Certificación No. CI IHSS-CPP No.801/15-08-2019 — Certificación de Resolución que autoriza modificación del Reglamento del Comité de Política Presupuestaria del Instituto Hondureño de Seguridad Social
Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS)
- Decreto: CI IHSS-CPP No.801/15-08-2019
- Publicación: 14 de septiembre de 2019
- Órgano emisor: Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS)
- Gaceta: 35,049
Considerandos
Que mediante Decretos Ejecutivos PCM-011-2014; PCM- 012-2014, PCM-025-2014 y PCM-049-2014 de fechas 15 de enero, 10 de abril, 30 de mayo y 4 de agosto de 2014 respectivamente, publicados en el Diario Oficial La Gaceta, el Presidente de la República en Consejo de Ministros decretó, entre otros: Intervenir al Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) por razones de interés público, nombrando para este efecto, una Comisión Interventora con amplios poderes conforme a lo establecido en el Artículo 100 de la Ley General de la Administración Pública.
Que en el Artículo100reformado de la Ley de Administración Pública, en Decreto No. 266-2013 contentivo de la Ley para optimizar la Administración Pública, mejorar los Servicios a la Ciudadanía y Fortalecimiento de la Transparencia en el Gobierno, establece que la comisión Interventora tiene las facultades que les corresponden a los Administradores de las mismas, ejerciendo su representación legal.
Que Ley del Seguro Social en su Artículo 2 establece que Certificación Resolución CI IHSS-CPP No.801/15-08-2019 el Instituto Hondureño de Seguridad Social cubrirá las contingencias y servicios del Régimen del Seguro de Atención de la Salud, Régimen del Seguro de Riesgos Profesionales, Régimen del Seguro de Riesgos Profesionales y Servicios Sociales, las que están sujetas a la reglamentación especial vigente.
Que mediante Resolución CI IHSS No.263/20- 04-2016 autorizó la conformación del COMITÉ DE POLÍTICA PRESUPUESTARIA INSTITUCIONAL del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), quedando integrado por los titulares de las siguientes dependencias de forma indelegable y permanente, sin perjuicio de que en el curso de sus actividades requieran apoyo de otras áreas y/o dependencias: a) Gerente Administrativo y Financiero. b) Subgerente de Presupuesto. c) Gerente del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte. d) Gerente del Régimen de Riesgos Profesionales. e) Dirección Médica Nacional. f) Jefe de la Unidad de Planificación Estratégica y Evaluación de la Gestión.
Que la Comisión Interventora en Resolución CI IHSS-CPP No.326/01- 04-2019 aprobó el “REGLAMENTO DEL COMITÉ DE POLITICA PRESUPUESTARIA DEL INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL” el cual tiene por objetivo velar por el cumplimiento de todas las etapas del proceso de formulación presupuestaria, dentro del marco del Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI).
Que el licenciado José Lorenzo Coto, Subgerente de Presupuesto, en Memorando No.1188-SGP/ IHSS-2019 y Oficio No.023-SGP-IHSS/2019 de fecha 12 de abril y 1 de agosto de 2019 solicita la modificación del “REGLAMENTO DEL COMITÉ DE POLÍTICA PRESUPUESTARIA DEL INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL” en el sentido de eliminar y modificar lo siguiente: U D I-D EG T-U N AH
Que la Comisión Interventora ha analizado la solicitud presentada por el titular de la Subgerencia de Presupuesto y determina que es procedente la misma, bajo las justificaciones presentadas, por lo cual los artículos 9 y 10 del “REGLAMENTO DEL COMITÉ DE POLÍTICA PRESUPUESTARIA DEL INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL” quedarán consignados de la siguiente manera: U D I-D EG T-U N AH
Articulos
DEL COMITÉ DE POLITICA PRESUPUESTARIA INSTITUCIONAL. El Comité de Política Presupuestaria Institucional es el órgano técnico encargado de cumplir con las políticas, instrucciones y directrices que emanen de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas como Órgano Rector del Sistema de Administración Financiera (SIAFI) a través de la Dirección General de Presupuesto como Órgano Técnico Coordinador durante el proceso de formulación presupuestaria. El Comité permanecerá activo durante el proceso de formulación presupuestaria; posterior al proceso, el Comité pasará a estatus inactivo.
DEL OBJETIVO DEL COMITÉ. El objetivo del Comité es velar por el cumplimiento de todas las etapas del proceso de formulación presupuestaria, dentro del marco del Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI).
DEL PROPÓSITO DEL REGLAMENTO. El presente Reglamento tiene como propósito establecer las reglas básicas de su conformación, gestión y funcionamiento del Comité de Política Presupuestaria Institucional.
DE LAS DEFINICIONES. Para los efectos del presente Reglamento las definiciones utilizadas tendrán los siguientes significados:1.COMITÉ DE POLITICA PRESUPUESTARIA INSTITUCIONAL: Es el órgano técnico encargado de cumplir con las políticas, instrucciones y directrices que emanen de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas como Órgano Rector del Sistema de Administración Financiera (SIAFI) a través de la Dirección General de Presupuesto como Órgano Técnico Coordinador durante el proceso de formulación presupuestaria. 2. MIEMBRO TITULAR: Es el titular responsable de la dependencia designada por las Máximas Autoridades del IHSS para integrar el Comité de Política Presupuestaria Institucional. 3. MIEMBRO SUPLENTE: Es el funcionario designado por el miembro titular del Comité de Política Presupuestaria Institucional para cuando el miembro titular no pueda asistir a las sesiones convocadas del Comité. 4. FORMULACION PRESUPUESTARIA: Es el momento en que se planifican los gastos que se realizarán en función de las prioridades, objetivos, metas y sobre todo de los ingresos. A esto se llama programación del presupuesto. 5. SIAFI: Sistema de Administración Financiera Integrada. 6. CATEGORIA PROGRAMATICA: Es el centro de producción dentro del presupuesto, que requiere de recursos humanos, materiales y financieros para producir bienes y servicios. La categoría se da cuando existe una unidad ejecutora responsable de realizar la producción de un bien y servicio en relación a los recursos que se le asignan. 7. PROGRAMA: Es la categoría programática de mayor nivel, produce bienes y servicios finales que la Institución entrega a la población. Un Programa contiene los subprogramas, las actividades, los proyectos y las obras, que son las categorías de menor nivel. 8. SUBPROGRAMA: En un Subprograma se realizan productos finales parciales, y en un programa deben existir dos (2) o más subprogramas y sus productos deben sumarse para tener los productos finales del programa. 9. PROYECTO: Generalmente los proyectos generan una inversión o un bien y satisfacen una necesidad de la población al finalizar su elaboración. Un proyecto tiene un tiempo de U D I-D EG T-U N AH finalización al contrario de un programa que puede ser permanente. 10.ACTIVIDAD: Es donde se realizan las labores, acciones con las cuales se generaran los productos finales; en esta categoría de menor nivel, es donde se ubican los insumos como los recursos financieros, recursos humanos y materiales. 11. CADENA DE VALOR PÚBLICA: Conjunto de actividades realizadas por instituciones públicas que dan respuesta a necesidades o demandas de la sociedad, mostrando los impactos y resultados esperados (cambios positivos) en la población objetivo. 12. MARCO DE GASTO DE MEDIANO PLAZO: Representa un conjunto de arreglos institucionales para priorizar, presentar y gestionar ingresos y egresos en una perspectiva plurianual. Es una herramienta dinámica de gestión que orienta la toma de decisiones estratégicas de política fiscal. En vez de centrarse en el ejercicio fiscal vigente mira más allá en un horizonte temporal amplio en la toma de decisiones y propuesta de políticas y de gastos con implicaciones por varios años en el futuro. De esta forma busca contribuir a la sostenibilidad fiscal, la asignación efectiva de recursos y eficiente provisión de bienes y servicios. 13. PRESUPUESTO DE LINEA BASE: Es el presupuesto necesario en los próximos años para continuar los programas actuales al mismo nivel de prestación de servicio. 14. USUARIOS Y PERFILES: Personas con sus respectivos cargos dentro de la institución, responsables de la administración del Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI). 15. DISTRIBUCION DE TECHOS: En función de los objetivos institucionales priorizados, la Gerencia Administrativa de cada Institución Pública, distribuirá a nivel de Unidad Ejecutora el límite de las asignaciones presupuestarias, por grupo principal del gasto y fuente de financiamiento. CAPÍTULO II. DE LA CONFORMACIÓN Y FUNCIONES DEL COMITÉ DE POLÍTICA PRESUPUESTARIA INSTITUCIONAL.
