Certificación — Certificación de decisión de Junta Interventora del Registro Nacional de las Personas sobre aplicación SIN RNP
Registro Nacional de las Personas
- Publicación: 22 de junio de 2019
- Órgano emisor: Registro Nacional de las Personas
- Gaceta: 34,977
Texto completo
REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General, por Ley del Registro Nacional de las Personas, CERTIFICA: El Punto de Acta de la Sesión ordinaria celebrada por la Junta Interventora del Registro Nacional de las Personas, el día miércoles veinticuatro del mes de abril del año dos mil diecinueve, que literalmente dice: PUNTO NÚMERO DOS: “DISCUTIR SOBRE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA APLICACIÓN DE SIN RNP Y EL USO DE SUS PRODUCTOS Y SU VALIDEZ LEGAL ANTE EL PÚBLICO EN GENERAL, INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS”.- El Señor Ingeniero Oscar Porfirio Rivera Inestroza, quien hace las funciones de Secretario de Actas para la presente sesión de Junta Interventora, procedió a la lectura del punto número dos de la agenda de sesión No. JIRNP-011-2019 en la cual dice: “Discutir sobre la implementación de la aplición de SIN RNP y el uso de sus productos y su validez legal ante el público en general, instituciones públicas y privadas”.- Después de lo cual se declaró suficientemente discutido el asunto y en consecuencia, se sometió a votación, por lo que la Junta Interventora del RNP, con amplias y plenas facultades para realizar este tipo de actuaciones, de manera unánime y consensuada. DECIDIÓ: Aprobar el uso Institucional de la aplicación SIN RNP, como una herramienta tecnológica, para dinamizar los servicios que presta el Registro Nacional de las Personas, a la ciudadanía en general, misma que cuenta con los sistemas de seguridad necesarios para garantizar que la información de ella obtenida es segura y confiable y sobre todo verificable por medio del respectivo código QR plasmado en las certificaciones de nacimiento, que se pueden obtener para imprimir desde esta moderna herramienta; por consiguiente se instruye que por medio de la Secretaría General mandar a publicar en el Diario Oficial La Gaceta la presente disposición para que los documentos que resulten como producto de la aplicación SIN RNP tiene toda VALIDEZ y fuerza legal ante instituciones públicas y privadas y sean aceptadas como tales con el simple hecho de verificación con un lector de código QR, por parte de la Institución ante quien el ciudadano la presentare y éste verifique su información. Comunicar la presente resolución a través de la Secretaría General, a los señores Miembros de la Junta Interventora, Rolando Enrique Kattan Bojórquez, Miembro Propietario y Coordinador, Oscar Porfirio Rivera Inestroza, Roberto Brevé Reyes, Miembros Propietarios; al departamento de Administración General y a la ENAG, para su publicación.- CÚMPLASE. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil diecinueve. ABOG. ATANACIO HERNÁNDEZ CASTELLANOS Secretario General, Por Ley. 22 J. 2019.
REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL