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28 de octubre de 2019Vigente

Acuerdo Municipal No. 002-2019 — Delegación de facultades al regidor Raymon Samuel Cherrington Johnson para firmar órdenes de compra

Alcaldía de Roatán

  • Decreto: 002-2019
  • Publicación: 28 de octubre de 2019
  • Órgano emisor: Alcaldía de Roatán
  • Gaceta: 35,083

Considerandos

Que mediante Decreto Legislativo número134-90 publicado en el Diario Oficial La Gaceta, reformada mediante Decretos 48-91, 177-91, 124-95,133- 96,171-98,125-2000 y 127-200, el Congreso Nacional de la República aprobó la Ley de Municipalidades.

Que en el contexto de la referida Ley se establece la autonomía municipal como la potestades o facultades otorgadas por la Constitución de la República y la presente Ley al municipio y a la municipalidad como su órgano de Gobierno, que se organiza y funciona en forma independiente de los poderes del Estado, con capacidad para gobernar y administrar los asuntos que afecten sus intereses y ejercer su competencia para satisfacer las necesidades y aspiraciones de su población en el término municipal.

Que la municipalidad es el órgano de gobierno y administración del municipio, dotada de personalidad jurídica de derecho público y cuya finalidad es lograr el bienestar de los habitantes, promover su desarrollo integral y la preservación del medio ambiente, con las facultades otorgadas por la Constitución de la República y demás leyes.

Que las facultades de administración general y representación legal de la Municipalidad corresponden al Alcalde Municipal.

Que el legislador sabiamente ha dispuesto para los Funcionarios Públicos, la facultad de delegar en el ejercicio de sus funciones con el propósito de hacer más ágil la toma de decisiones para favorecer la tramitación de las peticiones de los interesados.

Que el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia el órgano inmediato superior, así mismo el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la administración de que forma parte el superior y el inferior.

Que el Alcalde es la máxima autoridad de la Municipalidad y ejerce la administración y representación de la misma y es el responsable final de que todas sus funciones se ejecuten de manera eficiente y eficaz, realizando la planificación, coordinación y supervisión de las actividades de la misma. Funciones se ejecuten de manera eficiente y eficaz, realizando la planificación, coordinación y supervisión de las actividades de la misma.

Articulos

Articulo 1.-

delegar en el ciudadano regidor RAYMON SAMUEL CHERRINGTON JOHNSON, lo siguiente: A partir del día lunes 21 al 25 de octubre 2019. Tendrá la facultad de firmar todas las órdenes de compra que se requiera en la municipalidad hasta un monto de 50,000 mil lempiras exactos con el propósito de no afectar la continuidad de la prestación de servicios que presta la municipalidad.

Articulo 2.-

El presente acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JERRY DAVE HYNDS JULIO ALCALDE ROATÁN U D I-D EG T-U N AH Poder Legislativo