Acuerdo Ejecutivo No. 753-2018 — Delegación de funciones a Ada Lorena Godoy Ramírez
Secretaría de Finanzas
- Decreto: 753-2018
- Publicación: 22 de enero de 2019
- Órgano emisor: Secretaría de Finanzas
- Gaceta: 34,851
Considerandos
Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la Administración pública nacional, en el área de su competencia.
Que los citados funcionarios les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos competentes a su ramo, de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios de Estado, Secretario General y Directores Generales o titulares de otros órganos de autoridad que las leyes determinen, en el ejercicio de atribuciones específicas.
Que corresponde a los Secretarios de Estado emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y en aquellos que les delegue el Presidente de la República y que la firma de esos actos será autorizado por el Secretario General respectivo.
Que la delegación de funciones se entiende posible siempre y cuando se dirija de manera rauda, económica y eficiente a satisfacer el interés general y que, en definitiva, resulte en una simplificación de los procesos que se llevan a cabo en la administración pública.
Que a través del memorando DGPT-M284-2018 de fecha 25 de septiembre de 2018, el Licenciado David Antonio Alvarado Hernández, solicitó Acuerdo de Delegación a favor de la Abogada Ada Lorena Godoy Ramírez, en vista que el titular de dicha dirección se encontrará ausente de sus funciones, por motivo de viaje. U D I-D EG T-U N AH
Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.
Que los citados funcionarios les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos competentes a su ramo, de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios de Estado, Secretario General y Directores Generales o titulares de otros órganos de autoridad que las leyes determinen, en el ejercicio de atribuciones específicas.
Que corresponde a los Secretarios de Estado emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y en aquellos que les delegue el Presidente de la República y que la firma de esos actos será autorizado por el Secretario General respectivo.
Que la delegación de funciones se entiende posible siempre y cuando se dirija de manera rauda, económica y eficiente a satisfacer el interés general y que, en definitiva, resulte en una simplificación de los procesos que se llevan a cabo en la administración pública.
Que a través del memorando DGPT-M284-2018 de fecha 25 de septiembre de 2018, el Licenciado David Antonio Alvarado Hernández, solicitó Acuerdo de Delegación a favor de la Licenciada Roxana Carolina Flores, en vista que el titular de dicha dirección se encontrará ausente de sus funciones, por motivo de viaje. U D I-D EG T-U N AH
Que mediante Decreto No. 238.2012 de fecha veintitrés de enero del año dos mil trece y publicado en el Diario Oficial La Gaceta el dos de abril del año dos mil trece, se creó la Ley General de Minería, la cual entrará en vigencia veinte días después de su publicación, es decir a partir del veintitrés de abril del año dos mil trece y mediante Acuerdo Ejecutivo No. 042.2013 de fecha dos de agosto del año dos mil trece publicado en el Diario Oficial La Gaceta, el cuatro de septiembre del año dos mil trece, se aprueba el Reglamento de la Ley General de Minería.
Que mediante Decreto Ejecutivo PCM-009-2018, el Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, retoma su independencia técnica, funcional y administrativa establecida en la ley.
Que el Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, ejercerá sus funciones con independencia técnica, administrativa y presupuestaria, está facultado de la capacidad legal necesaria para emitir los actos, celebrar contratos y comparecer ante los Tribunales de la República, todo ello en el ejercicio de su competencia.
Que el Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, actúa como ejecutor de la Política Nacional del sector minero en general, con la facultad de desarrollar programas, proyectos, planes y crear las unidades administrativas, técnicas y operativas necesarias, para cumplir con los fines y objetivos de la Ley General de Minería y su Reglamento.
Que mediante ACUERDO No. 208- 2018, el Secretario Privado y Jefe del Gabinete Presidencial con Rango de Secretario de Estado, nombró al ciudadano Instituto Hondureño de Geología y Minas INHGEOMIN ACUERDO INHGEOMIN No. 17/01/2019 U D I-D EG T-U N AH AGAPITO ALEXANDER RODRÍGUEZ ESCOBAR en el cargo de Director Ejecutivo del Instituto Hondureño de Geología y Minas, efectivo a partir del trece de septiembre del año dos mil dieciocho.
Que mediante ACUERDO INHGEOMIN No. 059-09-2018 de fecha diecisiete de septiembre del año dos mil dieciocho, el Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, creó la fuerza de tarea para resolver los conflictos mineros en el país, la cual quedó integrada por la Abogada ERICKA LORENA MOLINA AGUILAR, quien quedó como coordinadora de la misma, el Abogado JORGE ALBERTO RUIZ GARCIA y el Ingeniero SERGIO OMAR MONTOYA MARTINEZ.
