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22 de marzo de 2019Vigente

Acuerdo No. 013-2019 — Aprobación del Plan de Manejo del Parque Nacional Blanca Janeth Kawas Fernández 2019-2030

Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre

  • Decreto: 013-2019
  • Publicación: 22 de marzo de 2019
  • Órgano emisor: Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre
  • Gaceta: 34,902

Considerandos

Que el ICF, es ente oficial ejecutor de la política nacional de conservación y desarrollo forestal, áreas protegidas y vida silvestre.

Que el ICF es el ente encargado de aprobar o o denegar los Planes de Manejo para la conservación, protección, aprovechamiento racional y sostenible de las áreas forestales y protegidas, de acuerdo con los procedimientos establecidos en la presente Ley.

Que de conformidad con Ley Forestal el Plan de Manejo es el instrumento técnico, legal y operativo que establece los objetivos y fines de la gestión de una determinada área forestal, incluyendo la programación de las inversiones necesarias y de las actividades silvicultura les de protección, conservación, restauración, aprovechamiento y demás que fueren requeridas para lograr la sostenibilidad del bosque, de acuerdo con sus funciones económicas, sociales y ambientales, su vigencia será la de la rotación que se establezca en función de los objetivos del Plan.

Que el Plan de Manejo de un área protegida constituye un instrumento técnico legal y operativo que establece los objetivos, estrategias y normativa de uso de los recursos naturales en sus diferentes zonas, incluyendo la programación e inversiones necesarias, alianzas y otros, todo esto enmarcado sobre la base legal del área protegida, procesos de consulta con los beneficiarios y en respuesta a las amenazas priorizadas dentro de cada área protegida en particular.

Que la elaboración del Plan de Manejo en Áreas Protegidas y Vida Silvestre en áreas públicas es obligación del Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), así como la vigilancia del adecuado cumplimiento de los mismos, para ese propósito dará participación a las municipalidades, comunidades locales organizadas, sector privado y demás organizaciones de la sociedad civil, particularmente a las organizaciones campesinas, pueblos indígenas y afrohondureños residentes en la zona.

Que el Parque Nacional Blanca Janeth Kawas fue creado como Parque Nacional a través del Decreto Legislativo No. 154-94 con el nombre Punta Sal, cambiando su nombre el 17 de marzo de 1995 mediante Decreto Legislativo 43- 95 en memoria de la Presidenta de la Fundación PROLANSATE.

Que el objetivo de Conservación del Parque Nacional, Blanca Janeth Kawas, es mantener y proteger los ecosistemas, biodiversidad y los sitios u objetos de herencia cultural, histórica y arqueológica a través de la educación U D I-D EG T-U N AH ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 ambiental, investigación monitoreo biológico, ecoturismo, general de alternativas económicas sostenibles y el ordenamiento de las actividades productivas ya existentes y plantea estrategias y metas orientadas a minimizar el impacto negativo sobre los recursos naturales y las amenazas sobre los objetos de conservación.

Que según Dictamen Técnico DAP-044- 2019, emitido por el Departamento de Áreas Protegidas, el Plan de Manejo fue elaborado bajo los lineamientos establecidos en la Guía Metodológica para la elaboración de Planes de Manejo de Áreas Protegidas del SINAPH, por un equipo técnico interdisciplinario (ETI),Fundación PROLANSATE,Proyecto Marino,las Municipa- lidades de Tela y Puerto Cortés, ITST/UNAH, Coral Reef Alliance, Miambiente/Proyecto Marino Costero, DIGEPESCA, Región Forestal Atlántida, Oficina Local de Tela, región Forestal de Nor Occidente; el Plan de Manejo fue ampliamente socializado con todos los sectores de interés y con presencia activa en el área protegida del Sector Palmer o, King Grass, Lancheros, Tour Operadores, Guías Locales, Pescadores, Grupos de Mujeres y los diferentes Líderes Comunitarios de los seis sectores poblacionales por lo que se recomienda aprobar el Plan de Manejo del Parque Nacional Blanca Janeth Kawas para el Parque período de doce (12) años desde su fecha de aprobación (2019-2030), tal como lo establece el Acuerdo 040-2012, debiéndose revisar a la mitad del término de su vigencia.

Que dentro del área que ocupa el Parque Nacional Blanca Janeth Kawas, se encuentran pueblos ancestralmente asentados, quienes de conformidad con el Convenio 169, deben formar parte de todas las acciones que se desarrollen en el área que corresponda, para bienestar de las áreas y sus habitantes.

Que la Asesoría Legal, adscrita a la Secretaría General, ha opinado de forma favorable, recomendando que se proceda a la firma del Plan de Manejo del Parque Nacional Blanca Janeth Kawas Fernández para el período 2019-2030, ya que el mismo cumple con los requisitos legales y los objetivos de la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre.

Articulos

Articulo 1.-

Aprobar el Plan de Manejo del Parque Nacional Blanca Janeth Kawas Fernández, para el período 2019-2030.

Articulo 2.-

Instruir a los Departamentos Técnicos y la Regiones Forestales del ICF, que previo a desarrollar cualquier actividad, programa o proyecto dentro del área en la cual se encuentren asentados pueblos indígenas o afrohondureños, se proceda a realizar la Consulta mediante los procedimientos apropiados de acuerdo a lo establecido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Articulo 3.-

Que el presente Acuerdo que se ponga en conocimiento del Departamento de Áreas Protegidas y de la Oficinas Regionales y Locales del ICF para su inmediata ejecución.

Articulo 4.-

El presente Acuerdo es de aplicación inmediata y se publicará en el Diario Oficial La Gaceta y en la página WEB del ICF. Dado en la ciudad de Comayagüela, municipio del Distrito Central, a veinte (20) días del mes de marzo del año dos mil diecinueve (2019). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. ING. MARIO ANTONIO MARTÍNEZ DIRECTOR EJECUTIVO ICF ABOG. SHERYL CRUZ PINEDA SECRETARIA GENERAL ICF U D I-D EG T-U N AH Secretaría de Turismo ACUERDO SETUR No. 003-2019 Tegucigalpa, M.D.C., 27 febrero del año 2019