DE LA CONFORMACIÓN DEL COMITÉ. El Comité estará conformado por los titulares de las dependencias del IHSS designadas por las Máximas Autoridades y son los siguientes: 1. Gerente Administrativo y Financiero. 2. Gerente del Régimen del Seguro de Previsión Social. 3. Gerente del Régimen del Seguro de Riesgos Profesionales. 4. Directora Médica Nacional. 5. Sub Gerente de Presupuesto. 6. Jefe de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión.
DE LA COORDINACION Y SUB CORDINACION DEL COMITÉ. La Coordinación del Comité será asumida por el Titular de la Gerencia Administrativa y Financiera y la Sub Coordinación del Comité estará a cargo del titular de la Sub Gerencia de Presupuesto, quien a su vez asumirá la Secretaría del mismo.
DE LA PARTICIPACIÓN DE OTRAS DEPENDENCIAS EN EL COMITÉ. La conformación del Comité indicada en el artículo precedente es sin perjuicio de convocar a otras dependencias del IHSS que participarán activamente conforme lo requerido.
DE LA DESIGNACIÓN DEL SUPLENTE ANTE EL COMITÉ. Los miembros titulares del Comité designarán un suplente para su representación ante el Comité con sus mismas facultades. La designación debe ser comunicada por escrito al Coordinador y/o Secretario del Comité. El suplente podrá acompañar a las sesiones que asista el miembro titular del Comité a efecto de estar U D I-D EG T-U N AH informado de todos los temas y actividades tratadas en las reuniones de Comité pudiendo participar únicamente con voz. Únicamente el suplente que fue designado por el titular ante el Comité podrá sustituir al miembro titular en su ausencia.
DE LAS FUNCIONES DEL COMITÉ DE POLÍTICA PRESUPUESTARIA INSTITUCIONAL. Son funciones que están obligados a cumplir los miembros del Comité: 1. Cumplir con las políticas, instrucciones y directrices que emanen de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas como Órgano Rector del Sistema de Administración Financiera (SIAFI) a través de la Dirección General de Presupuesto como Órgano Técnico Coordinador durante el proceso de formulación presupuestaria. 2. Asistir a reuniones externas a solicitud de los entes rectores de acuerdo a su grado de competencia.3.Remitir cualquier información requerida por los entes rectores: Secretaria de Coordinación General de Gobierno, Gabinete Sectorial de Conducción y Regulación Económica, Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y cualquier otro. 4. Velar por el cumplimiento de todas las etapas del proceso presupuestario del dentro del marco del Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI): 1. Revisión, actualización y aprobación de usuarios y perfiles que intervienen en el proceso de formulación presupuestaria. 2. Revisión y aprobación de Estructuras Administrativas, Categorías Programáticas y su vinculación: Gerencias Administrativas, Unidades Ejecutoras, Programas, Subprogramas, Proyectos, Actividades. 3. Revisión y aprobación de la Cadena de Valor Pública que sirve de insumo para la Planificación Institucional para el ingreso de información a SIAFI. 4. Revisión de techos presupuestarios remitidos por la Secretaria de Finanzas, mismos que deberán de estar conforme a las proyecciones de ingresos y egresos. 5. Registro y aprobación de techos presupuestarios Institucional, por Gerencias Administrativas y Unidades Ejecutoras. 6. Registro y aprobación de Presupuesto de Línea Base. 7. Registro y aprobación del Marco de Gasto de Mediano Plazo. 8. Registro y aprobación de asignaciones presupuestarias de ingresos y egresos por Gerencias Administrativas y Unidades Ejecutoras. 9. Aprobación de la formulación presupuestaria de ingresos y egresos por Unidades Ejecutoras, Gerencias Administrativas y nivel Institucional.