Que los Abogados ERICKA LORENA MOLINA AGUILAR y JORGE ALBERTO RUIZ GARCIA dejaron de laborar en la institución, circunstancia por la cual, la fuerza de tareas para resolver los conflictos mineros en el país, sólo quedó con el Ingeniero SERGIO OMAR MONTOYA MARTINEZ como integrante de la misma; a razón de lo anterior y tal como quedó establecido en el Acuerdo anteriormente relacionado, que el Director Ejecutivo tiene la atribución de integrar a más personas en ese equipo de trabajo, así como de modificar los integrantes del mismo, resulta indispensable fortalecer la fuerza de tareas para resolver los conflictos mineros en el país.
Que es atribución del Director Ejecutivo del Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, nombrar y remover el personal bajo su dependencia, ejercer y asumir la responsabilidad administrativa que le compete en relación a las decisiones que convengan respecto a este personal.
Articulos
de la Constitución de la República;Artículos 36 numeral 8 de la Ley General de la Administración Pública;
, 4, 5 de la Ley del Procedimiento Administrativo y sus reformas. ACUERDA: PRIMERO: DELEGAR en la Abogada Ada Lorena Godoy Ramírez, quien se desempeña en la Dirección General de Política Tributaria, para que en ausencia del Titular de la misma, asuma como encargada las funciones, atribuciones y deberes correspondientes al cargo durante el período comprendido del 29 de septiembre al 12 de octubre del 2018. SEGUNDO: La delegada es responsable de las funciones encomendadas. TERCERO: Hacer las transcripciones de Ley. CUARTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE ROCÍO IZABEL TÁBORA MORALES Secretaria de Estado CÉSAR VIRGILIO ALCERRO GÚNERA Secretario General Secretaría de Finanzas ACUERDO: 754-2018 Tegucigalpa, M.D.C., 26 de septiembre de 2018 LA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS CONSIDERANDO: Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia. CONSIDERANDO: Que los citados funcionarios les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos competentes a su ramo, de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios de Estado, Secretario General y Directores Generales o titulares de otros órganos de autoridad que las leyes determinen, en el ejercicio de atribuciones específicas. CONSIDERANDO: Que corresponde a los Secretarios de Estado emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y en aquellos que les delegue el Presidente de la República y que la firma de esos actos será autorizado por el Secretario General respectivo. CONSIDERANDO: Que la delegación de funciones se entiende posible siempre y cuando se dirija de manera rauda, económica y eficiente a satisfacer el interés general y que, en definitiva, resulte en una simplificación de los procesos que se llevan a cabo en la administración pública. CONSIDERANDO: Que a través del memorando DGPT-M284-2018 de fecha 25 de septiembre de 2018, el Licenciado David Antonio Alvarado Hernández, solicitó Acuerdo de Delegación a favor de la Licenciada Roxana Carolina Flores, en vista que el titular de dicha dirección se encontrará ausente de sus funciones, por motivo de viaje. U D I-D EG T-U N AH POR TANTO: La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas en uso de las facultades de que está investido y en aplicación del
de la Constitución de la República;Artículos 36 numeral 8 de la Ley General de la Administración Pública;
, 4, 5 de la Ley del Procedimiento Administrativo y sus reformas. ACUERDA: PRIMERO: DELEGAR en la Licenciada Roxana Carolina Flores, quien se desempeña en la Dirección General de Política Tributaria, para que en ausencia del Titular de la misma, asuma como encargada las funciones, atribuciones y deberes correspondientes al cargo durante el período comprendido del 15 al 17 de octubre, 2018. SEGUNDO: La delegada es responsable de las funciones encomendadas. TERCERO: Hacer las transcripciones de Ley. CUARTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE ROCÍO IZABEL TÁBORA MORALES Secretaria de Estado CÉSAR VIRGILIO ALCERRO GÚNERA Secretario General INSTITUTO HONDUREÑO DE GEOLOGÍA Y MINAS “INHGEOMIN”. Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, siete de enero del año dos mil diecinueve. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No. 238.2012 de fecha veintitrés de enero del año dos mil trece y publicado en el Diario Oficial La Gaceta el dos de abril del año dos mil trece, se creó la Ley General de Minería, la cual entrará en vigencia veinte días después de su publicación, es decir a partir del veintitrés de abril del año dos mil trece y mediante Acuerdo Ejecutivo No. 042.2013 de fecha dos de agosto del año dos mil trece publicado en el Diario Oficial La Gaceta, el cuatro de septiembre del año dos mil trece, se aprueba el Reglamento de la Ley General de Minería. