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3 de febrero de 2018Vigente

Reglamento — Artículo 11 - Obligaciones y facultades de la Gerencia Administrativa de la SRECI

Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional

  • Publicación: 3 de febrero de 2018
  • Órgano emisor: Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional
  • Gaceta: 34,559

Articulos

Articulo 11.-

La Gerencia Administrativa de la SRECI es la oficina encargada de administrar los fondos FOSMIH, teniendo las obligaciones y facultades siguientes: Designar como mínimo 2 servidores públicos a) asignados a esa dependencia para que lleven exclusivamente la cuenta denominada “FOSMIH”, con el archivo de expedientes por caso, reflejando los gastos ejecutados, fondos disponibles, informes financieros y liquidaciones que han sido presentadas; Desembolsar los fondos para las ayudas a migrantes b) en condiciones de vulnerabilidad, re patria ciones de hondureños(as) fallecidos en el exterior y pago de gastos a los Consulados que en el tema de protección realicen,siempre y cuando tengan la autorización de la Subsecretaría de Asuntos Consulares y Migratorios; U D I-D EG T-U N AH Desembolsar los fondos enmarcados en los Convenios c) de Cooperación suscritos entre la Subsecretaría de Asuntos Consulares y Migratorios y las Instituciones u Organizaciones que implementarán los mismos, siempre y cuando cuenten con los recursos aprobados, la aprobación de Proyecto en el marco del CONAPROHM, el Dictamen u opinión Legal de la Dirección de Asuntos Jurídicos y Tratados y la autorización de la Subsecretaría de Asuntos Consulares y Migratorios; Solicitar y revisar en tiempo y forma las liquidaciones d) e informes financieros de los programas y proyectos aprobados en el Consejo Nacional de Protección al Hondureño Migrante (CONAPROHM), los Centros de Protección al Hondureño Migrante y las Representaciones Consulares; Asesorar a la DGPHM en temas administrativos y e) financieros cuando ésta lo requiera en el marco del FOSMIH; Acompañar a la Subsecretaría de Asuntos Consulares f) y Migratorios y a la DGPHM cuando deba rendir cuentas ante el Comité Técnico del fideicomiso; Presentar ante el CONAPROHM el inf g) orme narrativo y descriptivo de los gastos efectuados, ejecutados y liquidados; así como de los fondos disponibles; Denunciar porque la ejecución del FOSMIH se h) haga en apego estricto a lo establecido en la Ley de Protección al Hondureño Migrante y sus Familiares; y demás leyes aplicables. Otras que sean necesarias para uso eficiente y i) transparente del FOSMIH.