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16 de febrero de 2019Vigente

Acuerdo Ministerial No. 20-2019 — Publicación de Resoluciones y Acuerdos de la Instancia Ministerial de la Unión Aduanera

Secretaría de Desarrollo Económico

  • Decreto: 20-2019
  • Publicación: 16 de febrero de 2019
  • Órgano emisor: Secretaría de Desarrollo Económico
  • Gaceta: 34,873

Considerandos

Que Honduras es un Estado Miembro del Sistema de Integración Centroamericana creado por el Protocolo de Tegucigalpa del 13 de diciembre de 1991, así como el Tratado General de Integración Económica Centroamericana del 13 de diciembre de 1960 y reformado por el Protocolo de Guatemala del 23 de octubre de 1993;

Que de acuerdo al Artículo 15 de Protocolo al Tratado General de Integración Económica (Protocolo de Guatemala), los Estados Parte tiene el compromiso de constituir una Unión Aduanera entre sus territorios, la que se alcanzará de manera gradual y progresiva, sobre la base de programas que se establezcan al efecto, aprobados por consenso;

Que de conformidad con lo establecido en los Artículos 38 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala), el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO), tiene bajo su competencia los asuntos de la Integración Económica Centroamericana y, como tal, le corresponde aprobar los actos administrativos aplicables en los Estados Parte del Subsistema Económico, ARNALDO CASTILLO Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO Secretaría General ________ U D I-D EG T-U N AH ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 1. Adquieren vigencia para la República de El Salvador los siguientes actos administrativos: i. Acuerdo de la Instancia Ministerial-UA No. 05-2017, de 16 de junio de 2017. ii. Acuerdo de la Instancia Ministerial-UA No. 06-2018, del 10 de octubre de 2018;

Que en el marco del proceso de constitución de la Unión Aduanera entre la República de Guatemala y República de Honduras; la Instancia Ministerial en reunión de fecha 24 de enero de 2019, adoptó el Acuerdo Instancia Ministerial- UA No. 02-2019; que Acuerda: 1. Recibir por parte de la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP) de la República de El Salvador, las organizaciones representantes de El Salvador, que constituyen el Comité Consultivo de la Unión Aduanera a que se refiere el párrafo segundo del Ordinal Quinto del Protocolo Habilitante, como ser: Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP); Asociación de Avicultores (AVES); Asociación Salvadoreña de Industriales (ASI); Corporación de Exportadores de El Salvador (CO EXPORT); Asociación Salvadoreña de Ganaderos e Industriales de la Leche (A SI LECHE); Asociación Azucarera; Cámara Salvadoreña de la Industria de la Construcción (CASALCO); Asociación de Distribuidores de El Salvador (ADES); Cámara de Comercio e Industria de El Salvador; Cámara Americana de Comercio de El Salvador (AMCHAM); Cámara de la Industria Textil, Confección y Zonas Francas (CAMTEX); Asociación de Proveedores Agrícolas (APA). 2. Solicitar a los representantes del Comité Consultivo de la Unión Aduanera de las Repúblicas de El Salvador, Guatemala y Honduras, que de conformidad con el artículo los que entrarán en vigor en la fecha en que se adopten, salvo que en los mismos se señale otra fecha, debiendo éstos publicarse por los Estados Parte;

Que en Resolución de fecha 20 de octubre de 1995, la Corte Centroamericana de Justicia manifiesta que: “la publicación no es requisito esencial para la validez de los actos normativos obligatorios del Sistema de Integración Económica Centroamericana”; que la publicidad se debe realizar para garantizar la efectiva observancia y ejecución de los propósitos y principios;

Que en el marco del proceso de constitución de la Unión Aduanera entre la República de Guatemala y República de Honduras; la Instancia Ministerial en reunión de fecha 24 de enero de 2019, adoptó la Resolución Instancia Ministerial-UA No. 52-2019; que Resuelve: 1. Aprobar los listados de las “Mercancías exceptuados de libre circulación por diferencias en materia de reglas de origen específicas de los acuerdos comerciales internacionales vigentes de los Estados Parte”, que aparecen como Anexos de la presente Resolución y de la cual forman parte integral. 2. Derogar la Resolución de la Instancia Ministerial-UA No. 21-2017, del 16 de junio de 2017 y sus Anexos. 3. La presente Resolución entrará en vigor cuando la Instancia Ministerial de la Unión Aduanera emita el acto administrativo correspondiente y será publicada por los Estados Parte;