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo PCM-009-2018, el Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, retoma su independencia técnica, funcional y administrativa establecida en la ley. CONSIDERANDO: Que el Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, ejercerá sus funciones con independencia técnica, administrativa y presupuestaria, está facultado de la capacidad legal necesaria para emitir los actos, celebrar contratos y comparecer ante los Tribunales de la República, todo ello en el ejercicio de su competencia. CONSIDERANDO: Que el Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, actúa como ejecutor de la Política Nacional del sector minero en general, con la facultad de desarrollar programas, proyectos, planes y crear las unidades administrativas, técnicas y operativas necesarias, para cumplir con los fines y objetivos de la Ley General de Minería y su Reglamento. CONSIDERANDO: Que mediante ACUERDO No. 208- 2018, el Secretario Privado y Jefe del Gabinete Presidencial con Rango de Secretario de Estado, nombró al ciudadano Instituto Hondureño de Geología y Minas INHGEOMIN ACUERDO INHGEOMIN No. 17/01/2019 U D I-D EG T-U N AH AGAPITO ALEXANDER RODRÍGUEZ ESCOBAR en el cargo de Director Ejecutivo del Instituto Hondureño de Geología y Minas, efectivo a partir del trece de septiembre del año dos mil dieciocho. CONSIDERANDO: Que mediante ACUERDO INHGEOMIN No. 059-09-2018 de fecha diecisiete de septiembre del año dos mil dieciocho, el Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, creó la fuerza de tarea para resolver los conflictos mineros en el país, la cual quedó integrada por la Abogada ERICKA LORENA MOLINA AGUILAR, quien quedó como coordinadora de la misma, el Abogado JORGE ALBERTO RUIZ GARCIA y el Ingeniero SERGIO OMAR MONTOYA MARTINEZ. CONSIDERANDO: Que los Abogados ERICKA LORENA MOLINA AGUILAR y JORGE ALBERTO RUIZ GARCIA dejaron de laborar en la institución, circunstancia por la cual, la fuerza de tareas para resolver los conflictos mineros en el país, sólo quedó con el Ingeniero SERGIO OMAR MONTOYA MARTINEZ como integrante de la misma; a razón de lo anterior y tal como quedó establecido en el Acuerdo anteriormente relacionado, que el Director Ejecutivo tiene la atribución de integrar a más personas en ese equipo de trabajo, así como de modificar los integrantes del mismo, resulta indispensable fortalecer la fuerza de tareas para resolver los conflictos mineros en el país. CONSIDERANDO: Que es atribución del Director Ejecutivo del Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, nombrar y remover el personal bajo su dependencia, ejercer y asumir la responsabilidad administrativa que le compete en relación a las decisiones que convengan respecto a este personal. POR TANTO: El Director Ejecutivo del Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, en uso de las facultades que le Ley le confiere y en aplicación de los artículos: 321 y 323 de la Constitución de la República; 7, 8, 28, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 1, 3, 4, 5, 19, 23, 24, 25, 26, 27, 30, 31, 32 y 33 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 1, 2, 3, 4, 96, 97, 100, 101 inciso a y c y 113 de la Ley General de Minería; 4 y 5 del Reglamento de la Ley General de Minería y el Decreto Ejecutivo PCM-009-2018; ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a FABIOLA NOHELIA PEREIRA VILLATORO, DAVID ANTONIO ALCÁNTARA IRIAS, SAUL BENJAMIN BUESO MARTINEZ como integrantes de la Fuerza de Tarea para Resolver los Conflictos Mineros en el país, junto con el Ingeniero SERGIO OMAR MONTOYA MARTINEZ, con las funciones claramente establecidas en el ACUERDO INHGEOMIN No. 059-09-2018 de fecha diecisiete de septiembre del año dos mil dieciocho, teniendo la atribución el Director Ejecutivo, en cualquier momento de integrar a más personas en ese equipo de trabajo, así como de modificar los integrantes del mismo. SEGUNDO: La Coordinación de la Fuerza de Tarea para Resolver los Conflictos Mineros en el país, estará a cargo de la Abogada FABIOLA NOHELIA PEREIRA VILLATORO, quien tendrá la obligación junto a su equipo de trabajo de remitir un informe conjunto mensual de las acciones que han realizado, en cumplimiento del mandato otorgado. TERCERO: La vigencia del presente Acuerdo es efectivo a partir del siete de enero del año dos mil diecinueve y el mismo debe ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta. CUARTO: Transcribir el presente Acuerdo a la Unidad de Recursos Humanos para su notificación a FABIOLA NOHELIA PEREIRA VILLATORO, DAVID ANTONIO ALCÁNTARA IRIAS, SAUL BENJAMIN BUESO MARTINEZ, SERGIO OMAR MONTOYA MARTINEZ y a la Gerencia Administrativa para que realice las acciones pertinentes para la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial La Gaceta y demás efectos legales correspondientes. AGAPITO ALEXANDER RODRÍGUEZ ESCOBAR DIRECTOR EJECUTIVO FRANCISCO DANILO LEON ENAMORADO SECRETARIO GENERAL U D I-D EG T-U N AH Secretaría de Trabajo y Seguridad Social