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8 de marzo de 2019Vigente

Acuerdo Ejecutivo No. 165-2019 — Delegación de funciones a la Subsecretaria Roxana Melani Rodríguez Alvarado

Secretaría de Finanzas

  • Decreto: 165-2019
  • Publicación: 8 de marzo de 2019
  • Órgano emisor: Secretaría de Finanzas
  • Gaceta: 34,890

Considerandos

Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.

Que los citados funcionarios les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos competentes a su ramo, de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios de Estado, Secretario General y Directores Generales, el ejercicio de atribuciones específicas.

Que corresponde a los Secretarios de Estado emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y en aquellos que les delegue el Presidente de la República y que la firma de esos actos será autorizado por el Secretario General respectivo.

Que mediante Decreto Ejecutivo PCM-017-2011 del 22 marzo de 2011, se creó la Dirección General de control de Franquicias Aduaneras, responsable de conocer y registrar los asuntos relacionados con todas las exenciones y exoneraciones fiscales que se deban otorgar conforme a los convenios, tratados internacionales y las leyes vigentes, sin perjuicio de las atribuciones que por ley corresponde a cada Secretaría de Estado; y éstas adscrita a la Subsecretaría de Finanzas y Presupuesto.

Que mediante memorando No. DGCFA-DG-0057-2019 de fecha 22 de febrero de 2019, el Licenciado Juan Jose Vides, titular de la Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras, ha solicitado emitir acuerdo de delegación para el Licenciado Carlos Humberto Ramos Flores, durante el período comprendido del 01 al 11 de marzo del presente año, por viaje a la ciudad de China Taiwan con el propósito de presentar su tema de Tesis ante la Universidad de Tamkang y culminar su maestría, solicitud U D I-D EG T-U N AH ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 autorizada con Visto Bueno de la Ingeniera Roxana M. Rodríguez, Subsecretaria de Finanzas y Presupuesto.

Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.

Que los citados funcionarios les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos competentes a su ramo, de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios de Estado, Secretario General y Directores Generales, el ejercicio de atribuciones específicas.

Que corresponde a los Secretarios de Estado emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y en aquellos que les delegue el Presidente de la República y que la firma de esos actos será autorizado por el Secretario General respectivo.

Que la delegación de funciones se entiende posible siempre y cuando se dirija de manera rauda, económica y eficiente a satisfacer el interés general y que, en U D I-D EG T-U N AH definitiva, resulte en una simplificación de los procesos que se llevan a cabo en la Administración Pública.

Que la Licenciada ROCÍO IZABEL TÁBORA MORALES, Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas, estará ausente de sus funciones por viaje oficial a la ciudad de Mexico, DF., con el propósito de cumplir con la siguiente agenda: • Participación en la Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores, Ministros de Finanzas y consejeros de la Dirección Ejecutiva de Centroamérica y México del Banco Mundial.

Articulos

Articulo 1.-

DELEGAR en el Licenciado CARLOS HUMBERTO RAMOS FLORES, Subdirector de la Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras de esta Secretaría de Estado , las responsabilidades inherentes al cargo de DIRECTOR GENERAL y cualquier otra acción Administrativa, en ausencia del titular Licenciado Juan Jose Vides, durante el período comprendido del 01 al 11 de marzo de 2019.

Articulo 2.-

El delegado es responsable de las funciones encomendadas

Articulo 3.-

Hacer las Transcripciones de Ley.

Articulo 4.-

El presente Acuerdo Ejecutivo será efectivo para surtir sus afectos legales a partir de la fecha de su No- ti ficación. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE: ROCÍO IZABEL TÁBORA MORALES SECRETARIA DE ESTADO CESAR VIRGILIO ALCERRO GÚNERA SECRETARIO GENERAL Secretaría de Finanzas ACUERDO NÚMERO: 165-2019 Tegucigalpa, M.D.C., 27 de febrero de 2019 LA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS CONSIDERANDO: Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia. CONSIDERANDO: Que los citados funcionarios les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos competentes a su ramo, de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios de Estado, Secretario General y Directores Generales, el ejercicio de atribuciones específicas. CONSIDERANDO: Que corresponde a los Secretarios de Estado emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y en aquellos que les delegue el Presidente de la República y que la firma de esos actos será autorizado por el Secretario General respectivo. CONSIDERANDO: Que la delegación de funciones se entiende posible siempre y cuando se dirija de manera rauda, económica y eficiente a satisfacer el interés general y que, en U D I-D EG T-U N AH definitiva, resulte en una simplificación de los procesos que se llevan a cabo en la Administración Pública. CONSIDERANDO: Que la Licenciada ROCÍO IZABEL TÁBORA MORALES, Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas, estará ausente de sus funciones por viaje oficial a la ciudad de Mexico, DF., con el propósito de cumplir con la siguiente agenda: • Participación en la Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores, Ministros de Finanzas y consejeros de la Dirección Ejecutiva de Centroamérica y México del Banco Mundial. POR TANTO: En uso de las facultades de que está investido y en aplicación de los Artículos 34, 36 numeral 19 de la Ley General de la Administración Pública; 3, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. ACUERDA: