Buscar con IA

Apoya Leyes.HN

Leyes.HN es gratis para todos. Tu donación ayuda a que siga siéndolo.

Donar
13 de noviembre de 2020Vigente

Acuerdo Ejecutivo No. 1116-2020 — Supresión de la Dirección Nacional de Educación Policial del Nivel Operativo y elevación a Nivel Ejecutivo

Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad

  • Decreto: 1116-2020
  • Publicación: 13 de noviembre de 2020
  • Órgano emisor: Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad
  • Gaceta: 35,428

Considerandos

Que el artículo 247 de la Constitución de la República establece: “Los Secretarios de Estado son colaborar es del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.

Que de conformidad al artículo 7 numeral 4) de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y Policía Nacional de Honduras, son atribuciones del Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad velar por el correcto funcionamiento de la Secretaría y la Policía Nacional.

Que, de conformidad a las atribuciones conferidas a la Dirección Nacional de Educación Policial,esta no es una dependencia operativa, sino es la responsable de ejercer la planeación, organización, dirección, evaluación y coordinación de la educación policial que comprende la formación el perfeccionamiento y la especialización que se diseña y realiza de acuerdo a las necesidades de la institución y a los cuerpos especiales correspondientes; por tal razón esta Dirección debe tener un nivel estratégico dentro de la estructura organizacional de la Policía Nacional.

Que el Artículo36dela Ley General de la Administración Pública, establece que son atribuciones de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad entre otras las de orientar, dirigir, coordinar, supervisar y controlar las actividades de sus respectivos despachos.

Que el artículo 43 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras establece la estructura organizacional de la Policía Nacional en sus diferentes niveles entre estos el Nivel Ejecutivo integrado por la Dirección de Planeamiento, Procedimientos Operativos y mejora Continua; Dirección de Inteligencia Policial DIPOL, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Logística y Dirección de Asuntos Interinstitucionales y Comunitarios; Nivel Operativo integrado por la Dirección Nacional de Prevención y Seguridad Comunitaria (DNPSC), Dirección Policial de Investigación (DPI), Dirección Nacional de Vialidad y Transporte (DNTV), Dirección Nacional de Fuerzas Especiales (DNFE), Dirección Nacional de Protección y Servicios Especiales (DNPSE), Dirección Nacional Policial Antidrogas (DNPA), Dirección Nacional de Servicios Policiales Fronterizos (DNSPF) y Dirección Nacional de Educación Policial (DNEP)…

Que el artículo 44 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras dispone: “El Director General de la Policía Nacional puede solicitar al Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad para que éste mediante acuerdo pueda crear, suprimir, modificar y fusionar las direcciones, divisiones, departamentos, secciones, unidades y demás dependencias que sean necesarias para la mejor organización y funcionamiento de la Policía Nacional, conforme a las necesidades del servicio, para lo cual puede solicitar recomendación técnica del Directorio Estratégico Policial”.

Que mediante Recomendación Técnica DGPN No. 008- 2020, emitida por el Directorio Estratégico Policial, en fecha 26 de septiembre del año 2020, recomienda, Suprimir la Dirección Nacional de Educación Policial del Nivel Operativo y trasladarla al Nivel Ejecutivo dentro de la estructura organizacional de la Policía Nacional.

Que son atribuciones y deberes comunes a los Secretarios de Estado “Emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República y cuidar de su ejecución”.

Articulos

Articulo 1.-

Suprimir del Nivel Operativo de la estructura organizacional de la Policía Nacional a la Dirección Nacional de Educación Policial (DNEP) en virtud que sus funciones y atribuciones no son operativas.

Articulo 2.-

Elevar a la Dirección Nacional de Educación Policial a Nivel Ejecutivo y Asesor, y forme parte del Directorio Estratégico policial, la que se denominará “Dirección de Educación Policial”, la cual tendrá la siguiente estructura organizacional:

Articulo 3.-

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE JULIÁN PACHECO TINOCO Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad MANUEL DE JESÚS LUNA GUTIÉRREZ Secretario General Secretaría de Seguridad