Acuerdo No. FGAR-015-DSB-2019 — Reforma del Acuerdo FGAR-003-DSB-2019 - Departamento de Tecnologías de la Información del Ministerio Público
Ministerio Público
- Decreto: FGAR-015-DSB-2019
- Publicación: 28 de octubre de 2019
- Órgano emisor: Ministerio Público
- Gaceta: 35,083
Considerandos
Que conforme a los artículos 232 y 233 de la Constitución de la República se establece que el Ministerio Público es un organismo profesional especializado responsable de la representación, defensa y protección de los intereses generales de la sociedad y como tal, le corresponde el ejercicio oficioso de la acción penal pública, teniendo la coordinación técnica y jurídica de la investigación criminal y forense. Asimismo, goza de autonomía administrativa y su titularidad le corresponde exclusivamente al Fiscal General de la República, bajo cuya dirección, orientación, administración y supervisión está sometido y quien ejerce sus atribuciones directamente o por medio de los funcionarios o empleados que designe, quienes ejercerán sus funciones conforme a los principios de unidad de actuaciones y dependencia jerárquica.
Que la Fiscalía General de la República, mediante Acuerdo FGR-007-2015, estableció como objetivos estratégicos de la institución, adaptar la estructura orgánica del Ministerio Público a los retos de la nueva estrategia; e igualmente, optimizar los servicios de atención a la población; debiendo para ello, en materia administrativa, observar como líneas de acción la aprobación de la reglamentación funcional, estructural y organizativa de sus unidades especializadas, para lograr a través de la automatización de los sistemas de gestión procesal (tanto sustantiva de persecución penal, como administrativa), la medición eficiente del recurso humano y de los diferentes procesos de gestión institucional; la mejora de los procesos de atención al ciudadano, a través de indicadores automatizados que propicien la simplificación y tecnificación de los mecanismos ya establecidos, o se adapten en su defecto y de forma flexible, a los procesos que se establezcan en el futuro.
Que en fecha 16 de enero de 2019, se emitió el Acuerdo N°. FGAR-003-DSB-2019, que fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 17 de enero del 2019, el cual contiene la creación del Departamento de Tecnologías de la Información del Ministerio Público que tiene como objeto a través de la simplificación administrativa, la tecnificación de los mecanismos existentes, la propuesta y desarrollo de nuevos sistemas automatizados para servir a los procesos de gestión de personal, sustantivos de persecución penal y administrativos de gestión interna, que se identifiquen como necesarios para cumplir integralmente con nuestra planificación estratégica.
Que en fecha 21 de octubre de 2019, la Jefa del Departamento de Tecnologías de la Información del Ministerio Público, mediante oficio DTI/MP-520-2019, solicitó la revisión y reforma del último párrafo de los artículos 4, 5, 6, 7, 8 y 9 del Acuerdo N°. FGAR-003-DSB-2019, el cual contiene la creación del Departamento de Tecnologías de la U D I-D EG T-U N AH Información del Ministerio Público, que fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 17 de enero del 2019, en el sentido de sustituir la designación de los servidores, a cuyo cargo estarán las secciones definidas en dichos artículos; habiéndose establecido en los mismos, que la responsabilidad recaerá en un“analista programador o técnico informático”, siendo requerido en la petición de reforma, que el perfil del puesto se eleve al de un “profesional universitario con grado de licenciatura o ingeniería en carreras afines a la administración o tecnologías de la información, que cuente con experiencia comprobada mínima de dos años” variando los temas de dicha experiencia, según la actividad concreta desarrollada por cada sección
Que esta Fiscalía General Adjunta de la República, delegada para estos efectos, conforme Acuerdo FGR-016-2018, como responsable de los procesos administrativos, considera necesario alinear la actividad desarrollada por el actual Departamento de Tecnologías de la Información del Ministerio Público (DTI/MP) con la ejecución del plan estratégico institucional; siendo pertinente efectuar las modificaciones solicitadas por el Jefe de DTI/MP en el Acuerdo N°. FGAR- 003-DSB-2019, pues resulta necesario, para dar cobertura a las exigencias técnicas y administrativas que generan los nuevos avances tecnológicos, garantizando así, el adecuado desarrollo de las actividades delegadas al DTI/MP, debiendo contar la jefatura de DTI/MPcon una estructura orgánica, que ayude a descargar la supervisión de las tareas desarrolladas por las diferentes secciones adscritos al departamento.
Que bajo las facultades expresadas en la Constitución y desarrolladas por la Ley del Ministerio Público, corresponde al Fiscal General de la República la emisión de reglamentos, órdenes, instrucciones, circulares, entre otros, para dar fiel y eficiente cumplimiento a los objetivos y fines por los cuales fue constituido como representante, defensor y protector de los intereses generales la sociedad; por tanto, habiéndose delegado expresamente esta facultad en la Fiscalía General Adjunta, ésta en estricta aplicación del principio de Especialidad, atinente a las fuentes y jerarquía del derecho administrativo, en ejercicio de su potestad reglamentaria delegada y para los efectos de dar cumplimiento a los objetivos de adaptar la estructura orgánica del Ministerio Público a los retos de la nueva estrategia y para impulsar el proceso de modernización institucional; estima pertinente, para el buen funcionamiento institucional, reformar los perfiles profesionales establecidos para los servidores que deban ocupar los puestos de jefatura de sección determinados en el Acuerdo N°. FGAR-003- DSB-2019.
Articulos
Reformar el Acuerdo N°. FGAR-003- DSB-2019 mediante el cual se crea el Departamento de Tecnologías de la Información del Ministerio Público en sus Artículos 4 en su último párrafo; 5 en su último párrafo; 6 en su último párrafo; 7 en su último párrafo; 8 en su último párrafo; 9 en su último párrafo, mismos que en lo sucesivo deberán leerse de la siguiente manera: “Artículo 4. LA SECCIÓN DE GESTIÓN ADMINISTRA- TIVA DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN. … Esta sección estará a cargo de un profesional universitario con grado de licenciatura o ingeniería en carreras afines a la administración o tecnologías de la información y que cuente con experiencia comprobada mínima de dos (2) años en temas de planificación de proyectos, control interno, levantamiento de procesos, adscrito al DTI/MP; su designación como jefe de sección será funcional y será efectuada por el Jefe del DTI/ MP, debiendo remitirse al departamento de personal para los efectos administrativos pertinentes, previo visto bueno de la autoridad superior nominadora”. “Artículo 5. LA SECCIÓN DE SOPORTE TÉCNICO.… Esta sección estará a cargo de un profesional universitario con grado de licenciatura o ingeniería en carreras afines a las U D I-D EG T-U N AH tecnologías de la información y/o que cuente con experiencia mínima de dos (2) años en temas de instalación, configuración, reparación y mantenimiento de equipo informático; su designación como jefe de sección será funcional y será efectuada por el Jefe del DTI/MP, debiendo remitirse al departamento de personal para los efectos administrativos pertinentes, previo visto bueno de la autoridad superior nominadora”. “Artículo 6. LA SECCIÓN DE DESARROLLO DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN.. Esta sección estará a cargo de un profesional universitario con grado de licenciatura o ingeniería en carreras afines a las tecnologías de la información y/o que cuente con experiencia comprobada mínima de dos (2) años en análisis, desarrollo e implementación de sistemas de información, lenguajes de programación; su designación como jefe de sección será funcional y será efectuada por el Jefe del DTI/MP, debiendo remitirse al departamento de personal para los efectos administrativos pertinentes, previo visto bueno de la autoridad superior nominadora”. “Artículo 7. LA SECCIÓN DE SERVIDORES Y BASES DE DATOS. … Esta sección estará a cargo de un profesional universitario con grado de licenciatura o ingeniería en carreras afines a las tecnologías de la información y/o que cuente con experiencia comprobada mínima de dos (2) años en temas de bases de datos, servidores, redes de datos y seguridad informática; su designación como jefe de sección será funcional y será efectuada por el Jefe del DTI/MP, debiendo remitirse al departamento de personal para los efectos administrativos pertinentes, previo visto bueno de la autoridad superior nominadora”. “Artículo 8. LA SECCIÓN DE COMUNICACIONES Y REDES. … Esta sección estará a cargo de un profesional universitario con grado de licenciatura o ingeniería en carreras afines a las tecnologías de la información y/o que cuente con experiencia comprobada mínima de dos (2) años en temas de equipo de comunicaciones, redes de datos y seguridad informática, telefonía IP; su designación como jefe de sección será funcional y será efectuada por el Jefe del DTI/MP, debiendo remitirse al departamento de personal para los efectos administrativos pertinentes, previo visto bueno de la autoridad superior nominadora”. “Artículo 9. LA SECCIÓN DE SUPERVISIÓN DE DELEGADOS INFORMÁTICOS .… Esta sección estará a cargo de un profesional universitario con grado de licenciatura o ingeniería en carreras afines a las tecnologías de la información y/o que cuente con experiencia comprobada mínima de dos (2) años en temas de equipo informático y de comunicaciones, redes de datos y seguridad informática; su designación como jefe de sección será funcional y será efectuada por el Jefe del DTI/MP, debiendo remitirse al departamento de personal para los efectos administrativos pertinentes, previo visto bueno de la autoridad superior nominadora” Artículo 2. VIGENCIA. El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta y deberá hacerse del conocimiento de todos los servidores y funcionarios del Ministerio Público a nivel nacional y de la población en general, por medio de la Secretaría General y de la División de Relaciones Públicas, Educación y Comunicación, respectivamente; quedando derogada cualquier disposición que se le oponga. Tegucigalpa, M. D. C., 22 de octubre de 2019. DANIEL ARTURO SIBRIAN BUESO FISCAL GENERAL A DJUNTO DE LA REPÚBLICA U D I-D EG T-U N AH Alcaldía de Roatán Islas de la Bahía