Acuerdo Ejecutivo No. 621-2019 — Transferencias presupuestarias interinstitucionales entre Instituciones de la Administración Central y Descentralizadas
Presidencia de la República
- Decreto: 621-2019
- Publicación: 24 de diciembre de 2019
- Órgano emisor: Presidencia de la República
- Gaceta: 35,132
Considerandos
Que la Administración Centralizada y Descentralizada requiere mecanismos más agiles a efecto de prestar los servicios públicos de la mejor manera posible en el marco de la Ley.
Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la Administración Pública Nacional, en el área de su competencia.
Que la Constitución de la República establece que el Presidente de la República tiene la administración general del Estado; y en el ámbito de sus atribuciones constitucionales se encuentra la Administrar la Hacienda Pública; permitiéndole tomar las medidas que sean necesarias para el buen funcionamiento de los servicios públicos, orientados al mejoramiento de las condiciones de vida del pueblo hondureño, mediante una adecuada asignación de recursos y una efectiva ejecución del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República 2019, a través de las diferentes Instituciones Públicas.
Que el Artículo 15 reformado de la Ley General de la Administración Pública establece que el Presidente de la República puede auxiliarse de un funcionario del más alto rango de las Secretarías de Estado para coordinar todo lo relativo a la conducción estratégica de la Administración Pública.
Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.023-2018 de fecha 16 de abril de 2018, el Presidente de la República delegó en la Licenciada Martha Vicenta Doblado Andara, Secretaria de Coordinación General de Gobierno, la potestad de firmar los Acuerdos Ejecutivos que según la Ley de la Administración Pública sean potestad del Presidente de la República Constitucional de la República su sanción.
Que mediante Decreto Legislativo No.266-2013 del 16 de diciembre de 2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha veintitrés de enero del dos mil catorce, se reforma el Artículo 29 de la Ley General de la Administración Pública definiendo a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, como el Ente del Estado encargado de la Formulación, Coordinación, Ejecución y Evaluación de las políticas relacionadas con las finanzas públicas.
Que se estima procedente realizar traslados interinstitucionales entre Instituciones de la Administración Central y Administración Descentralizadas para financiar obligaciones que tiene el Estado de Honduras en el marco de la ejecución de programas y proyectos prioritarios del país asimismo para atender el Convenio de Recapitalización del Banco Central de Honduras según lo estipulado en el Decreto Legislativo No.38-2014 y sus reglamentos.
Que es potestad del Presidente de la República amparado en la Ley Orgánica del Presupuesto y Normas Técnicas del Subsistema de Presupuesto, autorizar las transferencias de fondos presupuestarios entre Secretarías de Estado, Instituciones Desconcentradas e Instituciones Descentralizadas, con el fin de optimizar los recursos presupuestarios y obtener una ejecución eficiente y efectiva de las Entidades Estatales en el marco del cumplimiento de las responsabilidades ineludibles del Estado.
Articulos
Transferir a la Presidencia de la República, la cantidad de L83,000,000.00 (OCHENTA Y TRES MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS)mediante traslado interinstitucional a la siguiente asignación presupuestaria: U D I-D EG T-U N AH
Transferir a la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación (SEDUC), la cantidad de L581,231,175.00 (QUINIENTOS OCHENTA Y ÚN MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y ÚN MIL CIENTO SETENTA Y CINCO LEMPIRAS EXACTOS), mediante traslado interinstitucional a las siguientes asignaciones presupuestarias: U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH
Transferir a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) la cantidad de L330,119,180.00 (TRESCIENTOS TREINTA MILLONES CIENTO DIECINUEVE MIL CIENTO OCHENTA LEMPIRAS EXACTOS), consignando L310,119,180.00 para la recapitalización del Banco Central de Honduras (BCH) y L20,000,000.00 en la asignación presupuestaria del Instituto Hondureño de Mercadeo Agrícola (IHMA), mediante traslado interinstitucional a las siguientes asignaciones presupuestarias:
Transferir al Instituto Hondureño de Transporte Terrestre (IHTT), la cantidad de L125,000,000.00 (CIENTO VEINTICINCO MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS) mediante traslado interinstitucional a la siguiente asignación presupuestaria: U D I-D EG T-U N AH
Transferir al Consejo Nacional Electoral (CNE), la cantidad de L3,000,000.00 (TRES MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS) mediante traslado interinstitucional a la siguiente asignación presupuestaria:
Transferir a la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico (SDE) la cantidad de L41,000,000.00 (CUARENTAYÚN MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS), consignando L1,000,000.00 en la asignación presupuestaria de la Comisión para la Defensa y la Promoción de la Competencia (CDPC) y L40,000,000.00 en la asignación presupuestaria de la Suplidora Nacional de Productos Básicos (BANASUPRO), mediante traslado interinstitucional a las siguientes asignaciones presupuestarias:
Las transferencias descritas en los artículos anteriores serán financiadas de las asignaciones presupuestarias siguientes: U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH
Se faculta a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, para que realice las transferencias presupuestarias Interinstitucionales establecidas en el presente Acuerdo.
El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial la Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA Secretaria de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno, por Ley Acuerdo de Delegación No.023-2018 del 16 de abril del 2018 ROCÍO IZABEL TÁBORA MORALES Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas U D I-D EG T-U N AH SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN