

La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad.

Articulo 7.-

Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.), para que proceda a la inscripción de la organización en el registro correspondiente.

Articulo 8.-

La legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario.- NOTIFÍQUESE. CLARISA EVELIN MORALES REYES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, al un día del mes de febrero de dos mil dieciocho. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 16 F. 2018. U D I-D EG T-U N AH