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21 de enero de 2019Vigente

Acuerdo No. 190-2018 — Recomendación para asignación de importación de cebolla para noviembre 2018

Secretaría de Agricultura y Ganadería

  • Decreto: 190-2018
  • Publicación: 21 de enero de 2019
  • Órgano emisor: Secretaría de Agricultura y Ganadería
  • Gaceta: 34,850

Considerandos

Que es prioridad del Gobierno de la República, fomentar la eficiencia de la producción en el campo y propiciar la justa distribución de la riqueza, así como promover el desarrollo económico, social y la competitividad sostenible de todos los sectores productivos del país.

Que para abastecer el mercado nacional es necesario complementar la oferta de cebolla con importaciones a efecto de evitar desabastecimiento y alza injustificada de los precios a los consumidores, siendo de sus a tribu iciones y competencia de la Secretaría de Agricultura y Ganadería velar por un adecuado abastecimiento de productos esenciales para el consumo nacional.

Que mediante Acuerdo Ministerial No. 042-2016, de fecha 21 de junio de 2016, la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, reformó el Acuerdo Ministerial No. 009-2015, eliminando del Artículo 2, el Inciso f y del Artículo 3, el Inciso h.

Que es competencia de la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería realizar en forma transitoria y mensualmente la recomendación para la asignación de importación de cebolla entre las empresas importadoras interesadas y que tengan su Número de Registro de Importador de Cebolla (NRIC), tal como lo establece el Acuerdo Ministerial No. 042-2016.

Que mediante reunión de la Cadena Nacional Hortícola Rubro de Cebolla celebrada el 03 de julio de 2018 se estableció el Acuerdo orientado a la asignación de importación de cebolla para el periodo julio a noviembre del U D I-D EG T-U N AH año 2018, acatando las normas, requisitos y procedimientos establecidos y aceptados en el Reglamento Interno del Co- mité de la Cadena Nacional Hortícola Rubro de Cebolla para el periodo 2018, asignación que se reajustó en la Reunión de la Cadena de fecha 18 de octubre del año 2018, celebrada en las instalaciones de UNACIFOR, ciudad de Siguatepeque, departamento de Comayagua.

Articulos

Articulo 1.-

En el marco del Acuerdo Ministerial No. 042-2016, se recomienda a la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico habilitar las Licencias de Importación de Cebolla, exclusivamente para el mes de noviembre del presente año; clasificadas en las Partidas Arancelarias 0703.10.11, 0703.10.12 y 0703.10.13 del Arancel Centroamericano de Importacion (ACI), a las siguientes empresas en las cantidades detalladas para cada una: , , r,,,,,,,,,,,, UD I-D EG T-U N AH

Articulo 2.-

Según el acta de acuerdos de la reunión del Comité de la Cadena Nacional Hortícola Rubro de Cebolla celebrada el 18 de octubre del 2018 en el inciso 12, las asignaciones de importación, conforme a reconocimiento por desempeño acordado y definido en la reunión del 3 de julio, a partir del mes de noviembre serán de forma individual e independiente para las empresas que conformaron el Grupo Importador SERMUPROHS, dichas empresas son: Inversiones Fonseca; Carnaval de Frutas; Venta de Legumbres Manito; Inversiones Repollos Javier Flores, S. de R.L.; Distribuidora Andy, S. de R.L.; y Héctor Miguel Nerio, por lo que el inciso 4 del acta de acuerdos de la reunión del Comité de la Cadena Nacional Hortícola Rubro de Cebolla celebrada el 3 de julio del 2018 queda sin valor, con la excepción que para el mes de noviembre y por razones de logística, cuatro contenedores de cebolla procedentes de los Estados Unidos de América, equivalentes a la cantidad de 108,960 kilos, fue realizado su trámite de embarque y envío a nombre de SERMUPROHS, mismos que corresponden a la asignación de la Empresa Distribuidora Andy, S. DE R.L., por lo tanto en el presente acuerdo se incluye asignación para SERMUPROHS.

Articulo 3.-

Según el acta de acuerdos de la reunión del Comité de la Cadena Nacional Hortícola Rubro de Cebolla celebrada el 18 de octubre del 2018 en el inciso 13, se determinó reducir en un 50% la asignación de la Empresa Distribuidora de Productos Montecristo, S. de R.L., correspondiendo así una asignación de importación equivalente a 54,480 kilos para el mes de noviembre. Así mismo en el Inciso 14 del acta de acuerdos, se determinó para la empresa Inversiones Repollos Javier Flores, S. de R.L., la reducción de 54,480 kilos en la asignación a partir del mes de noviembre, correspondiendo así una asignación de importación equivalente a 81,720 kilos para el mes de noviembre.

Articulo 4.-

Las empresas nominadas en el Numeral Primero, podrán realizar la importación del volumen asignado de Cebolla de manera total o parcial, para lo cual deberán presentar la solicitud de las Licencias de Importación ante la Dirección General de Integración Económica y Política Comercial de la Secretaría de Desarrollo Económico.

Articulo 5.-

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “LA GACETA”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE MAURICIO GUEVARA PINTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA. ALEJANDRA GARCIA BASCHA SECRETARIA GENERAL (SAG) U D I-D EG T-U N AH Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería