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30 de noviembre de 2019Vigente

Acuerdo No. 591-2019 — Disposiciones para ejecución de gastos y cierre contable del ejercicio fiscal 2019

Secretaría de Finanzas

  • Decreto: 591-2019
  • Publicación: 30 de noviembre de 2019
  • Órgano emisor: Secretaría de Finanzas
  • Gaceta: 35,112

Considerandos

Que mediante Acuerdo No. 497-2019, de fecha 26 de agosto del 2019, se aprobaron las Normas para el Cierre Contable del Ejercicio Fiscal 2019, que concluye el 31 de diciembre del 2019 y Disposiciones Operativas de Cumplimiento Obligatorio para el Sector Público.

Que de conformidad a la Programación Mensual de Gastos todas las Instituciones deben realizar la Ejecución Presupuestaria en tiempo y forma.

Que a efecto de cumplir con el Artículo 210 del Decreto 180-2018 de fecha 13 de diciembre del 2018, que contiene las Disposiciones Generales del Presupuesto para el Ejercicio 2019, se deben hacer las modificaciones presupuestarias y firma de documentos con anticipación.

Articulos

Articulo 1.-

EJECUCIÓN DE GASTOS.- La fecha máxima para firma de Formularios de Gastos con Imputación Presupuestaria en el Sistema de Administración Financiera Integrada(SIAFI),será el6de diciembre de2019. A excepción U D I-D EG T-U N AH de los grupos de gasto 10000 (Servicios Personales), 60000 (Activos Financieros) y 70000 (Servicio de la Deuda Pública) y subgrupo 2400 (Servicios Profesionales).

Articulo 2.-

Los Documentos del Gasto que se encuentren en el momento del Gasto, Precompromiso y/ Compromiso en estado “APROBADO”, que no hayan sido devengado al 6 diciembre de 2019 y que corresponde a lo enunciado en el numeral anterior serán revertidos de oficio al momento de ejecutar el Cierre Presupuestario del Ejercicio, por parte de la Contaduría General de la República/Instituciones Descentralizadas, con la frase “RE VERSION POR CIERRE DE GESTION” consignando los nombres de los usuarios en los formularios originales.

Articulo 3.-

CIERRE MENSUAL EN EL MÓDULO DE CUOTAS.-Apartir del IV trimestre del eiercicio fiscal 2019. la Tesorería General de la República realizará el proceso de cierre mensual en el módulo de Cuotas.

Articulo 4.-

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá de publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE: ROCÍO IZABEL TÁBORA MORALES Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas CÉSAR VIRGILIO ALCERRO GÚNERA Secretario General Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización