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3 de febrero de 2018Vigente

Reglamento — Artículo 12 - Revisión de proyectos por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Tratados

Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional

  • Publicación: 3 de febrero de 2018
  • Órgano emisor: Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional
  • Gaceta: 34,559

Articulos

Articulo 12.-

Todos los proyectos aprobados por el CONAPROMH deberán ser sometidos al conocimiento de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Tratados (DGAJT) de la SRECI, a efecto de obtener Opinión o Dictamen, respecto a la viabilidad de los mismos. Mismos que deberán ser emitidos en un plazo no mayor de quince (15) días calendario. Para una mayor ilustración la DGPHM deberá remitir los antecedentes y el expediente completo y evacuar las consultas pertinentes que la DGAJT realice. TITULO II PROCEDIMIENTOS CAPITULO I DE LAS SOLICITUDES DE ASISTENCIA