Que en el marco del proceso de constitución de la Unión Aduanera entre la República de Guatemala y República de Honduras; la Instancia Ministerial en reunión de fecha24de enero de2019,adoptó la Resolución Instancia Ministerial-UA No. 53-2019; que Resuelve: 1. Aprobar la adopción, por la República de El Salvador, de los siguientes actos administrativos de la Instancia Ministerial: i. Resolución de la Instancia Ministerial-UA No. 43-2018, del 10 de octubre de 2018. ii. Resolución de la Instancia Ministerial- UA No. 44-2018, del 10 de octubre de 2018;

Que en el marco del proceso de constitución de la Unión Aduanera entre la República de Guatemala y República de Honduras; la Instancia Ministerial en reunión de fecha 24 de enero de 2019, adoptó el Acuerdo Instancia Ministerial- UA No. 01-2019; que Acuerda: U D I-D EG T-U N AH 11 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Comité Consultivo de la Unión Aduanera entre la República de El Salvador, la República de Guatemala y la República de Honduras, elijan una nueva Junta Directiva y notificación a la Secretaría de Integración Económica Centroamericana la Conformación de la misma.

Articulos

Articulo 1.-

Hacer del conocimiento público para su observancia, la Resolución Instancia Ministerial-UA No. 52-2019; que Resuelve: 1. Aprobar los listados de las “Mercancías exceptuados de libre circulación por diferencias en materia de reglas de origen específicas de los acuerdos comerciales internacionales vigentes de los Estados Parte”, que aparecen como Anexos de la presente Resolución y de la cual forman parte integral. 2. Derogar la Resolución de la Instancia Ministerial-UA No. 21-2017, del 16 de junio de 2017 y sus Anexos. 3. La presente Resolución entrará en vigor cuando la Instancia Ministerial de la Unión Aduanera emita el acto administrativo correspondiente y será publicada por los Estados Parte; la Resolución Instancia Ministerial- UA No. 53-2019; que Resuelve: 1. Aprobar la adopción, por la República de El Salvador, de los siguientes actos administrativos de la Instancia Ministerial: i. Resolución de la Instancia Ministerial-UA No. 43-2018, del 10 de octubre de 2018. ii. Resolución de la Instancia Ministerial- UA No. 44-2018, del 10 de octubre de 2018; el Acuerdo Instancia Ministerial- UA No. 01-2019; que Acuerda: 1. Adquieren vigencia para la República de El Salvador los siguientes actos administrativos: i. Acuerdo de la Instancia Ministerial- UA No. 05-2017, de 16 de junio de 2017. ii. Acuerdo de la Instancia Ministerial-UA No. 06-2018, del 10 de octubre de 2018; el Acuerdo Instancia Ministerial- UA No. 02-2019; que Acuerda: 1. Recibir por parte de la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP) de la República de El Salvador, las organizaciones representantes de El Salvador, que constituyen el Comité Consultivo de la Unión Aduanera a que se refiere el párrafo segundo del Ordinal Quinto del Protocolo Habilitante, como ser: Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP); Asociación de Avicultores (AVES); Asociación Salvadoreña de Industriales (ASI); Corporación de Exportadores de El Salvador (CO EXPORT); Asociación Salvadoreña de Ganaderos e Industriales de la Leche (A SI LECHE); Asociación Azucarera; Cámara Salvadoreña de la Industria de la Construcción (CASALCO); Asociación de Distribuidores de El Salvador (ADES); Cámara de Comercio e Industria de El Salvador; Cámara Americana de Comercio de El Salvador (AMCHAM); Cámara de la Industria Textil, Confección y Zonas Francas (CAMTEX); Asociación de Proveedores Agrícolas (APA). 2. Solicitar a los representantes del Comité Consultivo de la Unión Aduanera de las Repúblicas de El Salvador, Guatemala y Honduras, que de conformidad con el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Comité Consultivo de la Unión Aduanera entre la República de El Salvador, la República de Guatemala y la República de Honduras, elijan una nueva Junta Directiva y notificación a la Secretaría de Integración Económica Centroamericana la Conformación de la misma.

Articulo 2.-

Ordenar que para hacer del conocimiento público y observancia en general, las Resolución aquí nominada, debe ser publicada en la página Web Oficial de la Secretaría de Desarrollo Económico, www.prohonduras.hn

Articulo 3.-

El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigor a partir de la fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta” y en el sitio web www.prohonduras.hn Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los trece días del mes de febrero de 2019. ARNALDO CASTILLO Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico DUNIA GRISEL FUENTES CÁRCAMO Secretaría General U D I-D EG T-U N AH