Acuerdo No. 201-2018 — Recomendación para asignación de importación de cebolla para período posterior
Secretaría de Agricultura y Ganadería
- Decreto: 201-2018
- Publicación: 21 de enero de 2019
- Órgano emisor: Secretaría de Agricultura y Ganadería
- Gaceta: 34,850
Considerandos
Que es prioridad del Gobierno de la República Honduras, fomentar la eficiencia de la producción en el campo y propiciar la justa distribución de la riqueza, así como promover el desarrollo económico, social y la competitividad sostenible de todos los sectores productivos del país.
Que para abastecer el mercado nacional, es necesario complementar la oferta de cebolla con importaciones a efecto de evitar desabastecimiento y alza injustificada de los precios a los consumidores, siendo atribuciones y competencia de la Secretaría de Agricultura y Ganadería velar por un adecuado abastecimiento de productos esenciales para el consumo nacional.
Que mediante Acuerdo Ministerial No. 042-2016, de fecha 21 de junio de 2016, la Secretaría de Desarrollo Económico, reformó el Acuerdo Ministerial No. 009-2015, eliminando del Artículo 2, el Inciso f y del Artículo 3, el Inciso h.
Que es competencia de la Secretaría de Agricultura y Ganadería realizar en forma transitoria y mensualmente la recomendación para la asignación de importación de cebolla entre las empresas importadoras interesadas y que tengan su número de registro de importador de cebolla (NRIC), tal como lo establece el Acuerdo Ministerial No. 042-2016.
Que en fecha 30 de noviembre de 2018, el Secretario Técnico de la cadena Nacional Hortícola, emite dictamen mediante el cual recomienda que es técnicamente factible la elaboración y aprobación del acuerdo ministerial de asignación de importación de cebolla para el mes de al año, debiendo ser rectificado con fecha treinta días del mes de mayo del año dos mil diecisiete, tal y como consta en el contrato de arrendamiento que al efecto se suscribió. TERCERO: Todas las demás cláusulas del Acuerdo Ministerial N° 276-2017, quedan de la misma forma en que fueron suscritas por las partes, incorporándose esta rectificación al mismo, teniendo su vigencia y validez correspondiente. CUARTO: Transcribir el presente acuerdo a los interesados, para los fines legales pertinentes. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M. D. C. a los treinta (30) días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho (2018).-CÚMPLASE Y COMUNÍQUESE. MAURICIO GUEVARA PINTO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA ABOG. ALEJANDRA GARCIA BASCHA SECRETARIA GENERAL SAG U D I-D EG T-U N AH diciembre en base a la reunión del comité de la cadena celebrada el 03 de julio de 2018.
Articulos
, el Inciso h. CONSIDERANDO: Que es competencia de la Secretaría de Agricultura y Ganadería realizar en forma transitoria y mensualmente la recomendación para la asignación de importación de cebolla entre las empresas importadoras interesadas y que tengan su número de registro de importador de cebolla (NRIC), tal como lo establece el Acuerdo Ministerial No. 042-2016. CONSIDERANDO: Que en fecha 30 de noviembre de 2018, el Secretario Técnico de la cadena Nacional Hortícola, emite dictamen mediante el cual recomienda que es técnicamente factible la elaboración y aprobación del acuerdo ministerial de asignación de importación de cebolla para el mes de al año, debiendo ser rectificado con fecha treinta días del mes de mayo del año dos mil diecisiete, tal y como consta en el contrato de arrendamiento que al efecto se suscribió. TERCERO: Todas las demás cláusulas del Acuerdo Ministerial N° 276-2017, quedan de la misma forma en que fueron suscritas por las partes, incorporándose esta rectificación al mismo, teniendo su vigencia y validez correspondiente. CUARTO: Transcribir el presente acuerdo a los interesados, para los fines legales pertinentes. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M. D. C. a los treinta (30) días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho (2018).-CÚMPLASE Y COMUNÍQUESE. MAURICIO GUEVARA PINTO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA ABOG. ALEJANDRA GARCIA BASCHA SECRETARIA GENERAL SAG U D I-D EG T-U N AH diciembre en base a la reunión del comité de la cadena celebrada el 03 de julio de 2018. POR TANTO: En aplicación de los artículos 255 de la Constitución de la República; 36 Numeral 8), 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública;80y81del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo; Acuerdo Ministerial 042-2016. ACUERDA: PRIMERO: En el marco del Acuerdo Ministerial No. 042-2016, recomendar a la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico habilitar las licencias de importación de cebolla, exclusivamente para el mes de diciembre del presente año; clasificadas en las Partidas Arancelarias 0703.10.11, 0703.10.12 y 0703.10.13 del Arancel Centroamericano de Importación (ACI), a las siguientes empresas en las cantidades detalladas para cada una: de R. L. U D I-D EG T-U N AH SEGUNDO: Según el acta de acuerdos de la reunión del Comité de la Cadena Nacional Hortícola Rubro de Cebolla celebrada el6de noviembre del2018en el inciso5,se decidió, con la aprobación del sector productor, que la asignación de importación para el mes de diciembre sea completa. TERCERO: Según el acta de acuerdos de la reunión del Comité de la Cadena Nacional Hortícola Rubro de Cebolla celebrada el 22 de noviembre del 2018 en el inciso 8, la asignación de importación del mes de enero 2019 de la Empresa “Distribuidora de productos Montecristo”, equivalente a dos (2) contenedores, se a de la nt a para que se incluya en su asignación de importación del mes de diciembre 2018. De esta forma, dicha empresa tendrá una asignación de importación para el mes de diciembre equivalente a cuatro (4) contenedores (108,960 kilos) y no ingresará ningún contenedor en enero 2019. CUARTO: Las empresas nominadas en el Numeral Primero, podrán realizar la importación del volumen asignado de Cebolla de manera total o parcial, para lo cual deberán presentar la solicitud de las Licencias de Importación ante la Dirección General de Integración Económica y Política Comercial de la Secretaría de Desarrollo Económico. QUINTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “LA GACETA”. CÚMPLASE Y COMUNÍQUESE: MAURICIO GUEVARA PINTO Secretario de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería ALEJANDRA GARCÍA BASCHA Secretaria General Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado de Gobernación, Justicia y Descentralización. CERTIFICA: La Resolución que literalmente dice: