Acuerdo Ministerial No. 075-2019 — Declaratoria de erradicación de brote de Mosca del Mediterráneo y restablecimiento de estatus fitosanitario
Secretaría de Agricultura y Ganadería
- Decreto: 075-2019
- Publicación: 22 de junio de 2019
- Órgano emisor: Secretaría de Agricultura y Ganadería
- Gaceta: 34,977
Considerandos
Que para la correspondiente aplicación de la Ley, Fitozoosanitaria, emitida mediante Decreto Legislativo Nº. 157-94 del 04 de noviembre de 1994, publicada en el Diario Oficial “LA GACETA” Nº. 27,552 del 13 de enero de 1995 y del Decreto 344-05 del 29 de diciembre del 2005, publicado en el Diario Oficial LA GACETA No. 30, 922 del 07 de febrero del 2006 y en cumplimiento a los artículos 12, reformado de la ley citada inciso h) “La Secretaría de Agricultura y Ganadera (SAG) a través del SENASA será responsable por la declaración y el reconocimiento de áreas libres de plagas, lugares de producción libres de plagas y sitios de producción libres de plagas, incluyendo la agricultura bajo techo, así como de la elaboración y publicación del listado oficial de plagas reportadas en Honduras y plagas de importancia cuarentenaria”.
Que la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG) Declaró mediante Acuerdo Ministerial No. 758-13 del 4 de noviembre del 2013 publicado en el Diario Oficial La Gaceta con el N°. 33, 305 el 16 de diciembre del 2013 A LA FINCA SANTA ROSA como “Lugar y Sitio de Producción libre de Mosca del Mediterráneo (CeratitisCapitata (Wiedemann), el cual fue notificado al Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio el día de 23 de enero del 2014 mediante G/SPS/GEN/1300.
Que el día miércoles 6 de febrero del 2019 a las 10:00 se detectó un espécimen sospechoso de ser una hembra de Mosca del Mediterráneo en la red de trampeo de la finca Santa Rosa, ubicada en el municipio de Nacaome, municipio de Valle en la trampa cuyo código universal de identificación de trampa es el siguiente ML+PH-R2-#403-1701-3-LP-271217 cuyas coordenadas son X 0439041 Y 1483883, ubicada en un árbol de marañón (Anacardiumoccidentale). U D I-D EG T-U N AH
Que habiéndose procedido inmediatamente a la preparación de la muestra para ser conducida al laboratorio de diagnóstico de plaga del servicio de protección agropecuaria (SEPA), ubicado en las instalaciones de la aduana del Amatillo con firmándose la Detección positiva del espécimen como una hembra de la Mosca del Mediterráneo (Ceratitiscapitata(Wiedmann) y ante la imposibilidad de determinar si estaba copulada o no, se calificó como un brote por lo cual se comienza a hacer todo lo que corresponde al plan de erradicación del mismo.
Que se realizó la Notificación del responsable del programa de lugar y sitio de producción libre de Mosca del Mediterráneo de la finca Santa Rosa inmediatamente vía telefónica a la Dirección y Subdirección de Sanidad Vegetal de SENASA procediéndose a la activación del plan de emergencia de erradicación de la Mosca del Mediterráneo (Ceratitiscapitata(Wiedmann)) el día 06 de febrero del año 2019 a las 16:30 minutos.
Que habiéndose procedido al nombramiento de la brigada de reacción inmediata para atender la emergencia en las siguientes 24 horas realizándose las siguientes acciones:Estableciéndose del contacto con los residentes y vecinos del punto de detección para informarles sobre las acciones de emergencia, establecimiento del trampeo de delimitación y el muestreo de fruta, iniciando los primeros tratamientos terrestres de cebos y coordinar el combate mecánico, georreferenciación y reportes.
Que el Trampeo de delimitación con una densidad de trampas de 20 trampas por Kilómetro cuadrado se ha mantenido durante las ocho semanas posteriores a la fecha de la captura con revisiones diarias la primera semana y revisión semanal durante el periodo de las siete semanas siguientes en las cuales no se han hecho ninguna captura y a través de la determinación de los Días Grados durante las ocho semanas se pudo concluir que se ocupan las 8 semanas para cumplirse las tres generaciones de Moscas del Mediterráneo (Ceratitiscapitata(Wiedmann).
Que es potestad del Estado a través de la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG), hacer la declaratoria de Lugares y Sitios de Producción Libre de Plagas y someterla a la consideración de Organismos Internacionales cuando por Razones fitosanitarias basadas en hechos científicos y técnicos lo amerite.
Articulos
Declarar la erradicación del Brote de Mosca del Mediterráneo declarado el día miércoles 6 de febrero del 2019 en la finca Santa Rosa, ubicada en el municipio de Nacaome, departamento de Valle por haberse cumplido el desarrollo de al menos tres generaciones de la Mosca del Mediterráneo utilizando el cálculo de Días Grados necesarios que fueron cumplidos en un término de 8 semanas como se demuestra en el Cuadro que forma parte íntegra de este Acuerdo.
Restablecer la declaración de la FINCA SANTA ROSA, EN EL MUNICIPIO DE NACAOME, DEPARTAMENTO DE VALLE, como LUGAR DE PRODUCCIÓN LIBRES DE PLAGA Y SITIO DE PRODUCCIÓN LIBRES DE PLAGAS (Ceratitiscapitata (Wiedemann.), y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” Nº. 33305, del 16 de diciembre de 2013 y Notificado al Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio el día 23 de enero del 2014 mediante G/SPS/GEN/1300.
Notificar a la Secretaría de la Organización Mundial de Comercio a través de la Secretaría de Desarrollo Económico en cumplimiento al Acuerdo de la Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, a la Secretaría de la Convención U D I-D EG T-U N AH Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) el estatus fitosanitario restablecido adquirido basado en el artículo 6 del Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Fitosanitarias y Sanitarias de la O.M.C. las razones para el mantenimiento de la FINCA SANTA ROSA, como Lugar y Sitio de Producción Libres de Plagas fundamentados en la Sección 3.3 de la Norma Internacional de Medidas Sanitarias NIMF Nº. 10 (Requisitos para el establecimiento de lugares de producción libres de plagas y sitios de producción libres de plagas). CUARTO La Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG) a través del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA), adoptará y aplicará medidas fitosanitarias tendientes a la protección y sostenimiento del Estatus Fitosanitario adquirido, estableciendo un nivel adecuado, oportuno y eficiente de Protección.
El presente Acuerdo entrará en vigencia en forma inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “LA GACETA”. ´ ´ U D I-D EG T-U N AH
Hacer las transcripciones de Ley. COMUNIQUESE: Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los tres (3) días del mes de junio del año dos mil diecinueve (2019) MAURICIO GUEVARA PINTO Secretario de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería ABOG. JOSE LUIS ANDINO CARBAJAL Secretario General SAG U D I-D EG T-U N AH Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería ACUERDO No. 810-04 Tegucigalpa, M.D.C., 30 Diciembre 2004